Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Mayo de 2008, número de resolución KLAN200601557

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN200601557
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Mayo de 2008

LEXTA20080530-27 Advance Imaging & Vascular Center, Inc. v. Zayas

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMON

PANEL VI

ADVANCE IMAGING & VASCULAR CENTER, INC., REPRESENTADA POR SU PRESIDENTA ANGELA M. TORREGROSA Y OTROS Apelantes v. ILIA ZAYAS E ISMAEL TORO GRAJALES Apelados KLAN200601557 APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Bayamón Caso Núm. DAC-00-0618 Sobre: Incumplimiento de Contrato, Daños y Perjuicios y otros

Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Román, y los Jueces Colón Birriel

y Vizcarrondo Irizarry

Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de mayo de 2008.

Comparece la apelante, Advance Imaging

and Vascular Center, Inc., solicitando que revoquemos la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia (TPI), Sala Superior de Bayamón, el 20 de junio de 2006 (notificada a las partes el día 28 del mismo mes) en el caso civil número DAC2000-0618. Mediante dicha sentencia, el TPI desestimó la demanda presentada por la apelante contra Ilia Zayas e Ismael Toro Grajales, en sus caracteres personales y haciendo negocios como Grupo Médico San Pablo, por incumplimiento de contrato y daños y perjuicios, y le ordenó a la apelante a pagar quince mil dólares ($15,000) por concepto de honorarios de abogado.

Inconforme con esta determinación, la apelante acude ante nosotros solicitando que revoquemos la sentencia dictada. Con el beneficio de la comparecencia de ambas partes, así como la transcripción de la prueba oral vertida en juicio, procedemos a resolver.

I.

La apelante, Advance Imaging

and Vascular Center, Inc. (AIVC), presentó una demanda el 25 de mayo de 2000 contra los doctores Ilia Zayas

e Ismael Toro Grajales, y la sociedad legal de gananciales compuesta por ellos, haciendo negocios como Grupo Médico San Pablo (GMSP). Posteriormente se enmendó la demanda para incluir a Fernando Viera (gerente general de AIVC) y Ángela

Torregrosa (presidenta de AIVC), y la sociedad legal de gananciales compuesta por ellos, como co-demandantes. En la demanda se alegó que AIVC había otorgado un contrato verbal con GMSP en marzo de 1999 en el que habían acordado que AIVC realizaría estudios vasculares y de sonografía a los pacientes de GSMP y GMSP se encargaría de la interpretación y facturación de dichos estudios, dividiéndose las ganancias en 50% para cada parte. Pocos meses después, modificaron el acuerdo para que fuera AIVC quien realizara la facturación, dividiéndose las ganancias de acuerdo con el tipo de seguro médico del paciente. AIVC además arrendó un local a GMSP mediante un contrato verbal de arrendamiento mes a mes y compró una máquina de tomografía computadorizada según un supuesto acuerdo con GMSP. AIVC alegó también que en abril de 2000 GMSP cambió las cerraduras del local que habían arrendado y le indicó que daban por terminada la relación de negocios, causándole pérdidas económicas y angustias mentales a sus oficiales.

Por su parte, GMSP alegó en su contestación que nunca existió tal contrato ni relación de negocios entre las partes y que el contrato al que se refería la demanda era ilegal por violar las disposiciones de las leyes y reglamentos aplicables.

Luego de varios incidentes procesales, se celebró el juicio en el que cada una de las partes presentó su prueba. Por la demandante aquí apelante, testificaron Fernando Viera y Ángela Torregrosa, mientras que los demandados aquí apelados presentaron en evidencia los testimonios del Dr. Ismael

Toro Grajales e Ilia Zayas. La apelante también presentó como prueba de refutación los testimonios de Carlos Rivera, Luis Cruz y Yanira

Pérez. Además, ambas partes presentaron varias piezas de evidencia documental.

