Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Abril de 2008, número de resolución KLRA200800129

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA200800129
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución30 de Abril de 2008

LEXTA20080430-77 M.A. Esteves, Inc. v. Junta de Reconsideración

de la Adm. de Servicios Generales

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN-PONCE

PANEL VI

M.A. Esteves, Inc.
RECURRENTE
V.
Junta de Reconsideración de la Administración de Servicios Generales
Recurrida
Unisource Contract, Inc.
LICITADOR AGRACIADO RECURRIDO
Departamento de Educación de Puerto Rico
AGENCIA CONCERNIDA
Girard Manufacturing, Inc.; Renova Office, Inc.; J. Saad Nazer, Inc.; Makro Importers & Distributors; Real Hermanos, Inc.; Inco Business Furniture
OTROS LICITADORES NO AGRACIADOS
KLRA200800129
KLRA200800131
Revisión Administrativa procedente de la Junta de Reconsideración de la Administración de Servicios Generales Subasta Núm. 08-14-09 para la adquisición y formalización de Contrato de Sistemas Modulares para el Departamento de Educación del Estado Libre Asociado de P.R.
Girard Manufacturing, Inc.
RECURRENTE
V.
Unisource Contract, Inc.; Junta de Subastas; Administración de Servicios Generales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; Departamento de Instrucción
RECURRIDAS
J. Saad Nazer, Inc.; Makro Importers & Distributors; Real Hermanos, Inc.; M.A. Esteves, Inc.; Renova Office, Inc.; Inco Business Furniture
LICITADORES RECHAZADOS
Revisión Administrativa procedente de la Administración de Servicios Generales Número de trámite administrativo: Subasta 08-14-109 Sobre: Adjudicación de subasta

Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramírez, el Juez Morales Rodríguez y el Juez Cortés Trigo.

Cortés Trigo, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de abril de 2008.

I.

La Junta de Subastas de la Administración de Servicios Generales (Junta) celebró la Subasta Formal Núm.

08-14-109 (Subasta) con el propósito de adquirir sistemas modulares para el Departamento de Educación (Departamento). La Subasta consistía de los renglones 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9a, 9b, 10a, 10b, 11a, 11b, 12a, 12b, 12c, 13a y 13b.

El 18 de diciembre de 2007 se celebró la reunión presubasta

y allí se estableció que la Subasta se adjudicaría en forma global no en partidas.

El 8 de enero de 2008 se realizó el acto de apertura de la Subasta. Los licitadores fueron: (1) Girard Manufacturing, Inc. (Girard); (2) Renova Office, Inc.; (3) J. Saad Nazer, Inc.; (4) Makro Importers & Distributors; (5) Real Hermanos, Inc.; (6) Unisource Contract, Inc. (Unisource); y (7) M.A. Esteves, Inc. (Esteves). La suma global cotizada por Esteves

fue $1,068,103.24, Girard cotizó $1,299,100 y Unisource cotizó $1,281,668.

El 17 de enero de 2008 la Junta emitió Aviso de Adjudicación mediante el cual adjudicó la Subasta a Unisource. Consideró que las otras seis ofertas no cumplieron con las especificaciones y condiciones de la Subasta. Las recurrentes Esteves y Girard

solicitaron reconsideración, pero la Junta no tomó acción en cuanto a dichas peticiones.

Inconformes, Girard y Esteves recurrieron por separado ante este Tribunal mediante escritos de revisión. Además, Esteves solicitó, en auxilio de jurisdicción, la paralización de la adjudicación de la Subasta hasta tanto se resolviera su recurso. Mediante Resolución de 19 de febrero de 2008 accedimos a la solicitud de paralización y le concedimos término a la recurrida Administración de Servicios Generales (ASG) para que mostrara causa por la cual no debíamos revocar el dictamen recurrido en cuanto a Esteves. Y, mediante Resolución de 4 de marzo de 2008, consolidamos ambos recursos.

En su recurso Esteves alegó que la Junta cometió los siguientes errores:

1. Erró la Junta al haber rechazado la oferta de la Recurrente, el postor más bajo por la cantidad de $213,564.66, aún sin que se le reconociera el por ciento de preferencia, por haber inconsistencias entre la Propuesta de la Recurrente y una Tabla que la Junta unió al proceso de la subasta mediante enmienda y el cual admitidamente es una Tabla para otros propósitos, otros posibles “contrato[s],” y no la subasta en sí.

2. Erró la Junta al haber otorgado la subasta al licitador Unisource a pesar de que (i) su oferta no cumple con varias especificaciones y condiciones materiales de dicha subasta y (ii) su oferta es $213,564.66 más alta que la oferta de la Recurrente.

Por su parte, Girard planteó en su recurso los siguientes errores:

1. Erró la Junta de Subastas al resolver que la cotización de Girard Manufacturing, Inc. no cumple con las disposiciones de la subasta y, sin embargo, adjudica la subasta a Unisource Contract, Inc., cuya postura no cumple con otras disposiciones del aviso de subasta.

2. Erró [la Junta de Subastas] al resolver que la cotización de Girard Manufacturing, Inc., no es la más baja en precio.

La ASG compareció en oposición a ambos recursos de revisión. Además, Esteves

presentó oposición al recurso de Girard y réplica a la oposición de la ASG a su recurso.

II.

El propósito de exigir que las obras y la contratación que realiza el Gobierno se efectúen mediante el proceso de subasta es proteger los intereses y dineros del Pueblo. Este mecanismo sirve para promover la competencia, lograr los precios más bajos posibles, evita el favoritismo, la corrupción, el dispendio, la prevaricación, la extravagancia y el descuido al otorgarse los contratos y minimiza los...

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