Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Abril de 2008, número de resolución KLRA200800173

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA200800173
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución30 de Abril de 2008

LEXTA20080430-117 Cuerpo de Emergencias Medicas de P.R. v. División de Emplados Públicos de la Unión General de Trabajadores

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL II

CUERPO DE EMERGENCIAS MEDICAS DE PUERTO RICO Recurrente v. DIVISION DE EMPLEADOS PÚBLICOS DE LA UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES Recurrida
KLRA200800173
Revisión procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de San Juan Civil Núm.: KAC2007-9657 Sobre: Revisión Laudo de Arbitraje

Panel integrado por su presidenta, la Juez García García, la Juez Varona Méndez y el Juez Cabán García.

Cabán García, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de abril de 2008.

El Cuerpo de Emergencias Médicas de Puerto Rico (Emergencias Médicas/Recurrente) solicita la revisión de la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (TPI), en la que confirmó el laudo emitido por un árbitro de la Comisión de Relaciones del Trabajo del Servicio Público. Aunque el Recurso ante nos fue titulado como un Recurso de Revisión, lo acogemos como Certiorari. Luego de recibir escrito en oposición de la parte recurrida, División de Empleados Públicos de la Unión General de Trabajadores (UGT) procedemos a resolver.

I.

El 20 de junio de 2006, la UGT inició un procedimiento contra Emergencias Médicas ante la Oficina de Conciliación y Arbitraje de la Comisión de Relaciones del Trabajo del Servicio Público. En este proceso se cuestionó la destitución de la empleada, Yanaris Mejías. Luego de los trámites iniciales, la vista ante el árbitro fue señalada para el 27 de marzo de 2007. El 20 de marzo de 2007, la Lcda. Johana Gilot Oppenheimer, representante legal de Emergencias Médicas presentó una moción solicitando transferencia de vista por conflicto de calendario. El 21 de marzo de 2007, el árbitro la declaró no ha lugar.

A la vista compareció el Lcdo. Andrés Montañez, en representación de la UGT, la señora Yanaris Mejías y su acompañante. Por Emergencias Médicas no compareció la Lcda. Gilot Oppenheimer, ni representante alguno de la gerencia de la agencia. El árbitro procedió a celebrar la vista en ausencia del patrono y ante la ausencia de prueba para justificar la destitución, ordenó la reinstalación de la señora Yanaris Mejías.

Solicitada la revisión judicial ante el TPI, éste confirmó el laudo. Señaló que éste no era contrario al convenio colectivo ni a...

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