Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Junio de 2008, número de resolución KLRA200701383

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA200701383
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución30 de Junio de 2008

LEXTA20080630-127 Best Option Healthcare (Puerto Rico), Inc. v.

Nova Infusion & Compounding

Pharmacy, Corp.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL III

BEST OPTION HEALTHCARE (PUERTO RICO), INC. Recurrido v. NOVA INFUSION & COMPOUNDING PHARMACY, CORP. Recurrente KLRA200701383 Revisión Judicial de Decisión Administrativa procedente del Departamento de Salud Sobre: Certificado de Necesidad y Conveniencia Caso Número: Q-06-10-014

Panel integrado por su presidenta, la Juez Bajandas Vélez, el Juez Aponte Hernández y el Juez Morales Rodríguez

Aponte Hernández, Juez Ponente

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2008.

La recurrente, Nova Infusion & Compounding Pharmacy, Corp., nos solicita que revoquemos la resolución emitida el 7 de diciembre de 2007 por la Secretaria del Departamento de Salud de Puerto Rico, Hon.

Rosa Pérez Perdomo. Mediante la misma, la Secretaria suspendió la orden de cese y desista emitida el 2 de agosto de 2007 en contra de la recurrente, sujeto a que ésta solicite el correspondiente Certificado de Necesidad y Conveniencia (CNC) para brindar servicios en el hogar y desista de añadir nueva clientela para sus servicios hasta tanto se dilucide su solicitud de CNC.

Por los fundamentos que expondremos, se modifica la resolución recurrida a los fines de eliminar todas las condiciones impuestas a NOVA, y así modificada se confirma.

I

El 29 de marzo de 2001, Nova Infusion & Compounding Pharmacy, Corp. (Nova), presentó ante la Secretaría Auxiliar para Reglamentación de Facilidades de Salud del Departamento de Salud (SARAFS) una solicitud de CNC, Propuesta Núm. A-89-01-042, por conducto de la Dra. Carolyn

Rodríguez Rivera. Ello, para la reubicación y cambio de nombre de la facilidad conocida como Super

Farmacia Moderna, localizada en la Calle Comerío #216 Bayamón, Puerto Rico. La proponente informó sobre la adquisición de dicha facilidad y solicitó el cambio de nombre de la misma a Nova Infusion

& Compounding Pharmacy, y su relocalización a la Calle 18 R-6 Flamboyán Gardens, Bayamón, Puerto Rico. Indicó, que Nova ofrece servicios especializados de terapias de infusión en el hogar y concepto de farmacia cerrada. De igual forma, señaló que en el área de servicio existen establecimientos de farmacia, pero ninguno ofrece los servicios especializados descritos en la solicitud. La solicitud no enumeró ningún establecimiento que prestara servicios similares.1

A tenor con los requisitos reglamentarios2, Nova procedió a publicar un aviso en un periódico de circulación general. Luego de dicha publicación, ninguna de las facilidades de farmacia existentes en el área notificó su oposición a la solicitud de NOVA ni intención de participar en la vista administrativa. En vista de ello, a solicitud de la proponente, el caso se sometió por el expediente.

El 12 de junio de 2001, la oficial examinadora, Marta Elisa

González, emitió el Informe del Oficial Examinador en el cual recomendó conceder el CNC a Nova. Ello, por entender que quedó evidenciado el cumplimiento satisfactorio de los criterios reglamentarios aplicables de necesidad y conveniencia.3

Conforme a dicha recomendación, mediante Resolución emitida ese mismo día, 12 de junio de 2001, el Secretario del Departamento de Salud, Hon.

Johnny V. Rullán, acogió la referida recomendación y otorgó el CNC a Nova.

Luego de dos años, el 1 de julio de 2003, Nova presentó ante SARAFS otra solicitud de CNC, por conducto de la Dra. Carolyn Rodríguez Rivera, para la reubicación de la facilidad Nova Infusion & Compounding Pharmacy.4 La proponente solicitó la reubicación de la facilidad existente en la Calle 18 R-6, Flamboyán Gardens

en Bayamón, a un nuevo local en el Bloque AG 19-20, de la Urbanización Santa Juanita en Bayamón. Indicó en la solicitud, que Nova ofrece servicios especializados de terapias de infusión en el hogar y concepto de farmacia cerrada. Informó, además, que su servicio incluía adiestramiento en la administración de medicamentos de alto costo y riesgo por enfermeros graduados registrados. De igual forma, señaló que en el área de servicio existían y enumeró los establecimientos de farmacia que prestan servicios similares.

Después de publicarse el correspondiente aviso público en un periódico de circulación general, el 30 de julio de 2003, el Departamento de Salud le notificó individualmente mediante carta a los establecimientos de farmacia existentes en el área propuesta.5 Ninguno notificó oposición a la solicitud de NOVA ni intención de participar en la vista administrativa.

