Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Noviembre de 2008, número de resolución KLAN200800439

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN200800439
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2008

LEXTA20081126-05 Velasco González v. UN Meat packing, Inc.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VII

ROMÁN M. VELASCO GONZÁLEZ, Secretario del Trabajo y Recursos Humanos, en representación y para beneficio de FRANKLYN GLAS ADAMES APELADO V. NU MEAT PACKING, INC. APELANTE KLAN200800439 APELACION procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Guaynabo NUM. CM2005-0123

Panel integrado por su presidente, Juez Rivera Román y los Jueces Coll Martí y Vizcarrondo

Irizarry

RESOLUCION

En San Juan, Puerto Rico a 26 de noviembre de 2008.

El señor Franklin Glas Adames reclamó judicialmente a Nu

Meat Packing Inc. (Nu Meat) por un alegado despido injustificado. La causa de acción se amparó en la Ley de Despido Injustificado, Ley 80 de 30 de mayo de 1976, según enmendada, 29 L.P.R.A. sec. 185a (Ley de Despido Injustificado). El Tribunal de Primera Instancia declaró injustificado el despido y concedió el remedio dispuesto en la Ley 80, supra.

Inconforme con la decisión, Nu

Meat presentó un recurso de apelación y alegó que hubo justa causa para el despido.

Por las razones que explicamos a continuación, se confirma la decisión del Tribunal de Primera Instancia. Veamos los hechos del caso.

I.

El señor Franklin Glas, representado por el Secretario del Trabajo y Recursos Humanos, presentó una querella contra Nu Meat en el Tribunal de Primera Instancia mediante el procedimiento sumario de querellas laborales establecido en la Ley 2 de 17 de octubre de 1961, según enmendada, 32 L.P.R.A. sec. 3118 et seq.

Argumentó que fue despedido por Nu Meat en diciembre de 2003 sin justa causa y que no se le pagó la indemnización a la cual tenía derecho por virtud de la Ley de Despido Injustificado.

En su contestación a la querella, Nu Meat

alegó como defensa afirmativa que hubo justa causa en el despido. El patrono adujo que la razón específica para el despido fue un altercado en el cual el señor Glas le gritó y le profirió palabras insultantes a su supervisor, el señor Pedro Cortés. El incidente alegadamente ocurrió en el área de trabajo. Nu Meat catalogó este acto como uno de insubordinación de naturaleza grave y lo consideró causa suficiente para el despido. Además, se alegó que el empleado tenía acumuladas varias amonestaciones.

Durante el acto del juicio las partes estipularon lo siguiente: las fechas de comienzo y despido del señor Glas, el salario semanal y mensual devengado, la compensación por concepto de mesada a la cual sería acreedor de prevalecer en la reclamación y las cuatro amonestaciones que recibió durante los años que trabajó en la empresa. En cuanto a las amonestaciones, se estipuló que tres de ellas se debieron a tardanzas en el trabajo y una se otorgó por disciplina. Por último, se estipuló que el señor Glas no recibió carta de despido.

Durante el juicio se presentó el testimonio del señor Glas y del Vicepresidente de la compañía, señor René Mendiola.

El señor Glas se desempeñaba como picador de sierra en Nu Meat y su supervisor directo era el señor Cortés. El señor Glas había recibido tratamiento en el Fondo del Seguro del Estado (Fondo) por unos dolores y se reincorporó a sus labores luego de completar el tratamiento. El obrero alegó que antes de recibir el tratamiento en el Fondo realizaba las funciones de supervisor, que eran más cómodas, físicamente, que las de un picador. No obstante, cuando regresó del Fondo, lo reinstalaron en las funciones de picador.

El señor Glas testificó que nunca discutió ni le expresó malas palabras u ofensivas a su supervisor. También alegó que nadie se reunió con él para darle una explicación por el despido. Sobre este evento, hubo prueba contradictoria y el Tribunal de Primera Instancia tuvo la oportunidad de dirimir la credibilidad de los testigos y creyó la versión del obrero.

En su sentencia, el foro de instancia...

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