Sentencia de Tribunal Apelativo de 14 de Julio de 2008, número de resolución KLRA200800656
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA200800656 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 14 de Julio de 2008 |
LEXTA20080714-04 Jiménez Bianco v. Rivera H/N/C Reality
Realty
CARLO JIMÉNEZ BIANCO | KLRA200800656 | REVISION ADMINISTRATIVA Procedente del Departamento de Asuntos al Consumidor Sobre: Querella contra Corredor de Bienes Raíces Querella Núm. 100037896 |
Panel integrado por su presidente, Juez Arbona Lago, el Juez Salas Soler y la Jueza Cotto Vives.
Arbona
Lago, J.
En San Juan, Puerto Rico, a 14 de julio de 2008.
El 28 de septiembre de 2007 la Sra. Irma Iris Rosario Martínez y el Sr. Carlo
Giménez Bianco (Sr. Giménez) suscribieron un documento titulado Contrato de Opción de Compraventa respecto a un inmueble sito en la Urbanización Los Ángeles, Calle Lira V29 dentro del Municipio de Carolina. El precio pactado por el inmueble es de $123,000.00 y en concepto de opción el Sr. Giménez
entregó a Reality Realty
$5,000.00.
El negocio jurídico no prosperó. El Sr. Giménez no ejercitó la opción, optó por retirarse antes de su vencimiento y solicitó la devolución de los $5,000.00.
Adujo para ello que el inmueble requería de una fuerte inversión por razón del deterioro del sistema eléctrico y plomería interna, condición que alegó había puesto como cláusula resolutoria del contrato de opción. Por otro lado, Reality Realty
retuvo la suma de $5,000.00, señalando que la opción se pactó conforme a la condición existente (As is) del inmueble.
Así las cosas, el asunto llegó ante el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) mediante la Querella Núm. 100037896. DACO resolvió a favor del Sr. Giménez y ordenó la devolución de los $5,000.00 más intereses devengados.
Según consta de autos, la Querella Núm. 100037896 fue presentada ante DACO el 5 de diciembre de 2007 y quedó pautada la vista en su fondo para el 3 de abril de 2008 a la 1:15 p.m. El señalamiento se notificó el 15 de enero de 2008 a la parte recurrida, Lucy
Rivera h/n/c Reality Realty, quien a dicha fecha no contaba con representación profesional ante el DACO.
El 29 de enero de 2008 el Lcdo. Carlos J. Nazario Díaz (Lic. Nazario) compareció por primera vez en autos ante DACO para asumir la representación profesional de la parte querellada y solicitó como sigue:
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Que las partes querelladas solicitaron nuestros servicios y hemos acordado con éstos asumir su...
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