Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Febrero de 2009, número de resolución KLRA200801183

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA200801183
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución27 de Febrero de 2009

LEXTA20090227-099 Quiñonez Rivera v. Depto. de Corrección y Rehabilitación

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VI

NORMAN QUIÑONES RIVERA RECURRENTE V. DEPARTAMENTO DE CORRECCIÓN Y REHABILITACIÓN ADMINISTRACIÓN DE CORRECIÓN RECURRIDOS KLRA200801183 REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente de la Administración de Corrección NUM. 26-2-2008 (B-308-15704) SOBRE: REVISIÓN

Panel integrado por su presidente, Juez Rivera Román y los Jueces Coll Martí y Vizcarrondo

Irizarry

Rivera Román, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 27 de febrero de 2009.

El señor Norman Quiñones Rivera es un confinado que participaba del Programa Integral de Reinserción Comunitaria (Programa) de la Administración de Corrección y Rehabilitación. El Programa pretende preparar a los confinados en la etapa en que están próximos a regresar a la libre comunidad.

Corrección removió al señor Quiñones Rivera del Programa y lo ingresó a la institución penal el 22 de febrero de 2008. Se alegó que el confinado violó las condiciones 22, 23 y 24 de su convenio y le radicaron una querella. El acto de la conducta impropia se describió en la querella de la siguiente forma:

Provocar conflictos en el hogar que atentan contra la seguridad. Faltar el respeto a funcionarios del Departamento de Corrección y Rehabilitación. Utilizar lenguaje obsceno o indecoroso hacia el personal de supervisión del Departamento de Corrección y Rehabilitación.

Corrección pautó una vista para considerar la acción disciplinaria para el 26 de marzo de 2008. El confinado fue notificado de la vista el mismo día 26 de marzo. Además, no se le permitió estar asistido por abogado. Durante la audiencia la Oficial Examinadora leyó el Informe escrito con el que se inició la querella, pero no recibió prueba testifical.

La Oficial Examinadora determinó que el confinado incurrió en violación a la condición 23 y lo exoneró en las dos restantes. El confinado solicitó reconsideración a través de representación legal. La reconsideración fue denegada.

Inconforme con la decisión presentó un recurso de revisión administrativa en el cual alegó que erró Corrección al celebrar una vista administrativa en violación al debido proceso de ley. Se alegó que Corrección no cumplió con las normas que regulan la notificación de los cargos, presentación de querellas, aviso para la vista administrativa y notificación de la decisión administrativa, entre otros.

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