Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Febrero de 2009, número de resolución KLCE20081723
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE20081723 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 27 de Febrero de 2009 |
HUMBERTO PADRÓN URROZ | | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan Civil Núm.: KDP2007-0887 Sobre: Daños y Perjuicios | |
Panel integrado por su presidenta, la Juez García García, la Juez Varona Méndez y el Juez Cabán García.
Cabán García, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 27 de febrero de 2009.
El Sr. Humberto Padrón Urroz
(Recurrido) presentó el 2 de julio de 2007 ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (TPI) una demanda de daños y perjuicios contra las siguientes partes: Autoridad Metropolitana de Autobuses (AMA), Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), Estado Libre Asociado de Puerto Rico (ELA), Departamento de Justicia por conducto de su Secretario, Custard Insurance Adjusters Inc., Compañías A, B, C y Aseguradoras X, Y, Z. La reclamación versaba sobre un alegado accidente donde resultó lesionado el Recurrido al ser impactado
por una guagua de la AMA.
El 1 de noviembre de 2007, el Recurrido presentó una Moción Enmendada Solicitando Desestimación. Expresó que advino en conocimiento que el incidente que propició la demanda involucró un autobús de Metrobus
y no uno de la AMA como se había creído inicialmente. Solicitó pues, que se desestimara la reclamación contra la AMA, el DTOP, el ELA, el Departamento de Justicia y Custard Insurance
Adjusters Inc. También informó, que enmendó la demanda para incluir a First Transit, Inc. como demandada y quien era dueña del vehículo que alegadamente causó el accidente.
El 11 de diciembre de 2007, el Recurrido informó en la Conferencia Sobre el Estado de los Procedimientos, su intención de desistir de la reclamación. La solicitud fue acogida por el TPI y el foro recurrido emitió Sentencia el 11 de diciembre de 2007, reducida a escrito el 9 de abril de 2008 y notificada el 25 de abril de 2008. El dictamen lee como sigue:
A la Conferencia Sobre el Estado de los Procedimientos celebrada, el 11 de diciembre de 2007, compareció únicamente la parte demandante representada por el Lcdo. José E.
Ramírez de Arellano.
Luego de una reunión celebrada en el estrado, fuera de record, la parte demandante anunció su interés en desistir en cuanto a todos los demandados originales en el presente caso, entiéndase, Autoridad Metropolitana de Autobuses; Departamento de Transportación y Obras Públicas; Estado Libre Asociado de Puerto Rico; Departamento de Justicia por conducto del Secretario de Justicia; Hon. Roberto Sánchez Ramos; Custard Insurance Company Adjusters Inc.; Compañías A, B, C; Aseguradoras X, Y, Z; lo cual fue declarado Ha Lugar por el Tribunal.
Por tanto, según dispuesto en la Regla 39.1 (A) (2) de las de Procedimiento Civil de 1979, se decreta el archivo de este caso, sin especial imposición de costas honorarios de abogado.
A su vez, el Recurrido presentó el 22 de enero de 2008 la Demanda Enmendada. En ésta, aunque en sus alegaciones incluyó a First Transit, Inc., como causante del accidente, mantuvo el epígrafe original y en la súplica solicitó el remedio contra la AMA y no contra First Transit, Inc. El 11 de marzo de 2008, se expidió emplazamiento contra First Transit, Inc., el cual fue diligenciado el 17 de marzo de 2008.
Así las cosas, el 17 de abril de 2008 First Transit, Inc., presentó Moción de Desestimación por Falta de Jurisdicción.1 Alegó, que habiendo ocurrido el...
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