Sentencia de Tribunal Apelativo de 24 de Noviembre de 2008, número de resolución KLRA200801373

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA200801373
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2008

LEXTA20081124-11 Mangual Reyes v. Negociado de Seguridad de Empleo

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE SAN JUAN Y BAYAMÓN

PANEL V

Juan Mangual Reyes
Reclamante-Apelante
v. Negociado De Seguridad De Empleo (NSE)
Apelado
KLRA200801373 REVISIÓN ADMINISTRATIVA Procedente del Negociado De Seguridad De Empleo (NSE) Sobre: Inelegibilidad a los Beneficios de Compensación por Desempleo Apel. Núm. SJ-0210-08
S.S. Núm. XXX-XX-4413

Panel integrado por su presidente, Juez Arbona Lago, el Juez Salas Soler y la Jueza Cotto

Vives.

Arbona Lago, J.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 24 de noviembre de 2008.

Hechos

El Peticionario, Sr. Juan Mangual Reyes (Sr. Mangual

Reyes) trabajó como guardia de seguridad privado para la empresa de servicios de custodia Saint James Security

Sevices, Inc. por aproximadamente un año. Durante dicho año el Sr. Mangual

Reyes también era estudiante de Diseño con horario académico de lunes a jueves, de 8:00 a.m. a 2:00 p.m. y turno de trabajo de 2:00 p.m. a 10:00 p.m.

Saint James Security Sevices, Inc., patrono del Sr. Mangual

Reyes, le varió el puesto de trabajo -- a

petición del cliente del primero -- y le ofreció turnos en diferentes horarios, lo que no aceptó el Peticionario porque podría confligir con el programa de estudio antes señalado. Por tanto, el 17 de abril de 2008 el Sr. Mangual

Reyes presentó a manuscrito su renuncia, de la siguiente manera:

A Quien Pueda interesar:

Por la presente informo que renuncio a mis labores como oficial de seguridad ya que no hay disponible un puesto que se acomode a mi disponibilidad después de (ilegible) de mi puesto permanente.

Así las cosas, el Sr. Mangual Reyes solicitó ante el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos de Puerto Rico (DTRH) los beneficios por desempleo. Mediante Resolución del 14 de mayo de 2008, el Negociado de Seguridad de Empleo de Puerto Rico denegó dichos beneficios al considerar al Sr. Mangual Reyes inelegible debido a que renunció voluntariamente del empleo. Concluyó también que una renuncia por estudios no es compatible con el derecho a beneficios por desempleo. El Peticionario acudió, el 28 de mayo de 2008, ante la División de Apelaciones de DTRH. Luego de audiencia arbitral, el laudo dispuso como sigue:

……..

Conclusión de Derecho y Fundamento:

Se declara inelegible al reclamante a los beneficios de seguro por desempleo por el siguiente fundamento.

El...

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