Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Octubre de 2008, número de resolución KLCE200800649
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE200800649 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 31 de Octubre de 2008 |
RG MORTGAGE CORPORATION Recurrida v. JOSÉ LUIS PEÑA PÉREZ Peticionario | KLCE200800649 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Bayamón CASO NÚM. DKCD2003-1255 (701) SOBRE: IMPUGNACIÓN DE SUBASTA |
Panel integrado por su presidente, el juez Rivera Román, la juez Coll Martí y el juez Vizcarrondo
Irizarry
Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 31 de octubre de 2008.
Comparece el demandado y peticionario, José Luis Peña Pérez, solicitando que se anule y se deje sin efecto una subasta celebrada el 10 de abril de 2008. En lo pertinente, el 4 de abril de 2008 éste presentó una Moción Urgente ante el Tribunal de Primera Instancia solicitando la suspensión de la subasta y pidiendo la celebración de una vista para discutir los planteamientos de su solicitud. Por su parte, el Tribunal de Instancia no resolvió la solicitud y la subasta tuvo lugar. Inconforme, la parte peticionaria acude ante nos señalando que la venta judicial realizada mediante la subasta es nula así como la adjudicación hecha a la parte demandante-recurrida, RG Mortgage Corporation.
Por otra parte, en el curso del trámite apelativo ordenamos la paralización de los trámites posteriores a la venta judicial que estaban ante la consideración del Tribunal de Instancia.
Contando con el beneficio de la comparecencia de las partes procedemos a resolver DENEGANDO la expedición del auto solicitado. Exponemos.
RG Mortgage Corporation presentó, el 18 de noviembre de 2003, una demanda en cobro de dinero y ejecución de hipoteca contra el apelante señalando que éste le adeudaba la suma principal de $175,000.58 más intereses al ocho por ciento (8%) anual, obligación evidenciada con un pagaré a su favor, la cual estaba garantizada con una hipoteca constituida sobre el bien inmueble en controversia. En la demanda RG Mortgage declaró que la deuda estaba vencida, era líquida y exigible ya que el apelante había dejado de pagar las mensualidades del préstamo hipotecario desde el mes de enero de 2003.
Luego de un sinnúmero de trámites procesales, el 8 de agosto de 2006 el Tribunal de Primera Instancia dictó sentencia sumaria declarando Con Lugar la demanda a favor de la parte recurrida. Así las cosas, condenó al peticionario al pago de la suma de $174,000.58 de principal con intereses al 8% anual, desde el día primero de enero de 2003 hasta su pago completo, cargos por demora más las cantidades debidas de contribuciones e impuestos, primas de seguro contra riesgo y seguro de hipoteca, hasta su pago...
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