Sentencia de Tribunal Apelativo de 13 de Mayo de 2008, número de resolución KLAN200800666

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN200800666
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2008

LEXTA20080513-01 Roche Products, Inc. v. Liceaga Hernández

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE ARECIBO

PANEL IX

ROCHE PRODUCTS, INC. Y/O ROCHE PHARMA, INC. Peticionario v. JENNIE LICEAGA HERNÁNDEZ Recurrida KLAN200800666 A P E L A C I Ó N del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo Acogido como certiorari SOBRE: INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO; COBRO DE DINERO Caso Núm. CAC2006-4643 (402)

Panel integrado por su presidente, el Juez Martínez Torres, la Juez Feliciano

Acevedo y el Juez Miranda De Hostos

Miranda De Hostos, J.

R E S O L U C I Ó N

En San Juan, Puerto Rico, a 13 de mayo de 2008.

Considerado el recurso instado por Roche

Products, Inc. (en adelante Roche), se acoge como un certiorari

y así se ordena su reclasificación por tratarse de la revisión de una resolución interlocutoria emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo, que denegó una moción que dicha parte instara solicitando que se dictara sentencia sumaria a su favor, se deniega por los siguientes fundamentos. Art. 4.006, Ley de la Judicatura de 2003, 4 L.P.R.A. sec. 24y, Johnson & Johnson International Inc. v. Mun. de San Juan, opinión de 19 de diciembre de 2007, 2008 J.T.S. 17, pág. 648.

El presente caso tuvo sus inicios cuando Roche alegadamente instauró un plan de cesantías de empleados a fin de reducir el personal que trabajaba en sus plantas en la isla. En específico la recurrida Jennie

Liceaga Hernández, según alega Roche, aceptó y firmó el 29 de diciembre de 2000, el plan de cesantías el cual incluía un relevo general por separación de empleo por una suma de dinero en específico $41,659.20, en concepto de beneficios. Como parte del acuerdo, la recurrida se comprometió en virtud del acuerdo, a no instar reclamación alguna bajo la legislación laboral vigente, ya fuera por salario mínimo, días y horas de trabajo, bono de navidad

y daños y perjuicios. (Ap., págs.

92-95.)

Así las cosas y sin entrar en mayores pormenores del alegado acuerdo suscrito por las partes, la recurrida instó querella el 20 de abril de 2004, contra Roche ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo, CPE2004-0103 (401), en la cual alega entre otros extremos, la violación por parte de ésta de la ley sobre “toma de alimentos, horas extras, vacaciones y bono de navidad”.

Como consecuencia de tales alegaciones, la recurrida solicita la compensación dispuesta por ley y el...

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