Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Agosto de 2008, número de resolución KLAN200801137

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN200801137
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución29 de Agosto de 2008

LEXTA20080829-070 Figueroa Rivera v. El Telar, Inc.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE GUAYAMA

PANEL X

NILDA FIGUEROA RIVERA Apelada v. EL TELAR, INC. Apelante KLAN200801137 A P E L A C I Ó N procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Guayama SOBRE: DESPIDO INJUSTIFICADO, LEY NÚM. 2 Caso Núm. GPE2006-0233 (306)

Panel integrado por su presidente, la Juez Pesante Martínez, el Juez Miranda De Hostos y la Jueza Pabón Charneco

Miranda De Hostos, J.

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de agosto de 2008.

Se apela una sentencia sumaria emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Guayama, que declaró con lugar una querella sobre despido injustificado y ordenó el pago de la mesada por la cantidad de $24,000 a favor de la apelada Nilda

Figueroa Rivera.

Inconforme con el dictamen del foro de instancia, la parte apelante El Telar, Inc., acude ante nos alegando que:

Erró el Tribunal de Primera Instancia, al resolver que la renuncia de la querellante a su empleo con la querellada [El Telar]

constituyó un despido injustificado.

Con el beneficio de los alegatos de ambas partes y los documentos presentados, se confirma la sentencia. Veamos los fundamentos de nuestro dictamen.

I

Los hechos que dieron motivo a la reclamación sobre despido injustificado, según estipulados por las partes a fin de someter el caso, fueron los siguientes. La apelada Nilda

Figueroa Rivera comenzó a trabajar el 19 de mayo de 1988 con la apelante El Telar, Inc. (en adelante El Telar), en calidad de cajera para la tienda de Guayama Pueblo, ubicada en la calle Calimano

en Guayama. (Ap., págs. 40-41.) Es un hecho que no está en controversia que El Telar, funciona como una empresa de “una sola entidad” para todas sus tiendas en todo Puerto Rico. (Ap., pág. 3.)

Luego de varios años en la empresa, la apelada fue ascendida para el 1997 como gerente y fue asignada a la tienda de Plaza Guayama, en el pueblo de Guayama.

Por problemas económicos, El Telar comenzó a cerrar varias de las tiendas ubicadas en distintos municipios de la isla. A tal fin, El Telar formuló un procedimiento de cesantías para empleados y gerenciales de las tiendas a ser cerradas, bajo el principio de antigüedad. (Ap., pág. 42.)

En dicho plan, se clasificaba a los empleados según sus funciones oclase, que realizaban. Es decir que, los empleados se desplazaban dentro de su clase al igual que...

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