Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Marzo de 2009, número de resolución KLCE20081510

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE20081510
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución27 de Marzo de 2009

LEXTA20090327-09 Municipio de Barceloneta v. Sucn.

Kapushat

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL IV

MUNICIPIO DE BARCELONETA
Representado por su Alcalde
Hon. Sol Luis Fontanes Olivio
Recurrido
SUCN. WILLIAM KAPUSHAT
Recurrido
EDUARDO HERNANDEZ HERNANDEZ
Peticionario
KLCE20081510
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Caso Núm. KEF2003-1064

Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, el Juez Soler Aquino y la Jueza Carlos Cabrera

González Vargas, Troadio, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 27 de marzo de 2009.

El señor Eduardo Hernández

y su esposa, la señora Carmen Ríos (en adelante, “los peticionarios”), presentaron una petición de Certiorari ante este Tribunal el 22 de octubre de 2008 para que se revise la “Resolución y Orden”

emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (en adelante, “TPI”) el 16 de septiembre de 2008. Mediante ésta, el TPI dispuso que los peticionarios no podían ser acumulados como parte con interés en el caso de epígrafe.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, se expide el recurso de Certiorari y se confirma la decisión del TPI.

I.

El Municipio de Barceloneta

presentó un pleito de expropiación forzosa sobre una finca propiedad de la sucesión de Don William Kapuschat.

Entre las partes con interés, además de los miembros de la sucesión, el Municipio identificó a los esposos peticionarios, Hernández-Ríos.

Éstos, por conducto de su abogado, presentaron una moción en la que expresaban su interés en el caso sobre la base de que poseían una participación equivalente a una cuerda en el inmueble objeto del proceso de expropiación.

Según surge de los autos, la mencionada participación de los peticionarios emanaba de un contrato de opción de compraventa celebrado entre uno de los herederos, el Sr. Oscar L. Kapuchat

y el señor Carlos D. Valentín, en el cual no se identifica el predio a enajenarse. Más tarde, el Sr. Valentin

y su esposa otorgaron un contrato con los esposos Hernández

Ríos en el que le vendieron los derechos y acciones que poseían sobre la referida cuerda de terreno mediante el contrato de opción suscrito con el señor Oscar L. Kapuschat.

No obstante, el co-heredero

Oscar Kapushchat, objetó el interés de los referidos esposos en el proceso de expropiación. Arguyó que los contratos relativos a la opción de compraventa no son válidos o tienen un alcance limitado, por lo que deben ser excluidos como partes con interés.

A tenor con las exigencias de todo proceso de expropiación, el TPI celebró varias vistas del caso, en las cuales la nueva representación legal de los peticionarios, la licenciada Rosa D.

Mercado, no compareció por diversas razones. El 15 de febrero de 2007, luego de celebrada una vista pautada para esa fecha, y ante la incomparecencia

de la licenciada Mercado, la Magistrado encargado del proceso pautó como nueva fecha para celebrarse la vista de expropiación el 19 de marzo de 2007, día en que la licenciada Mercado debía expresarse en torno a los fundamentos que justificaban la intervención de los esposos Hernández

Ríos en el pleito. Llegado el día, la licenciada Mercado no compareció.Ante este patrón de conducta, la representación legal de las partes comparecientes solicitaron al TPI que declarara no ha lugar la moción de intervención presentada por ésta en representación de los peticionarios. Así las cosas, el Foro sentenciador declaró no ha lugar la solicitud de intervención.

Inconforme, los peticionarios acudieron ante este Tribunal el 24 de abril de 2007. Un panel hermano revocó la decisión y ordenó la celebración de una vista evidenciaria

en la que se debía dilucidar los méritos de la solicitud de intervención presentada por los esposos Hernández Ríos. Celebrada...

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