Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Octubre de 2008, número de resolución KLRA200800806

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA200800806
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución28 de Octubre de 2008

LEXTA20081028-021 Rabell Pérez v. Prime Wholesalers, Inc.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL III

JENNIE RABELL PÉREZ Recurrida V. PRIME WHOLESALERS, INC.; GARAJE ISLA VERDE, INC.; BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA Recurrentes KLRA200800806 Revisión Judicial de Decisión Administrativa procedente del Departamento de Asuntos del Consumidor Caso Número: 100032164

Panel integrado por su presidenta, la Juez Bajandas Vélez, el Juez Aponte Hernández y el Juez Cortés Trigo

Aponte Hernández, Juez Ponente

S E N T E N CI A

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de octubre de 2008.

El recurrente, PRIME WHOLESALERS, INC., nos solicita que revoquemos la resolución sumaria emitida el 9 de mayo de 2008 por el Departamento de Asuntos del Consumidor. Mediante la misma, dicho foro decretó la nulidad del contrato de compraventa de vehículo por razón de dolo. En consecuencia, ordenó a la recurrente y al Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, solidariamente, rembolsar a la señora Jennie Rabell Pérez el pronto pago y todas las mensualidades pagadas por ésta por concepto de la compraventa y el financiamiento del vehículo.

Por los fundamentos que expondremos, se revoca la resolución sumaria recurrida.

I

El 29 de julio de 2005, la señora Jennie Rabell Pérez visitó las facilidades de PRIME WHOLESALERS, INC. (PRIME) con el propósito de adquirir un vehículo de motor nuevo marca Mercedes Benz, modelo C-230, color blanco con interiores grises. PRIME no tenía en su lote un vehículo con las especificaciones requeridas por la Sra. Rabell.

Sin embargo, con el propósito de efectuar la compraventa con la Sra. Rabell, ese mismo día (29 de julio de 2005) PRIME ordenó al dealer autorizado Precision

Motorcars, Inc. D/B/A Mercedes Benz of Tampa (Precision), en el estado de la Florida, un vehículo nuevo marca Mercedes Benz, modelo C-230, año 2006, color blanco con interiores color gris, número de serie WDBRF52H46F733100.

El 30 de julio de 2005, el vehículo fue transportado del muelle de Jacksonville, Florida, y enviado por el porteador Sea Star Line LLC a PRIME en Puerto Rico. El vehículo llegó al muelle de Puerto Rico el 2 de agosto de 2005, fue desembarcado el 3 de agosto de 2005 y PRIME lo recibió el 6 de agosto de 2005.

El 6 de agosto de 2005, la Sra. Rabell adquirió el vehículo de PRIME, por el precio de $45,900. Al momento de la compra, la Sra. Rabell pagó $208.50 por concepto de registro, tablilla, seguro compulsorio y ACAA. El precio de venta, los cargos por seguro, intereses y otros gastos fueron financiados mediante un contrato de venta al por menor a plazos suscrito con el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA). Mediante el referido contrato, la Sra. Rabell se obligó a pagar una mensualidad de $625.47. La orden de compra del vehículo, al igual que el contrato de venta al por menor a plazos, indican que el automóvil es nuevo.

Al momento de la compra, se le entregó a la Sra. Rabell

el manual de garantía del vehículo y se le indicó que la garantía del fabricante es de cuatro años ó 50,000 millas, lo que ocurra primero. Sin embargo, no se le indicó que dicha garantía había comenzado el 31 de julio de 2005, fecha en que PRIME adquirió el vehículo de Precision.

El 17 de noviembre de 2005, la Sra. Rabell solicitó el servicio de reparación en garantía al concesionario Garaje Isla Verde, Inc. (Garaje Isla Verde). Alegó, que el auto tenía encendida la señal del “check engine”. El personal técnico del taller encontró que el tapón de la gasolina estaba flojo, ajustó el mismo, verificó los componentes del motor e hizo una prueba de carretera. EL vehículo fue devuelto a la Sra. Rabell

el 22 de noviembre de 2005. Para esa fecha, la unidad tenía 1,429 millas recorridas.

El 13 de diciembre de 2005, la Sra. Rabell volvió a requerir el servicio de reparación en garantía al Garaje Isla Verde. Alegó, que el auto tenía encendida la señal del “check

engine”. El personal técnico del taller encontró una filtración en la válvula de purga y el contenedor de carbón contaminado. Se corrigieron y se hizo una prueba de carretera. El vehículo fue devuelto a la Sra. Rabell el 16 de diciembre de 2005. Para esa fecha, la unidad tenía 1,883 millas recorridas.

El 16 de enero de 2006, la Sra. Rabell requirió nuevamente al Garaje Isla Verde el servicio de reparación en garantía. Alegó, que el auto tenía encendida la señal del “check engine”. En esa ocasión, no se realizó ninguna reparación a la unidad.

El 26 de enero de 2006, la Sra. Rabell requirió una vez más al Garaje Isla Verde el servicio de reparación en garantía. Alegó, que el auto tenía encendida la señal del “check engine”. El personal técnico del taller reemplazó el tapón de la gasolina, verificó los componentes del motor e hizo una prueba de carretera. El vehículo fue devuelto a la Sra. Rabell

el 27 de enero de 2006. Para esa fecha, la unidad tenía 2,337 millas recorridas.

El 28 de febrero de 2006, la Sra. Rabell acudió nuevamente al Garaje Isla Verde para requerir el servicio de reparación en garantía. Alegó, que el auto tenía encendida la señal del “check

engine”. El personal técnico del taller reemplazó los sensores del nivel de gasolina. El vehículo fue devuelto a la Sra. Rabell el 1 de marzo de 2006. Para esa fecha, la unidad tenía 2,786 millas recorridas.

El 3 de marzo de 2006, la Sra. Rabell solicitó el servicio de grúa para llevar el automóvil al Garaje Isla Verde para reclamar servicios de reparación en garantía. Alegó, que el vehículo no iniciaba la marcha (“prendía”). El personal técnico del taller hizo una prueba de presión de la bomba de la gasolina y se percató que el auto marcaba la señal de “empty”; no tenía gasolina. El vehículo fue devuelto a la Sra. Rabell el 18 de marzo de 2006. Para esa fecha, la unidad tenía 2,832 millas recorridas.

El 20 de marzo de 2006, la Sra. Rabell solicitó nuevamente el servicio de grúa para llevar el automóvil al Garaje Isla Verde para reclamar servicios de...

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