Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Junio de 2008, número de resolución KLRA200701284

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA200701284
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución26 de Junio de 2008

LEXTA20080626-016 Arroyo Marrero v. Negociado de Seguridad de Empleo

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

LAURA Y. ARROYO MARRERO Recurrente Vs. NEGOCIADO DE SEGURIDAD DE EMPLEO Recurrido KLRA200701284 Revisión administrativa procedente del Departamento de Trabajo y Recursos Humanos Caso Núm.: MA-0345-07 Sobre: Inelegibilidad a los Beneficios de Compensación por Desempleo, Secc.4(b)(2) de la Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico

Panel integrado por su presidenta, la Juez García García, la Juez Varona Méndez y el Juez Cabán García

García García, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 26 de junio de 2008.

Comparece ante nos Laura Y. Arroyo Marrero (en adelante la recurrente) para solicitarnos la revisión de la determinación emitida por el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos el 26 de septiembre de 2007, en la cual se le denegó el beneficio de compensación por desempleo por ésta haber sido quien renunció al puesto que ocupaba en la Comisaría de Buchanan. Arguye que estuvo obligada a renunciar debido a cambios drásticos en su horario de trabajo, en el cual tenía que trabajar los domingos y no podía asistir a la iglesia.

Posteriormente, compareció el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (en adelante el Departamento), por

conducto del Procurador General del Estado Libre Asociado de PuertoRico, para oponerse al presente recurso. Nos señala que debido a que la renuncia de la recurrente fue voluntaria, está impedida de recibir el referido beneficio.

Contando con la comparecencia de las partes y con el derecho aplicable, procedemos a resolver.

I

Al momento de su renuncia, la recurrente llevaba dieciséis años ocupando el puesto de Oficinista de Inventario en la Comisaría del Fuerte Buchanan. Luego de cambios en los horarios de trabajo, el 2de febrero de 2007 dimitió de su puesto por entender que la nueva jornada le impedía asistir a la iglesia los domingos y buscar la ayuda espiritual que tanto necesitaba para poder lidiar con el estrés

del trabajo.

La recurrente procedió a solicitar el beneficio de compensación por desempleo ante la oficina local del Negociado de Seguridad de Empleo del Departamento del Trabajo. El 12 de julio de 2007, le fue denegada su petición por haber sido ella quien abandonó voluntariamente su empleo sin razón que lo justificara. Seguido, solicitó la celebración de una vista ante un Árbitro de la División de Apelaciones de la agencia.

Celebrada la vista el 31 de agosto del mismo año, la Árbitro Isabel Torres Lara emitió una Resolución, en la que determinó que:

No quedó demostrado que las condiciones de trabajo de la reclamante fueran diferentes a las de otros trabajadores en un mismo tipo de ocupación.

Entendemos que la reclamante tomó la decisión de separarse de su...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR