Sentencia de Tribunal Apelativo de 8 de Diciembre de 2008, número de resolución KLRA200800986

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA200800986
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución 8 de Diciembre de 2008

LEXTA20081208-08 Flores Vega v. Adm. De Corrección

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

Panel II

EDISON FLORES VEGA
Recurrente
v.
ADMINISTRACIóN DE CORRECCIóN
Agencia Recurrida
KLRA200800986 Revisión administrativa procedente de la Administración de Corrección Caso núm.: 310-08-0126 Informe disciplina

Panel integrado por su presidenta, la Jueza García García, la Jueza Varona Méndez y el Juez Cabán García

Varona Méndez, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 8 de diciembre de 2008.

El recurrente Edison Flores Vega nos pide que revisemos una resolución dictada a tenor del Reglamento de Procedimientos Disciplinarios para Confinados y Participantes de Programas de Desvío y Comunitarios, Reglamento Núm. 6994 de 29 de junio de 2005 (Reglamento 6994), según enmendado. En dicha resolución fue declarado incurso en la comisión del acto prohibido de poseer un teléfono celular. Por los fundamentos que discutiremos se confirma la resolución recurrida.

I.

El recurrente se encuentra confinado en la Institución Máxima Ponce, bajo la custodia de la Administración de Corrección. Los hechos que dieron lugar a la presentación de

una querella a tenor del Reglamento 6994 ocurrieron el 22 de junio de 2008.

De la querella presentada, surge que tras una ronda preventiva realizada por el Oficial Diosdado Tollinchi por el control A-5, celda 6-011 de la Institución, éste encontró al recurrente durmiendo a las 2:30 AM con un teléfono celular encima de su pecho. Acto seguido, le informó lo acontecido al Sargento Colón. Procedieron a entrar en la celda del recurrente e incautaron el celular, descrito en el informe de querella como un celular marca Motorola, color negro y gris y con número de serie F42MH2BC95.

La referida querella le fue notificada al recurrente y se señaló vista ante el Oficial Examinador de Vistas Disciplinarias, para el 8 de julio de 2008. Previo a la celebración de vista, la querella fue investigada por Marta Colón Labrador, quien entrevistó al recurrente el 27 de junio de 2008; éste último señaló que es inocente y que se encontraba durmiendo, por lo que desconoce de dónde salió el celular.

Celebrada la vista ante el Oficial Examinador de Vistas Disciplinarias, éste declaró con lugar la querella. De su resolución, notificada el 9 de julio de 2008, se desprende que el recurrente no admitió la violación de la norma. Concluyó, no obstante, que se presume que lo encontrado en la celda pertenece al que allí habita. Dispuso que el querellado no había

presentado prueba robusta y convincente para rebatir...

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