Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Abril de 2009, número de resolución KLCE200900390

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE200900390
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución23 de Abril de 2009

LEXTA20090423-21 González Mojica v. B.O. Development, Corp

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN-CAROLINA

PANEL V

ADA E. GONZÁLEZ MOJICA, ET AL Demandantes - Peticionarios v. B.0. DEVELOPMENT, CORP. Demandados-Recurridos KLCE200900390 CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Bayamón DAC 2005-0979 SOBRE: ACCIÓN CIVIL

Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Román, la Jueza Fraticelli Torres y el Juez Vizcarrondo

Irizarry

Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 23 de abril de 2009.

Se solicita revisión de una Resolución de 10 de febrero de 2009, notificada el 20 de febrero de 2009, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, (en adelante T.P.I.) negándose a emitir una Orden para que la parte demandada, aquí recurrida, entregue el informe pericial

de su escrito a la parte demandante, aquí peticionaria, sino hasta después que la parte recurrida tome una deposición al perito de la parte peticionaria.

I.

El 18 de marzo de 2005, la parte peticionaria Ada E.

González, Virna L. Arvelo Ortiz y Algon-Enily Corporation, presentaron una Demanda de Incumplimiento de Contrato y Daños y Perjuicios contra Bayamón PR Comercial Properties

Development Company. En dicha demanda las partes peticionaria alegaron que en el mes de febrero de 2004 otorgaron un Contrato de Arrendamiento para operar un negocio de comida rápida conocida como “Subway” en el Centro Comercial de Bayamón, de nombre Bayamón Comercial Properties Development Company. Sostuvieron en la demanda que la peticionaria comenzó sus operaciones en el mes de mayo de 2004 y que la demandada les ocultó información sobre una construcción que se realizaría en el área de estacionamiento del Centro Comercial en el mes de agosto de 2004. Alegaron que aún cuando la demandada les representó que la construcción no les afectaría en su negocio, la misma les obstruyó el acceso y paso de los clientes al negocio de restaurante Subway, lo que les ocasionó pérdidas económicas y sufrimientos y angustias mentales. Oportunamente la parte demandada contestó la demanda y reconvino. Posteriormente se enmendó la demanda para incluir una reclamación por dolo contractual para inducirla a suscribir el Contrato de Arrendamiento, la cual fue contestada por la demandada.

El 7 de julio de 2008, la parte peticionaria presentó una Moción en Cumplimiento de Orden y Anunciando Perito. En ésta, anunció que su perito sería Carmen Vega Fournier, C.P.A. Posteriormente, el 27 de agosto de 2008, la peticionaria presentó Moción Solicitando Orden de Término a las partes para producir Prueba Pericial. En ésta informó que desde el mes de julio de 2008, anunció que su perito sería Carmen Vega Fournier y que la parte recurrida había contratado los servicios del C.P.A. Rosario Cabrera. Solicitó al T.P.I.

concediera un término de treinta (30) días a ambas partes para preparar y notificar los informes periciales a utilizarse en el caso. El 8 de septiembre de 2008, se celebró vista en la que la parte recurrida informó que su perito necesitaba varios documentos para poder auditar. El T.P.I. le ordenó a la parte peticionaria que sometiera el informe pericial en un término de treinta (30) días.1

El 30 de septiembre de 2008, la parte peticionaria radicó Moción Informativa sobre Informe Pericial en la que notificó al T.P.I.

haber notificado a la parte recurrida el Informe Pericial

preparado por la C.P.A. Carmen Vega Fournier. El 9 de octubre de 2008, la parte recurrida presentó Escrito Informativo en torno a Prueba Pericial, en la que rehusó entregar el informe pericial de su perito hasta que se le produjeran por la demandante unos documentos que le fueron requeridos a ésta mediante un segundo requerimiento de documentos y después que le hubiese tomado la deposición a la perito de la parte...

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