Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Mayo de 2008, número de resolución KLAN0700517

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0700517
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución23 de Mayo de 2008

LEXTA20080523-08 Pueblo de P.R. v. Canga

Santiago

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VII

EL PUEBLO DE PUERTO RICO Apelado v. WILFREDO CANGA SANTIAGO Apelante
KLAN0700517
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Bayamón Criminal núms.. DDC2006G0007 DBD2006G0218 DLA2006G0267 DLA2006G0268

Panel integrado por su presidente, el juez Rivera Martínez, el juez Colón Birriel

y la juez Jiménez Velázquez.

Rivera Martínez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 23 de mayo de 2008.

El 23 de abril de 2007 Wilfredo Canga

Santiago (en adelante apelante) presentó un recurso de apelación en el que solicita la revocación de las sentencias impuestas el 11 de diciembre de 2006 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón (en adelante TPI). En este caso, luego del juicio por jurado, el apelante fue declarado culpable y sentenciado a cumplir 11.5 años de reclusión por el delito de secuestro (art. 169 CP), 11.5 años por el delito de robo agravado (art. 199 CP), y 15 y 10 años por infracción a los arts. 5.04 y 5.15 de la Ley de Armas. Todas las penas fueron impuestas de forma consecutivas entre sí, para una sentencia global de 48 años de reclusión.

Luego de varios trámites procesales, el caso quedó perfeccionado el 17 de enero de 2008 con el alegato del Procurador General. Evaluados los alegatos presentados, los autos originales, la evidencia admitida, la transcripción del juicio, el derecho y la jurisprudencia aplicable, procedemos a modificar la sentencia apelada.

I

En este caso el Ministerio Público presentó cinco (5) testigos de cargo y la defensa presentó tres (3) testigos. Conforme se desprende de la transcripción del juicio, la prueba presentada consistió en lo siguiente:

Primer testigo: George

Medina Villafañe

Declaró que es agente investigador del CIC de la Policía de Puerto Rico, quien para la fecha de los hechos trabajaba en la División de Delitos Sexuales en Bayamón. Ese día recibió una llamada del cuartel de Vega Baja, en la que le informaron de una muchacha joven abandonada en una guagua Windstar blanca con los interiores en crema y que ocurrió un posible “carjacking”, secuestro y violación. La joven fue abandonada en la carretera 693 en un barrio de Vega Alta. Entrevistó a la joven en el Centro Médico, quien resultó llamarse María. Ella se veía triste y adolorida pero estaba consciente y disponible. En cuanto a los hechos que le contó María, indicó que cuando ella salió de la casa de su mamá y pasó por el local de Willie’s Pinchos en Guaynabo, se percató de que había un vehículo estacionado en la orilla de la carretera. Cuando ella pasó, el vehículo encendió las luces inmediatamente y comenzó a seguirla. Ella se percató de que ese vehículo la estaba siguiendo y cuando llegó al cruce de la 7up que está en Guaynabo, hizo un viraje para poder corroborar si realmente la estaban siguiendo. Efectivamente continuaron siguiéndola. En un momento, dado que ella cree que los perdió, se detiene en la Gasolinera Shell de Lomas Verdes. Cuando termina de echar la gasolina y le da al “beeper” para abrir las puertas un individuo se monta por el lado derecho con un arma y le dice cállate y no digas nada, que siguiera las intrucciones o la mataba.

Salieron de la gasolinera y él le puso el arma en el costado derecho. Ella va conduciendo y él le dice que vaya al multipiso de Santa Rosa Mall. Cuando llegaron ella se percató de que el otro vehículo que la había estado siguiendo ya estaba estacionado allí. De ese vehículo se bajaron dos individuos más y se dirigieron a la guagua por el lado del pasajero. Éstos comenzaron a hablar con el que estaba en el asiento del pasajero y le dijeron que eso no era lo que habían acordado porque no se suponía que ella estuviera guiando. Uno de los individuos la tomó por el pelo y le dijo que se fuera al asiento de atrás. Ese individuo se sienta en el asiento del conductor, ella puso su celular debajo del asiento; la sentaron en el asiento de atrás y le amarraron las manos con una cadenita en la que ella tenía colgando una identificación de la Universidad en la visera del espejo retrovisor. Uno de los individuos se sacó un pañuelo del bolsillo y se lo colocó tapándole los ojos. El pañuelo se le soltó y pudo ver a los individuos con claridad. Cuando el otro individuo, el del asiento del conductor, se percató que estaba mirando le dio una bofetada y le apretó la venda. En ese momento partieron y estuvieron dando vueltas unos 20 ó 30 minutos; entonces detuvieron el vehículo y el que le dio la bofetada le dijo que abriera la boca que le iba a dar algo de comer. Ella dijo que quería ver lo que le iban a dar, le quitaron el pañuelo y le echaron una pastilla blanca en la boca. Ella se la colocó debajo de la lengua, el individuo se dio cuenta de que ella no se la tragó y la cogió por la quijada y le dijo “cabrona” te dije que te tragaras la pastilla y le dio otra bofetada. Luego de unos 30 a 35 minutos comenzó a sentirse mareada y se quedó dormida. Al otro día se levantó desnuda en el asiento de atrás, escuchó las puertas de la guagua abrirse y cerrarse y medio aturdida se levantó y vio a los individuos de la noche anterior montándose en el vehículo Toyota Tercel rojo, el mismo que se encontraba en Santa Rosa Mall, y se fueron.

