Sentencia de Tribunal Apelativo de 22 de Diciembre de 2008, número de resolución KLAN0801583

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0801583
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2008

LEXTA20081222-03 Maisonet Torres v. Torres González

stado Libre Asociado de Puerto Rico

Tribunal de Apelaciones

REGIÓN JUDICIAL DE ARECIBO

PANEL VII

SARA DE LOURDES MAISONET TORRES; ENRIQUE J. MAISONET TORRES; JULIO E. MAISONET TORRES

Demandantes-Apelados

v.

SARA TORRES GONZÁLEZ

Demandada-Apelante

KLAN0801583

Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Manatí

Sobre: División de Comunidad de Bienes

Caso Civil Núm.

CD2006-967

Panel integrado por su presidente, el Juez Martínez Torres, el Juez Escribano Medina y la Juez Feliciano Acevedo

Martínez Torres, Juez ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 22 de diciembre de 2008.

Comparece la apelante, Sara Torres González y nos solicita la revocación de la sentencia dictada el 9 de abril de 2008 y notificada el 10 de igual mes y año, por el Tribunal de Primera Instancia (TPI), Sala de Manatí (Hon. José A. Díaz Espinosa, Juez). El dictamen declaró con lugar una solicitud de sentencia sumaria sobre división de comunidad de bienes.

I

Doña Sara Torres González contrajo primeras nupcias con Don Julio Enrique Maisonet Colón, bajo el régimen de bienes gananciales.

Durante su matrimonio adquirieron una propiedad inmueble en la urbanización Jardines de Mónaco, en

Manatí, y procrearon tres hijos de nombres Sara de Lourdes Maisonet Torres, Enrique José Maisonet Torres y Julio Enrique Maisonet

Torres.

Los esposos Maisonet-Torres disolvieron su vínculo matrimonial, mediante sentencia de divorcio el 5 de mayo de 1989. En ésta, Don Julio Maisonet se comprometió a ceder su participación sobre el referido bien inmueble a favor de sus tres hijos, cuando el menor de ellos alcanzara la mayoridad. Ambos ex cónyuges contrajeron nupcias nuevamente. Doña Sara Torres se casó con el Sr. Edgardo Cruz Serrano, el 24 de julio de 1992, y Don Julio Enrique Maisonet

Colón se casó con la Sra. Maritza Torres Peña.

Una vez los hermanos Maisonet Torres advinieron a la mayoridad, el 24 de marzo de 2006, los ex cónyuges otorgaron la escritura pública de Liquidación de Sociedad Legal de Gananciales. En dicha escritura, se le reconoció a Doña Sara Torres un crédito por los pagos realizados con dinero privativo a la hipoteca y al CRIM. Además, se consignó la cesión que Don Julio Maisonet

hiciera sobre su participación a favor de sus hijos. Las partes valoraron la participación cedida en $30,000.

En ánimo de no permanecer en comunidad, el 6 de octubre de 2006, los hermanos Maisonet

Torres presentaron una demanda sobre división de comunidad de bienes contra su madre, Doña...

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