Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Mayo de 2008, número de resolución KLCE200800496
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE200800496 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 23 de Mayo de 2008 |
LEXTA20080523-12 Tiphanie
v. Irizarry Colón
Alain Tiphanie, Jessica Tiphanie y la Soc. Legal de Gananciales por ellos compuesta, Bat Holdings, Inc., Bat Resorts Inc. y Villa Montaña, Inc., | | CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguada Sobre: Daños y Perjuicios, Incumplimiento de Contrato y Orden de Hacer Caso Civil Núm.: ABCI-2006-01050 |
Panel integrado por su presidente, el Juez Arbona Lago, el Juez Salas Soler y la Jueza Cotto
Vives.
Arbona
Lago, J.
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 23 de mayo de 2008.
El Sr. Alaín Tiphaine
y su esposa, Sra. Jessica Tiphaine
(esposos Tiphaine) adquirieron del Sr. Michael Hayden Leason y su esposa Stephanie Smith Leason (esposos Leason) mediante escritura de compraventa ante el notario y co-demandado Lcdo. Efrén T.
Irizarry Colón cierta finca y edificaciones de recreo turístico, sitas en el Barrio Bajuras del Municipio de Isabela, P.R.
Según expuesto en autos, Tiphaine organizó las empresas BAT Holdings, Inc., que a su vez es tenedora de las acciones de Villa Montaña, Inc. (UMI), corporación que opera a Villa Montaña Beach Resort (UMBR) en el mencionado lugar.
Tiphaine y sus empresas alegan que los demandados-recurridos del epígrafe les han ocasionado daños, que incluye negligencia profesional por acciones y omisiones negligentes y culposas, respecto al Lcdo. Irizarry Colón y grave daño económico mediante el abuso del proceso administrativo como el judicial, lo que constituye persecución maliciosa
de todos los demandados-recurridos contra el demandante-peticionario.
Dentro de tal marco de acción Tiphanie, Bat Holdings, Inc., Bat Resorts, Inc. y Villa Montaña, Inc.
accionaron judicialmente en daños y perjuicios ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, contra todos los co-demandados-recurridos. La demanda en lo pertinente expone:
Dicha causa de acción, reconocida en nuestro ordenamiento jurídico como abuso de proceso judicial y persecución maliciosa, se sostiene en contra de los demandados quienes han procurado la radicación de acciones litigiosas judiciales y administrativas frívolas, temerarias, arbitrarias, caprichosas y de mala fe en contra de los demandantes con el único ánimo de hostigar y causar daños y perjuicios incluyendo de naturaleza económica, a su reputación e imagen, y sufrimientos y angustias mentales.
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El propósito nefasto de dicho proceder litigioso no es otro que abusar del proceso judicial, perseguir maliciosamente a los demandantes y procurar que se active cierta cláusula de retroventa relativa a un bien inmueble cuyo detalle se alega más adelante en la presente Demanda. En este contexto, y según se expone a continuación, los demandados se han dedicado a radicar acciones improcedentes en derecho en contra de los demandantes en los foros judiciales y administrativos, muchas de las cuales han sido desestimadas, en otras los demandados han desistido voluntariamente pues su único propósito era...
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