Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Noviembre de 2008, número de resolución KLRA200801284

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA200801284
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución17 de Noviembre de 2008

LEXTA20081117-08 Piñeiro Sotomayor

v. Adm. de Corrección

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE

PANEL VI

ALEX PIÑEIRO SOTOMAYOR Recurrente v. ADMINISTRACIÓN DE CORRECCIÓN Recurrida KLRA200801284 REVISIÓN Administrativa procedente de la Administración de Corrección CASO NÚM. MA-950-08

Panel integrado por su presidente, el juez Rivera Román, la juez Coll Martí y el juez Vizcarrondo

Irizarry

Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 17 de noviembre de 2008.

Comparece el recurrente Alex Piñeiro

Sotomayor mediante recurso de revisión administrativa en el que solicita la revocación de una resolución emitida por el Coordinador Regional de la División de Remedios Administrativos, Región de Ponce, el 12 de septiembre de 2008. Mediante esta resolución se confirma la respuesta emitida por el evaluador de la División de Remedios Administrativos en relación a la referida querella. Considerado el recurso de revisión presentado, así como los documentos complementarios que se anejan, se resuelve confirmar la respuesta en reconsideración

emitida por la Agencia.

I
Hechos

El 15 de julio de 2008, se presentó solicitud de remedio bajo el procedimiento establecido en el Reglamento para atender las solicitudes de remedios administrativos radicadas por los miembros de la población correccional, aprobado el 26 de septiembre de 2006. Véase Apéndice anejo 1, recurrente. En su solicitud, el recurrente plantea que solicitó servicios médicos mediante el sistema de “sick call”, el 9 de julio de 2008. Fue atendido por la Doctora Maldonado. Este se quejó de dolor agudo, resultante de una condición de Hernia Inginal, por la cual ha sido operado en tres (3) ocasiones y está en espera de una cuarta intervención.

Indica el confinado que la Dra. Maldonado le recetó el medicamento “Toradol”, verificando primero que lo hubiese en la farmacia. No obstante, al otro día la enfermera que despacha las recetas no le entregó los medicamentos para el dolor, situación que alega se ha repetido en ocasiones anteriores. En respuesta a su solicitud, la División de Remedios Administrativos, por conducto de la evaluadora

Limarys Lugo Pagán emitió documento de respuesta fechado 22 de agosto de 2008, en el cual explicó la razón para denegar la solicitud del confinado. En dicha respuesta indica que, informó la Sra. Rullán que su receta se despachó el día 8 de...

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