Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Marzo de 2009, número de resolución KLCE200801550

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE200801550
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución31 de Marzo de 2009

LEXTA20090331-21 Pueblo de PR v. Colon Torres

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE PONCE

PANEL IX

EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrido
v.
NÉSTOR COLÓN TORRES Peticionario
KLCE200801550
CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce Crim. Núm.: J1TR200800225 J1CR200800190 J1VP200800963 Por: Art. 222 del C.P.

Panel integrado por su presidente, el Juez López Feliciano, el Juez Hernández Serrano y el Juez Rosario Villanueva

Rosario Villanueva, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 31de marzo de 2009.

Comparece el peticionario Néstor Colón Torres mediante recurso de Certiorari. En el mismo nos solicita la revisión de una orden dictada el 24 de septiembre de 2008, notificada el 26 ese mismo mes y año por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce (TPI). Mediante la referida Orden el TPI declaró sin lugar una “Moción Solicitando Supresión de Evidencia”.

I.

Allá para el 7 de marzo de 2008 el peticionario fue detenido en la carretera PR-14 como resultado de un bloqueo realizado por la Policía de Puerto Rico.

Como resultado de dicha detención, se presentó denuncia contra el peticionario en los casos J1TR200800225 sobre infracción al artículo 7.02 de la Ley Núm. 22 de 7 de enero de 2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito”, 9 L.P.R.A. sec.

5202; caso J1CR200800190 sobre infracción al artículo 4-B de la Ley Núm. 253 de 27 de septiembre de 1995, según enmendada conocida como “Ley de Seguro de Responsabilidad Obligatorio para Vehículos de Motor, 26 L.P.R.A.

sec. 8051 et seq.; y el caso J1VP20080096 por infracción al artículo 222 del Código Penal, 33 L.P.R.A. sec. 4850.1

En cada uno de los casos, el peticionario presentó una “Moción Solicitando Supresión de Evidencia”. Mediante dicha moción se solicitó la exclusión de los siguientes documentos evidenciarios:

  1. los boletos de tránsito #25641327, 25643226 expedidos el 3 de enero de 2008 por el agente James Torres Negrón, número de placa 16692;

  2. análisis de aliento realizado por el agente James Torres Negrón;

  3. cualquier confesión y/o admisión hecha por el acusado verbal y/o escrita, así como cualquier documento firmado o suscrito por el acusado como resultado de la intervención;

  4. todos los documentos incautados durante la intervención incluyendo licencia de conducir, licencia del vehículo, marbete, así como cualquier otro documento incautado al peticionario ese día;

  5. la incautación y confiscación de vehículo marca...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR