Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Junio de 2008, número de resolución KLAN200701401

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN200701401
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución17 de Junio de 2008

LEXTA20080617-01 Collazo Sierra v. Consejo de Titulares del Cantón Mall, Inc., ETC

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VII

LUIS A. COLLAZO SIERRA DEMANDANTE-APELANTE V. CONSEJO DE TITULARES DEL CANTÓN MALL, INC., ETC. DEMANDADOS-APELADOS KLAN200701401 APELACION procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón NUM. DDP2005-0035 SOBRE: Hostigamiento Sexual; Daños

Panel integrado por su presidente, Juez Rivera Román, la Juez Coll Martí y el Juez Vizcarrondo Irizarry

Rivera Román, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 17 de junio de 2008.

El caso ante nuestra consideración se relaciona con dos reclamaciones incoadas por el señor Luis Collazo Sierra contra el Cantón Mall, Inc., el Consejo de Titulares del Cantón Mall, la Asociación de Condómines del Cantón Mall y la señora Sally Ortiz como administradora del Cantón Mall, Inc..

En la primera reclamación el señor Collazo Sierra demandó al Cantón Mall, Inc.

por hostigamiento sexual en el empleo. En el segundo caso radicó una querella por despido injustificado, al amparo del procedimiento sumario dispuesto en la Ley 2 de 17 de octubre de 1961, según enmendada.

La reclamación por despido injustificado finalizó con una sentencia favorable al patrono. La sentencia advino final y firme. Inmediatamente el patrono Cantón Mall, Inc. invocó como defensa la doctrina de cosa juzgada en el pleito sobre despido por hostigamiento sexual.

El Tribunal de Primera Instancia acogió la defensa de cosa juzgada y desestimó la demanda.

Inconforme con la decisión el señor Collazo Sierra nos solicita que revisemos la determinación del Tribunal de Primera Instancia. A esos efectos, expone que el tribunal de instancia se equivocó al aplicar al caso la doctrina de cosa juzgada.

La interrogante que debemos responder es la siguiente: ¿la sentencia que declaró justificado el despido del señor Collazo Sierra impide que éste pueda litigar en otro pleito contra el patrono su causa de acción de despido por hostigamiento sexual en el empleo? Veamos los hechos del caso.

I.

El señor Collazo Sierra comenzó a trabajar para el Cantón Mall, Inc. en abril de 1997 como empleado de seguridad del centro comercial. El 1 de octubre de 2004 la administración del Cantón Mall, Inc. tomó la determinación de eliminar todas las posiciones de guardia de seguridad y para realizar la labor contrató una compañía privada.

El señor Collazo Sierra presentó en febrero de 2005 una demanda por hostigamiento sexual en el empleo contra el Cantón Mall, Inc., caso DDP2005-0035, al amparo de la Ley 100 de 30 de junio de 1959 y la Ley Federal de Derechos Civiles, 42 USC Secs. 2000 e-1 a 2000 e-17. En la demanda alegó que fue despedido de su empleo a consecuencia del acoso y hostigamiento sexual de la señora Sally Ortiz, administradora del Cantón Mall, Inc.

Posteriormente, radicó por separado una querella por despido injustificado contra el Cantón Mall, Inc.

al amparo de la Ley 80 de 30 de mayo de 1976, según enmendada. Dicha querella fue consolidada en abril de 2005 con otras cinco querellas presentadas por varios empleados despedidos por el Cantón Mall, Inc., en el caso DPE2005-0123.

En noviembre de 2005, durante una audiencia del caso de hostigamiento sexual (DDP2005-0035) los abogados del Cantón Mall, Inc. informaron al juez de instancia que el señor Collazo Sierra estaba demandando al Cantón Mall, Inc. en otro pleito (DPE2005-0123) por despido injustificado. De la minuta de la audiencia se desprende que el juez de instancia le concedió al señor Collazo Sierra la oportunidad de desistir del caso de despido injustificado (DPE2005-0123) o unirlo al caso por hostigamiento en un solo pleito. El señor Collazo Sierra no hizo gestión alguna.

Mientras tanto, se celebró el juicio en el caso de despido injustificado (DPE2005-0123) y el tribunal de instancia determinó que el despido del señor Collazo Sierra fue justificado por...

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