Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Abril de 2008, número de resolución KLAN200800252
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN200800252 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 30 de Abril de 2008 |
JUAN RIVERA TORRES | | APELACIÓN PROCEDENTE |
Panel integrado por su presidente, el Juez Rodríguez Muñiz, y los Jueces Soler Aquino y Cordero Vázquez
Rodríguez Muñiz, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de abril de 2008.
Comparece ante nos Juan Rivera Torres (Sr. Rivera) mediante recurso de apelación presentado el 14 de febrero de 2008. Solicita que revoquemos la determinación del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguadilla (TPI), de desestimar la demanda sobre daños y perjuicios que presentó en contra de Ciudad Centro, Inc. (CCI) y Gilberto López López (Sr. López).
El 8 de marzo de 2002 el Sr. Rivera presentó demanda sobre daños y perjuicios en contra de la
Autoridad de Energía Eléctrica (
Rivera se cayera al pavimento y que perdiera el control de la podadora la cual le cercenó dos (2) dedos del pie. El Sr. Rivera alegó que el accidente se debió a la culpa y negligencia de la
El 26 de marzo de 2002 el Sr. Rivera presentó Moción Solicitando Desistimiento Sin Perjuicio. Esa solicitud se basó en que estaba realizando una investigación para poder determinar quién o quiénes habían sido los verdaderos responsables por los daños que le fueron ocasionados.
El 26 de noviembre de 2002 TPI concedió el desistimiento sin perjuicio contra la
Posteriormente, el 20 de noviembre de 2003 el Sr. Rivera presentó nuevamente demanda sobre daños y perjuicios en contra de la
El 3 de marzo de 2004 la
presentó su contestación a la demanda.
El 10 de agosto de 2005 el Sr. Rivera solicitó el desistimiento sin perjuicio contra la
El 12 de agosto de 2005 el Sr. Rivera presentó demanda enmendada a los únicos efectos de incluir como parte demandada al desarrollador
del proyecto Villas de Sotomayor, una urbanización vecina a su residencia, y a su contratista el Sr. López.
El 9 de septiembre de 2005, notificada el 26 de septiembre de 2005, el TPI emitió Sentencia Parcial en la que declaró con lugar la solicitud de desistimiento del Sr. Rivera.
El 7 de octubre de 2005 el Sr. Rivera presentó demanda enmendada para sustituir a la co-demandada Villas de Sotomayor
por CCI, pues este era el nombre real de la corporación.
El 17 de octubre de 2005 CCI presentó Contestación A Demanda Enmendada. Mientras que el 11 de enero de 2006 el Sr. López presentó su contestación a la demanda.
El 13 de diciembre de 2006 CCI presentó Moción De Sentencia Sumaria Parcial Por Prescripción. En su escrito, expuso que el Sr. Rivera en la demanda original sólo incluyó como parte demandada a la
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