La vista se celebró el 9 de septiembre de 2003. Compareció la Dra. Carolyn Rodríguez Rivera, presidenta de Nova y el Sr. José

Maldonado Reyes, socio de la corporación. La Dra. Carolyn

Rodríguez Rivera participó como testigo.

El 10 de septiembre de 2003, la oficial examinadora, Rosa B. Hernández Pagán, emitió Informe del Oficial Examinador en el cual recomendó conceder el CNC a Nova. Ello, por entender que la solicitud cumplía con los criterios aplicables de necesidad y conveniencia, y convenía al interés general y al desarrollo efectivo de los servicios de salud de Puerto Rico. En dicho informe, incluyó las siguientes determinaciones de hechos:

  1. Del testimonio de la Dra. Rodríguez surge que la facilidad de epígrafe es una especializada en brindar servicios de preparación y entrega de farmacéuticos especializados, de alto costo y riesgo. Además, indicó que ésta es la única facilidad de este tipo en toda la isla. La proponente reconoció la existencia de ocho facilidades en el área de servicio a donde propone reubicarse

    pero ninguna ofrece servicio similar.

  2. La Dra.

    Rodríguez indicó que los servicios ofrecidos por la facilidad requieren y son ofrecidos por un equipo multidisciplinario de profesionales de la salud, que incluye terapistas y enfermeras.

  3. La Dra.

    Rodríguez expresó que los servicios de la facilidad de epígrafe están dirigidos a una población de pacientes que requieren terapias con medicamentos de alto costo y que a su vez requieren de un personal que los adiestre en la administración del medicamento.

  4. Entre la población a la cual van dirigidos los servicios de la facilidad de epígrafe la Dra. Rodríguez destacó la hepatitis C, hormonas de crecimiento, antibióticos, quimioterapia oral e intravenosa, fibrosis quistica, renales, manejo de dolor de cáncer, hemofilia y prematuros entre otros. La testigo aclaró no poseer una estadística de la población a la cual la facilidad le brinda servicios pero expresó que la misma [h]a aumentado significativamente.

  5. La testigo expresó que la facilidad continuaría brindando servicio a la misma población a nivel isla, por ser única en su clasificación.

  6. La Dra.

    Rodríguez aclaró que la facilidad de epígrafe no cuenta con un inventario expuesto al público ya que la facilidad no es una farmacia como la mayoría de las farmacias existente en el país, sino que es una facilidad cerrada al público. Además, expresó que el servicio es directo con el paciente en su hogar.6

    Mediante Resolución emitida el 23 de septiembre de 2003, el Secretario del Departamento de Salud, Hon. Johnny V. Rullán, acogió la referida recomendación y otorgó el CNC a Nova.

    El 20 de julio de 2004, Nova presentó ante SARAFS otra solicitud de CNC, por conducto de la Dra. Carolyn Rodríguez Rivera, para la reubicación de la facilidad Nova Infusion

    & Compounding Pharmacy.

    La proponente solicitó la reubicación de su facilidad localizada en la Calle 18 R-6, Flamboyán Gardens en Bayamón, a un nuevo local ubicado en la carretera PR-167, Km. 3.3, Barrio Cerro Gordo, Bayamón.7 En la solicitud indicó, que Nova ofrece servicios especializados de terapias de infusión en el hogar y concepto de farmacia cerrada. De igual forma, señaló que en el área de servicio existen establecimientos de farmacia, pero ninguno ofrece los servicios especializados descritos en la solicitud. La solicitud no enumeró ningún establecimiento que prestara servicios similares.

    Luego de publicarse el aviso público en un periódico de circulación general, el 7 de septiembre de 2004, el Departamento de Salud le notificó individualmente mediante carta a los establecimientos de farmacia existentes en el área propuesta.8 La farmacia Walgreens notificó su interés de participar en la vista pública, a los únicos fines de mantenerse informado del procedimiento.

    El 20 de octubre de 2004 se celebró la vista. Por la parte proponente compareció la Dra. Carolyn Rodríguez Rivera y el Sr.

    Bernardo Maldonado, representados por el Lcdo. Hugo Quilinchi. La Farmacia Walgreens

    estuvo representada por la Lcda. Yolanda

    Benítez. La Dra. Carolyn

    Rodríguez Rivera prestó su testimonio.

    El 1 de abril de 2005, la oficial examinadora, Nora

    E. Beauchamp-Méndez, emitió el Informe de la Oficial Examinadora en el cual recomendó conceder el CNC a Nova. Ello, por entender que la solicitud cumplía con los criterios aplicables de necesidad y conveniencia, y convenía al interés general y al desarrollo efectivo de los...

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