Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Octubre de 2008, número de resolución KLRA200800629
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA200800629 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 30 de Octubre de 2008 |
OFICINA DE ÉTICA GUBERNAMENTAL Querellante-Recurrida V. MIGDALIA RODRÍGUEZ SEPÚLVEDA Querellada-Recurrente | KLRA200800629 | Revisión Judicial de Decisión Administrativa procedente de la Oficina de Ética Gubernamental Caso Número: 07-05 |
Panel especial integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Aponte Hernández y el Juez Morales Rodríguez
Aponte Hernández, Juez Ponente
S E N T E N C I A
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de octubre de 2008.
La recurrente, señora Migdalia Rodríguez Sepúlveda, nos solicita que revoquemos la resolución emitida el 5 de mayo de 2008 por la Directora Ejecutiva Interina de la Oficina de Ética Gubernamental. Mediante la misma, dicho foro encontró a la recurrente incursa en infracción al Artículo 3.2(h) de la Ley de Ética Gubernamental y del Artículo 6(A), incisos (4) y (6) del Reglamento de Ética Gubernamental.
Por los fundamentos que expondremos, se confirma la resolución recurrida.
La señora Migdalia Rodríguez Sepúlveda
trabajó en la Comisión de Servicio Público (Comisión) desde
el 26 de enero de 2004 hasta el 30 de septiembre de 2005. A partir del 16 de abril de 2004, ocupó el puesto de Directora Interina de la Oficina de Recursos Humanos. Desde el 16 de junio de 2004 fue nombrada Directora de Recursos Humanos, puesto que ocupó hasta el 1 de septiembre de 2004.
Entre las responsabilidades y funciones como Directora, la Sra. Rodríguez era responsable de los nombramientos y los cambios de personal, de tramitar la correspondencia o documentación y notificar a los empleados y a las agencias afectadas por la transición. Además, coordinaba y participaba en el proceso de entrevistas a candidatos y de selección de personal de nuevo nombramiento.
El 6 de mayo de 2004, mientras la Sra. Rodríguez ocupaba el puesto de Directora Interina, la Comisión notificó mediante Aviso Público la Convocatoria para la clase de Auxiliar Administrativo IV. El referido documento fue firmado por el señor José M. Hernández, Presidente de la Comisión.1
En esa misma fecha, 6 de mayo de 2004, se publicó la Convocatoria a Examen Núm. 95-06 para ocupar el puesto en el servicio de carrera de Auxiliar Administrativo IV. La misma fue firmada por el Presidente de la Comisión, Sr. Hernández, y por la Sra. Rodríguez, en su función oficial de Directora Interina.2
Luego de los trámites correspondientes, la Sra. Rodríguez, en su función oficial de Directora, notificó a los candidatos mediante carta las puntuaciones que obtuvieron en el examen para la clase de Auxiliar Administrativo IV. Posteriormente, la Sra. Rodríguez citó a comparecer a entrevista de empleo a tres de los candidatos. El Sr. Hernández, Presidente de la Comisión, y el señor Alex E.
Rodríguez Díaz, Director Ejecutivo
Con fecha de 24 de agosto de 2004, la Comisión emitió la Certificación de Elegibles Núm. CSP-08, para el puesto de Auxiliar Administrativo IV. Ésta quedó constituida por los siguientes candidatos:
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Rafael Arroyo Camacho | | |
Ruth D. Berríos Rodríguez | | |
Wanda J. Guzmán Morales | | |
José M. Miranda Ramos | | |
Myrna C. López Corujo | | |
Migdalia Rodríguez Sepúlveda | | |
La referida certificación fue suscrita por la señora Haydeé
Hernández Alcázar, Directora de Administración de la Comisión.5
El 30 de agosto de 2004, el Presidente de la Comisión, Sr. Hernández, envió una comunicación a la Sra. Hernández Alcázar en la que le informó que todos los candidatos participaron en la entrevista y que la Sra. Rodríguez había sido seleccionada para ocupar el puesto de Auxiliar Administrativo IV.
La Sra. Rodríguez ocupó el puesto de Auxiliar Administrativo IV desde el 2 de septiembre de 2004 hasta el 20 de septiembre de 2005.
El 27 de septiembre de 2006, la Oficina de Ética Gubernamental presentó una querella en contra de la Sra. Rodríguez por alegadas violaciones al Artículo 3.2(h) de la Ley Núm. 12 de 24 de julio de 1985, conocida como Ley de Ética Gubernamental del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, y a los Artículos 6(A)(4) y (6) del Reglamento de...
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