Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Abril de 2008, número de resolución KLAN200601479
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN200601479 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 30 de Abril de 2008 |
LEXTA20080430-032 Martínez Santana v. Policía de P.R.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
ELVIS MARTÍNEZ SANTANA APELANTE V. POLICÍA DE PUERTO RICO APELADA | KLAN200601479 | APELACION procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón NUM. D2AC2006-0926 (201) |
Panel integrado por su presidente, Juez Rivera Román, el Juez Soler Aquino y el Juez Vizcarrondo Irizarry
Rivera Román, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico a 30 de abril de 2008.
El caso ante nuestra consideración se relaciona a una falta administrativa de tránsito expedida al señor Elvis
Martínez Santana por alegadamente
conducir su vehículo de motor con un sistema de amortiguador de sonido que viola la Ley de Vehículos y Transito.
Oportunamente el señor Martínez Santana
solicitó ante el Tribunal de Primera Instancia la revisión del boleto expedido, la cual fue declarada sin lugar. Inconforme con la decisión nos solicita que revisemos la determinación del Tribunal de Primera Instancia.
Veamos los hechos que se desprende la transcripción de la vista en el Tribunal.
El 4 de agosto de 2006 el policía Héctor Almodóvar se encontraba en la calle marginal Aldebarán expidiendo un boleto de tránsito a un ciudadano cuando escuchó que un vehículo que transitaba por la vía pública emitía ruidos que llamaron su atención. En ese momento le indicó al conductor del automóvil, el señor Elvis Martínez Santana, que se detuviera. Conforme se desprende de su testimonio, al observar el auto se percató que el vehículo tenía un sistema de amortiguador alterado con una pipa. (Pág. 2 de la Transcripción). A preguntas del agente, el señor Martínez Santana contestó que el sistema de amortiguador instalado en su auto Mitsubishi
no era el de fábrica. El agente le expidió un boleto por violación al Art.
14.15 de la Ley de Vehículos y Tránsito, 9 L.P.R.A. sec. 5415, y consignó en el mismo que el sistema de amortiguador estaba alterado.
El señor Martínez Santana solicitó por derecho propio al Tribunal de Primera Instancia la revisión de la multa administrativa, conforme al procedimiento establecido por la Ley de Vehículos y Tránsito, 9 L.P.R.A.
sec. 5685 (l). En su solicitud de revisión alegó que el sistema de amortiguador adherido a su automóvil, marca borla, pasa todas las pruebas de decibelios de sonido.
El Tribunal de Primera Instancia celebró una vista, en la cual declararon el agente Almodóvar y el señor Martínez Santana. El foro primario, basado en la prueba testifical presentada, denegó el recurso de revisión del boleto.
Inconforme con dicho dictamen, Martínez Santana nos solicita que revisemos la determinación del foro primario. Alega que el boleto expedido por el agente carece de información y hechos suficientes para considerarse una violación al Art. 14.15 (a). A esos efectos, señaló que...
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