Entonces llamó a su mamá, a su hermana y a su tía, solamente se pudo comunicar con la tía que le dijo que llamara al 911 cuando María le contó lo que había ocurrido y llegó el equipo de Vega Alta a la escena. María le describió la persona que la asaltó y secuestró en la Shell como una persona alta, flaca, tez trigueña, de ojos brotados y labios anchos que vestía un mahón azul, una camisa roja y una gorra de color oscuro.

Como parte de su investigación, el agente Molina fue a investigar si había cámaras de seguridad en la gasolinera, pero no tenían. Tampoco existen videos de Santa Rosa Mall. Los hechos ocurrieron en una guagua Ford Windstar blanca con interiores crema. Él observó la misma en la comandancia de Bayamón, donde fue llevada en grúa. Realizó una PPR128 ― inventario ― del vehículo. Las fotografías las tomó servicios técnicos y los forenses. A María se le realizó un “kit” de violación para verificar si fue violada. Se tomaron diferentes muestras para realizar los exámenes correspondientes. Se ocuparon el pantalón y la camisa que ella tenía puestos la noche del 8 de octubre de 2005, la camisa estaba toda rota. También se ocupó una servilleta y una camisa de bebé que se enviaron a Ciencias Forenses.

Posteriormente se citó a María para que el 13 de octubre de 2005 fuera a la comandancia de Bayamón para enseñarle libros con fotos. Se saca un libro por año y en cada libro puede haber de 700 a 800 fotos de personas fichadas durante ese año. Ella compareció, se le ubicó en el área de Servicios Técnicos y se le entregó un lápiz, un pedazo de papel y los libros del 2000 al 2005. Luego de evaluar los libros, ella le entregó los números que identifican las fotos, por lo que él fue a buscar las fichas. Ella identificó al señor Wilfredo Canga

en dos ocasiones, en el libro del 2004 y en del 2005. Identificó en sala al acusado como la persona identificada. Se realizó un “acta” ― rueda de confrontación fotográfica ― con nueve fotografías para que ella identificara. María identificó al número tres (3), que correspondía al señor Wilfredo Canga. Luego de María haber estado aproximadamente dos horas examinando los libros, identificó al señor Canga como la persona que la secuestró en el Garage Shell

de Lomas Verdes, la amenazó con un arma y la llevó desde el Garage

hasta el Santa Rosa Mall. María describió el arma como una aniquelada con las cachas negras. Ciencias forenses realizó los análisis al vehículo el 13 de octubre de 2005. Levantaron una huella que no se sabe a quién corresponde.

El 19 de octubre de 2005 el agente Medina arrestó al apelante y le condujo a la Comandancia de Bayamón. Allí el apelante fue sometido a interrogatorio. Durante el interrogatorio el apelante le dijo que el día de los hechos él estuvo lavando el vehículo de un tal Josué. Con la información sobre Josué, el agente Medina

posteriormente lo entrevistó. Josué le dijo que el 8 de octubre de 2005 no fue el día que el apelante le lavó su carro, sino que había sido otro fin de semana en que hubo una pelea de boxeo.

El agente Medina citó entonces nuevamente al apelante y lo confrontó con lo afirmado por Josué. El apelante le dice que le pregunte a su ex esposa Adriana, con la cual estuvo esa noche. El agente posteriormente se entrevista con Adriana

y ella le dijo que el apelante no estuvo con ella esa noche. Eventualmente vuelve a citar el apelante y lo confronta con lo afirmado por Adriana. Entonces el apelante le dice que con quien estaba era con su esposa Jenny. El agente entonces posteriormente se entrevistó también con Jenny

y ella le dijo que el apelante no estuvo con ella esa noche. Finalmente, el 16 de noviembre de 2005 sometió cargos de robo de automóvil y de secuestro contra el apelante.

Segundo testigo: Josué Nieves González

Declaró que conoce al señor Canga conocido como Coco. El señor Canga le lavaba los carros. Cree que el 25 de septiembre de 2005 fue el último día que le lavó el carro, que fue el día de la pelea. El señor Canga

fue con su esposa a hablar con él para decirle que el día que le había lavado el carro había ocurrido un suceso ― cree que la fecha del suceso era el 8 de noviembre. Entonces, él le dijo que no había sido ese día del suceso, que él recordaba que fue para el 25 de septiembre que él lavó el carro.

Tercer testigo: María Alicea Delgado

La señora Alicea Delgado declaró que está casada desde el 2000 y tiene tres hijos, uno de ocho, uno de cuatro y uno de siete días. Para el 8 de octubre de 2005 era secretaria de un abogado y residía en Bayamón. Tenía un vehículo Windstar

blanco. El 8 de octubre de 2005 salió de casa de su mamá en Guaynabo como...

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