Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Abril de 2008, número de resolución KLRA200800326

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA200800326
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución29 de Abril de 2008

LEXTA20080429-008 Asoc. De Empleados Gerenciales

de la Aut. De Acueductos y Alcantarillados de P.R. v.

AAA

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE SAN JUAN Y HUMACAO

PANEL V

ASOC. DE EMPLEADOS GERENCIALES DE LA AUT. DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS DE PUERTO RICO, JUAN ALBERTO GARCÍA LOZADA, JOSÉ ALEJANDRO DE JESUS VERA
RECURRENTE
v. AUTORIDAD DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS
RECURRIDO
KLRA200800326 REVISIÓN ADMINISTRATIVA Procedente de la Aut. de Acueductos y Alcantarillados Sobre: Impugnación de Reglamento Caso Núm.

Panel integrado por su presidente, Juez Arbona Lago, el Juez Salas Soler y la Jueza Cotto Vives.

Arbona Lago, J.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de abril de 2008.

Antecedentes

La Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico (AAA) promulgó un reglamento para el manejo del recurso humano de la agencia, respecto a los empleados regulares no cubiertos por convenios colectivos, con efectividad el 28 de febrero de 2008. Con tal aprobación quedó derogado el “Reglamento de Personal para Empleados Gerenciales de Carrera de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados”, Núm. 4760, de 3 de agosto de 1992; el “Reglamento de Retribución”, Núm. 4762 de 10 de agosto de 1992, así como el “Reglamento del Comité de

Apelaciones de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados”, Núm. 4759 de 20 de agosto de 1992.

Inconformes, el 31 de marzo de 2008 la Asociación de Empleados Gerenciales

de la AAA (Asociación), e individualmente varios empleados gerenciales

cubiertos por el antiguo y también por el nuevo Reglamento, lo impugnan en la causa del epígrafe con los siguientes señalamientos:

PRIMER SEÑALAMIENTO DE ERROR

  1. Incumplió la recurrida Autoridad de Acueductos y Alcantarillados con los requisitos de la sección 2.1 de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme, según enmendada, respecto a la propuesta de adopción de reglamentación.

    SEGUNDO SEÑALAMIENTO DE ERROR

  2. Incumplió la recurrida Autoridad de Acueductos y Alcantarillados con los requisitos de la sección 2.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme, según enmendada, respecto a la participación ciudadana en el proceso de adopción de reglamentación.

    TERCER SEÑALAMIENTO DE ERROR

  3. Incumplió la recurrida Autoridad de Acueductos y Alcantarillados con los requisitos de la sección 2.5 de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme, según enmendada, respecto al contenido, estilo...

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