Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Enero de 2009, número de resolución KLAN0801808

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0801808
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución29 de Enero de 2009

LEXTA20090129-11 Logrob Scaffold Equipment Rental, Inc. v. Constructora Ausubo, Inc.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAGUAS

PANEL XI

LOGROB SCAFFOLD EQUIPMENT RENTAL, INC.
Apelada
v.
CONSTRUCTORA AUSUBO, INC.; GENECO, S.E.; NEWPORT BONDING & SURETY COMPANY
Apelante
__________________________________
LOGROB SCAFFOLD EQUIPMENT RENTAL, INC.
Apelada
v.
CONSTRUCTORA AUSUBO, INC.; GENECO, S.E.; NEWPORT BONDING & SURETY COMPANY
Apelante
KLAN0801808
KLAN0801811
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas Civil Número: E CD2006-0179 (611) Sobre: Cobro de Dinero Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas Civil Número: E CD2006-0179 (611) Sobre: Cobro de Dinero

Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Martínez, el Juez Colón Birriel y la Juez Jiménez Velázquez

Jiménez Velázquez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de enero de 2009.

Oportunamente, Newport Bonding

& Surety Company (Newport) y Geneco, S.E., (Geneco) presentan sendos recursos de apelación en los que nos solicitan la revisión de una Sentencia Sumaria emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas (TPI) el 9 de octubre de 2008, archivada en autos el día 15 de ese mes, y depositada en el correo el día 17 del mismo mes. Mediante la referida Sentencia Parcial, el TPI condena a Newport y a Geneco

a pagar solidariamente a Logrob Scaffold

Equipment Rental, Inc. (Logrob) la suma de $25,473.87 por concepto de principal, más intereses legales desde la radicación de la demanda, costas y $5,000 en honorarios de abogado.

Los recursos fueron consolidados mediante Resolución emitida a tales efectos el 1ro de diciembre de 2008.

Con el beneficio de la comparecencia de Logrob, este Tribunal procede a revocar la Sentencia Sumaria emitida por el TPI.

I.

Los hechos que dan lugar al caso ante nuestra consideración tienen su génesis cuando Logrob presenta el 27 de enero de 2006 una Demanda en cobro de dinero contra Constructora Ausubo, Inc. (Ausubo), Geneco y Newport. En la misma, Logrob señala que los demandados le adeudan la suma de $25,473.87 por concepto de renta de materiales de construcción a crédito al subcontratista Ausubo para un proyecto multifamiliar conocido como el Condominio Balandras del Arrecife en Vega Baja cuyo contratista principal de la obra era Geneco y la fiadora era Newport.

El dueño de la obra es N.B. Brothers Corp. (N.B. Brothers), entidad que no forma parte del pleito ante el TPI.

La demanda presentada fue contestada por Newport

y Geneco. Por su parte, Newport

señala que no ha emitido fianza alguna que le responsabilice por las obligaciones incumplidas por Ausubo y no tiene relación contractual con dicha empresa. De otra parte, Geneco

niega la deuda a favor de Logrob y admite la existencia del contrato de fianza.

Posteriormente, Logrob presenta una “Moción Solicitando se Dicte Sentencia Sumaria” en la que señala que Ausubo no había contestado la demanda, por lo que solicita se le anote la rebeldía y se dicte sentencia en su contra. A su vez, Logrob indica que Geneco, como contratista principal del proyecto, se beneficia de los materiales arrendados y Newport responde solidariamente por la fianza emitida para el proyecto. De conformidad con ello, Logrob

solicita se dicte sentencia sumaria por la suma de $25,473.87 adeudada por concepto de renta de materiales de construcción. A la solicitud de sentencia sumaria, Logrob acompaña una serie de documentos reclamando el pago de lo alegadamente adeudado y copia de la fianza emitida.

Geneco se opone a la solicitud de sentencia sumaria y solicita que se dicte una sentencia sumaria a su favor. En síntesis, Geneco plantea que el dueño de la obra, N.

  1. Brothers ha incumplido con el pago total de las certificaciones del proyecto, lo que resulta en la terminación del contrato entre Geneco y el dueño de la obra. A su vez, Geneco señala que el contrato de fianza estaba condicionado a que los materiales y labor certificados fueran pagados por N.B. Brothers y que el incumplimiento de ésta con los términos y condiciones del contrato causa la nulidad de las obligaciones, lo cual conlleva que la fianza sea liberada de toda responsabilidad. Así las cosas, Geneco

argumenta que no existe derecho alguno a favor de Logrob

a base del contrato de fianza suscrito ya que no existe nexo legal alguno con ésta. Geneco acompaña con su solicitud de sentencia sumaria una Demanda presentada por ésta contra N. B. Brothers en el caso Civil Número DAC2005-2323. Luego, Geneco presenta un memorando en apoyo a su solicitud de sentencia sumaria.

De otro lado, Ausubo se opone a la sentencia sumaria ya que argumenta que existe una controversia en cuanto quién es la parte que viene obligada a satisfacer la deuda ya que sostiene que la falta de pago por los referidos materiales es porque Geneco no realiza los...

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