En apretada síntesis, el testimonio vertido por los testigos sobre los hechos pertinentes en controversia fue el siguiente:

Fernando Viera Ocasio

comenzó su testimonio el 17 de marzo de 2003 y terminó el día siguiente, 18 de marzo. Declaró que en 1999 era gerente de operaciones de AIVC y testificó que en aquel momento llegó a unos acuerdos con el Dr. Toro Grajales

para que AIVC realizara estudios especializados para los pacientes del grupo médico que el doctor y su esposa, la Dra. Zayas, operaban. Indicó que este acuerdo había sido aprobado por la Junta de Directores de la corporación y que inicialmente consistió en la instalación de las máquinas de sonografía en un espacio dentro de la oficina de los Dres. Toro y Zayas

para realizar estudios médicos a ser leídos por el doctor Toro. En cuanto al pago por los servicios de sonografía, el señor Viera expresó que lo que acordaron había sido que GMSP facturaría a los planes médicos y le pagaría una parte a AIVC por los estudios que hubieran realizado. Unos meses más tarde, la doctora Zayas

modificó el acuerdo debido a unos problemas que tenían con los planes médicos, y le indicó a AIVC, por conducto del señor Viera, que desde entonces ellos debían leer los estudios y facturar. Según el testimonio del señor Viera, el acuerdo beneficiaba a ambas partes.

También declaró que según un acuerdo con el Dr. Toro Grajales, a principios del año 2000 obtuvo una máquina de tomografía computadorizada (CT Scan) valorada en más de trescientos mil dólares ($300,000), pero antes de poder instalarla en el local que le habían arrendado a los apelantes, éstos decidieron unilateralmente terminar toda relación. Indicó que cuando llegaron de unas vacaciones en que la oficina estuvo cerrada, habían puesto candados en las puertas del local arrendado y posteriormente les indicaron que se tenían que ir.

Indicó, luego de que el tribunal le hiciera las advertencias correspondientes, que según había leído y se había informado, el acuerdo al que había llegado a nombre de su corporación con los doctores Toro y Zayas constituía pagos ilegales a la luz de las leyes de Medicare, pero no tenía conocimiento de esto al momento de realizar la contratación. Además, expuso que la primera vez que se percató que el contrato pudiera ser ilegal fue durante la deposición que se le tomó a su esposa, Ángela Torregrosa, durante el transcurso del litigio.

Durante el proceso, luego de escuchar el testimonio del señor Fernando Viera, el 18 de marzo de 2003 el TPI emitió una orden refiriendo el caso a la Fiscalía Federal en el Distrito de Puerto Rico para investigación, por entender que el alegado contrato violaba leyes federales.

Ángela Torregrosa Vicente declaró el 23 y 24 de febrero de 2004. Era esposa del señor Viera y presidenta de AIVC al momento de los hechos. Indicó que la renta que pagaban a GMSP era por producción y del total de pacientes que atendía AIVC referidos por GMSP se le pagaba un porciento por concepto de renta. Alegó que los daños que habían sufrido se debían al incumplimiento de GMSP y habían sufrido angustias mentales porque perdieron la oportunidad de operar su negocio de la manera que habían planificado. También sufrieron pérdidas económicas al comprar y almacenar la máquina de CT Scan que compraron supuestamente a instancias de los apelados, y estimó estas pérdidas en cincuenta mil dólares ($50,000). Declaró que cuando compraron la máquina de CT Scan

tuvieron problemas al momento de instalarla en el local donde iban a operar el negocio ya que los ingenieros de la compañía que les vendió el equipo indicaron que había que eliminar unas paredes para hacer espacio. Los apelados discutieron la situación con ellos durante tres semanas hasta que decidieron cerrar las oficinas y pedirles que abandonaran el local.

Indicó que a pesar de que ella en su deposición previa al juicio había indicado que pensaba que la contratación había sido ilegal, luego de la deposición se había orientado en las oficinas de Medicare y llegó a la conclusión, según lo que le explicaron, que no era ilegal. Declaró que su esposo se había confundido en su testimonio al indicar que la contratación había sido ilegal.

Ismael Toro Grajales

testificó los días 24 y 25 de febrero de 2004. Declaró que es médico de profesión y dueño de varias corporaciones junto a su esposa, la Dra. Ilia Zayas, entre ellas GMSP, San Pablo Physician’s Group

(SPPG) y Grupo Médico Geriátrico (GMG). GMSP se dedicaba a contratar con la aseguradora asignada a administrar los fondos de la Reforma de Salud de Puerto Rico , SPPG se dedicaba al arrendamiento de propiedades y GMG proveía servicios médicos a pacientes mayores de sesenta y cinco (65) años de edad. Declaró que SPPG determinaba la renta a cobrar dependiendo del espacio a ser utilizado por el arrendatario.

Durante el transcurso de sus operaciones, GMG proveía servicios de sonografía y estudios vasculares a principios de 1999 la persona encargada de proveer esos servicios se había marchado de la oficina, por lo que pusieron un anuncio en el periódico solicitando un sonografista y un técnico vascular por contrato. El señor Fernando Viera se presentó ante ellos para ofrecer...

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