Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Mayo de 2008, número de resolución KLCE200800282

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE200800282
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución30 de Mayo de 2008

LEXTA20080530-37 Zanbrana Pérez v. Ortíz Rivera

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VII

TERESITA A. ZAMBRANA PÉREZ RECURRIDA V. AMÉRICO ORTIZ RIVERA PETICIONARIO KLCE200800282 CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón NUM. OPA-2008-018140 SOBRE: VIOLENCIA DOMÉSTICA

Panel integrado por su presidente, Juez Rivera Román, y los Jueces Coll Martí y Vizcarrondo

Irizarry

Rivera Román, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 30 de mayo de 2008.

Los señores Teresita Zambrana Pérez y Américo Ortiz Rivera contrajeron matrimonio el 23 de agosto de 2003. Posteriormente, procrearon la niña Alana S. Ortiz. La pareja se separó luego del 29 de septiembre de 2006 y la niña quedó bajo la custodia de la madre. Las partes compartían responsabilidades en el cuido de la niña y el señor Ortiz

la llevaba a la escuela y de regreso a la casa en las tardes.

El Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, dispuso una orden de pensión alimentaria provisional mediante la cual requirió al señor Ortiz Rivera pagarle la suma de $288.33 bisemanal. La orden fue dictada el 5 de diciembre de 2006.

Durante el periodo de festividades navideñas de 2007 la niña estuvo con su padre durante varios días hasta los primeros días de enero, cuando regresó con su madre.

La controversia ante nuestra consideración guarda relación con la solicitud de custodia provisional que inicia el padre el 26 de enero de 2008 y una posterior determinación de otra Juez del Tribunal de Primera Instancia en la cual dispuso que la custodia provisional de la niña estaría a cargo de la madre. Las circunstancias en torno a cada una de las peticiones debemos precisarlas para resolver la controversia.

I.

El señor Ortiz solicitó al Tribunal Municipal de Bayamón la custodia provisional de la menor el 26 de enero de 2008. La Juez Municipal, el mismo día 26 de enero, dictó una resolución mediante la cual describió las alegaciones del padre en torno a que estaba separado de su ex esposa, que tenía una hija menor de edad y que desconocía el paradero de la madre de la niña. Ante esas circunstancias la Juez le concedió la custodia provisional de la menor. Del contenido de esa resolución, concedida el mismo día que se solicitó, queda claro que compareció al Tribunal solamente el señor Ortiz, que no hubo una citación a la parte querellada, señora Zambrana, ni hubo gestiones para celebrar una audiencia en la que ambas partes fueran debidamente notificadas y se le diera la oportunidad de comparecer y ser oída a la madre de la niña. La orden fue concedida de forma ex parte y no...

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