Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Febrero de 2009, número de resolución KLCE20090158

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE20090158
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución26 de Febrero de 2009

LEXTA20090226-03 Cardona Campos v. Toledo Pagan

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL ARECIBO

RAFAEL CARDONA CAMPOS POR SI Y COMO ACCIONISTA MAYORITARIO DE ROYAL GAS CO. DEMANDANTE-RECURRIDO V. CARLOS TOLEDO PAGAN, S.L.G. LIGHT GAS INC. JULIO FELICIANO GUTIERREZ COMO PRESIDENTE DE LIGHT GAS INC. DEMANDADO-PETICIONARIO KLCE20090158 CERTIORARI PROCEDENTE DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE ARECIBO CASO NUM.: CDP200100129 SOBRE: INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO

Panel integrado por su presidente el juez Martínez Torres, el juez Escribano Medina y el juez Aponte Hernández

Escribano Medina, Juez Ponente

R E S O L U C I Ó N

En San Juan, Puerto Rico a 26 de febrero de 2009.

Comparecen ante nos el Sr. Carlos Toledo Pagán y otros para solicitar que revoquemos una resolución emitida el 17 de diciembre de 2008 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo (Hon. Jimmy Villalobos

González). En la misma, dicho foro declaró no ha lugar una moción para que se dicte sentencia por las alegaciones y/o moción de sentencia sumaria presentada por la parte demandada-peticionaria.

Evaluada la petición y sus apéndices, debemos denegar la expedición del auto solicitado por estimar que la negativa del Tribunal de Primera Instancia de desestimar sumariamente la demanda es correcta.

I

El 17 de abril de 2001, el Sr. Rafael Cardona Campos por sí y como accionista mayoritario en representación de la corporación Royal Gas Co., presentó una demanda sobre daño y perjuicios contra el Sr. Carlos Toledo Pagán, su esposa, la Sra. Carmen Quintana, la sociedad legal de gananciales compuesta por ambos, y el Sr. Julio Feliciano Gutiérrez por sí y como Presidente de Light Gas Co. (en adelante, denominado en conjunto como la parte demandada). En la referida demanda, el Sr. Cardona Campos alegó que suscribió un contrato de servicios profesionales con el codemandado

Toledo Pagán para que este último ocupara la posición de administrador de Royal Gas. Adujo que dicha contratación se realizó mediando mala fe por parte del codemandado, ya que su intención al ostentar tal posición era causarle daño económico a la empresa con el fin de obligar al demandante a vender la misma. Añadió que, posterior a la firma del contrato, dicho codemandado

realizó actos conducentes a lograr tal propósito.

Entre otras cosas, alegó en su demanda que el 1ro de noviembre de 2000, el codemandado Toledo Pagán...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR