Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Mayo de 2008, número de resolución KLCE0800322

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0800322
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2008

LEXTA20080528-14 ELA de P.R. v. Tirado Erazo

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VII

ELA DE PUERTO RICO Recurrido v. JORGE TIRADO ERAZO Peticionario KLCE0800322 Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Seguro por Desempleo y Sinot, Cobro de Dinero (R. 60) DCD2006-1723 (505)

Panel integrado por su Presidente, el Juez Rivera Román, la Jueza Coll Martí y el Juez Vizcarrondo Irizarry.

Coll Martí, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico a 28 de mayo de 2008.

El peticionario nos ha solicitado la revisión de dos Resoluciones del Tribunal de Primera Instancia expedidas el 25 de febrero de 2008 en las que dicho foro denegó dos mociones urgentes que solicitaban la paralización de una subasta y la celebración de una vista de conformidad con la Regla 51.8(a) de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A. Ap. III R. 51.8. La vista se solicitaba para discutir planteamientos de falta de parte indispensable y falta de notificación adecuada.

Determinamos EXPEDIR el auto y REVOCAR por los fundamentos que expondremos.

I

El peticionario es un patrono que fue demandado por el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos porque adeudaba $29,232.21 en primas no satisfechas del seguro por desempleo y $3,109.00 en primas del seguro por incapacidad. El tribunal dictó

Sentencia y ordenó al peticionario a satisfacer la suma de $28,980.90 más intereses y ordenó que éste compareciera a una deposición para descubrir bienes sobre los cuales pudiera ejecutarse la Sentencia, la cual advino final y firme en el mes de agosto de 2007.

Eventualmente, el tribunal ordenó la venta judicial de un inmueble propiedad del peticionario y notificó el aviso de venta judicial al abogado de récord de la parte peticionaria.

Varios días antes de la celebración de la venta judicial la parte peticionaria presentó las dos mociones objeto de esta controversia: Moción Urgente sobre Nulidad de Sentencia por Ausencia de Parte Indispensable y otros Pormenores y una Moción Urgente al Amparo de la Regla 51.8(a) de las de Procedimiento Civil Vigentes y Solicitud de Señalamiento de Vista. En la primera moción la parte peticionaria solicitaba la nulidad de la Sentencia que iba a ejecutarse mediante la venta judicial por el fundamento de que la esposa del peticionario Tirado Erazo, quien es una parte indispensable, nunca fue emplazada y en la segunda moción planteaba que...

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