Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Noviembre de 2008, número de resolución KLRA0801204

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA0801204
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2008

LEXTA20081126-61 Quiñones Santiago v. Administración de Corrección

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL ESPECIAL

LUIS H. QUIÑONES SANTIAGO Recurrente v. ADMINISTRACIÓN DE CORRECCIÓN Recurrida KLRA0801204 KLRA0801378 KLRA0801379 KLRA0801380 Rev. administrativas procedentes del Departamento de Corrección y Rehabilitación-División de Remedios Administrativos Duplicación de Documentos, Pases Iniciales, Área Educativa y Cortina de Baño F1-288-08, F1-212-08, F1-376-08 y F1-377-08

Panel integrado por su Presidente, el Juez Rivera Román, la Jueza Coll

Martí y el Juez Vizcarrondo Irizarry.

Coll Martí, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 26 de noviembre de 2008.

Determinamos consolidar las cuatro peticiones de Revisión de Decisiones Administrativas emitidas por la Administración de Corrección por tratarse todas de respuestas a solicitudes de remedios a las que aplican las mismas disposiciones estatutarias y jurisprudenciales y por tener todas en común a las mismas partes.

Veamos los hechos, de forma individual, de las cuatro peticiones de revisión.

I
  1. Luis H. Quiñones Santiago – (KLRA0801204) Solicitud de Evidencia de Llamada Telefónica. Solicitó el señor Quiñones Santiago, para “uso legal”, copias de documentos que, según informa, obran en su expediente sociopenal. Estos documentos solicitados son copia de “las planillas ya radicadas de la supervisión electrónica” y copia de “evidencia sobre autorizaciones de llamadas” a su esposa, Sra. Virgen M. Pino Rodríguez, quien también se encuentra confinada en el Complejo Correccional de Ponce Mujeres. La información, explica el confinado en su recurso, se utilizará para tomar acción legal contra la agencia porque ésta se rehúsa a permitirle visitas y comunicación con su esposa.

    La respuesta dada por la División de Remedios Administrativos el 11 de agosto de 2008 consistió en que el 14 de julio de 2008 se le entregaron los documentos solicitados. Solicitó reconsideración el recurrente y en reconsideración la agencia le informó que se le entregó todo lo relacionado al Programa de Supervisión Electrónica que él solicitaba, pero que en cuanto a la llamada telefónica que había sostenido con su esposa, el confinado “desea copia de la factura que pagó la Agencia por el servicio telefónico, como prueba de la llamada que se realizó entre él y su esposa, lo cual no es posible.” En atención a lo anterior, la agencia concluyó que se habían atendido adecuadamente los planteamientos del confinado y se negó a reconsiderar su respuesta.

    El señor Quiñones Santiago acude ante este Foro y plantea que erró la Administración de Corrección al concluir que él estaba solicitando la factura del servicio telefónico, ya que lo que él ha solicitado es la prueba o informe incluido en su expediente donde se establece que se le brindó esa llamada y donde aparezca el día y hora de la llamada telefónica. Sólo quiere obtener alguna evidencia de que la llamada ocurrió y cuándo.

  2. Luis H. Quiñones Santiago – (KLRA0801378) Privilegio de Pases. El recurrente presentó una Solicitud de Remedio Administrativo en la que argüía que se debía comenzar el proceso para proveerle el privilegio de pases iniciales porque así lo había decretado el Tribunal de Primera Instancia en una Sentencia.

    La respuesta emitida por la Administración de Corrección fue desestimar su solicitud de remedio bajo la Regla XIII, sección 8 del Reglamento de Remedios Administrativos, debido a que se trata de una solicitud presentada más de una vez, en el Remedio Núm.

    F1-405-08 y anteriormente en el F1-212-08.

    El recurrente, por otro lado, no hace alegación específica alguna sobre sus circunstancias y por qué es acreedor al beneficio que solicita.

    Más aún, el Recurso de Revisión resulta ininteligible en varios de sus párrafos por la letra pequeña y de trazos indefinidos, por lo que no nos fue posible leerlo en su totalidad para poder tener un cabal entendimiento de lo que plantea.

  3. Luis H. Quiñones Santiago – (KLRA0801379) Servicios Bibliotecarios. Presentó

    Solicitud de Remedios Administrativos el recurrente porque el 6 de agosto de 2008 se le negó el servicio de biblioteca debido a que...

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