Sentencia de Tribunal Apelativo de 7 de Mayo de 2009, número de resolución KLAN20090509

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN20090509
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2009

LEXTA20090507-03 Ramos Vega v. AEE de P.R.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL ARECIBO

JESSICA RAMOS VEGA POR SI Y EN REP DE SU HIJA MENOR DE EDAD, HJEISMAN ZOE PEREZ RAMOS Y LA CORPORACION DEL FONDO DEL SEGURO DEL ESTADO APELANTE V. AUTORIDAD DE ENERGIA ELECTRICA DE PR, PUERTO RICO TELEPHONE CO. SEGUROS TRIPLE S INC. CENTRAL TELECONSTRUCTION INC. NATIONAL INSURANCE CO. INC. ZUTANO DE TAL, MENGANO DE TAL APELADO KLAN20090509 APELACIÓN PROCEDENTE DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE ARECIBO CASO NUM.: CDP2007-0007 CONSOLIDADO CON CDP2006-00326 SOBRE: DAÑOS Y PERJUICIOS

Panel integrado por su presidente el juez Aponte Hernández, el juez Escribano Medina, y el juez Cabán

García

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico a 7 de mayo de 2009.

Comparece Jessica Ramos Vega, por sí y en representación de su hija menor de edad Jeisman Zoe Pérez Ramos, para solicitar la revocación de una sentencia parcial emitida el 9 de marzo de 2009 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo (Hon. Manuel A. Oriola Pérez, J). En la referida sentencia, se declaró con lugar la moción de sentencia sumaria presentada por los codemandados-apelados amparados en que no existe una controversia sustancial de hechos. En consecuencia, el tribunal desestimó las reclamaciones presentadas contra los codemandados-apelados, Central Teleconstruction, Inc. y su compañía aseguradora National

Insurance Company. Las partes fueron notificadas el 18 de marzo de 2009 del archivo en autos de la copia de la notificación de la sentencia.

El 27 de marzo de 2009, la parte demandante-apelante

presentó una solicitud de reconsideración, la cual fue declarada no ha lugar, el 31 de marzo de 2009. Por los fundamentos que a continuación expondremos, se revoca la sentencia parcial apelada y se devuelve el caso al tribunal de origen para que se proceda conforme a lo aquí intimado.

I

El 21 de julio de 2005, el señor Elvis Omar Pérez Cruz sufrió un accidente ocupacional al hacer contacto con una línea de distribución de energía eléctrica mientras realizaba labores de mantenimiento de las líneas telefónicas en la carretera num. 616 del municipio de Manatí, Puerto Rico. Como consecuencia del referido accidente, el señor Pérez Cruz fue hospitalizado en el Hospital Industrial, donde, posteriormente, falleció. A la fecha del siniestro, el señor Pérez Cruz era empleado del señor Jorge L. Collazo Meléndez quien había sido contratado por la empresa Central Teleconstruction, Inc. (CT). Esta última, a su vez, había sido contratada por la Puerto Rico Telephone Co. (PRTC) para realizar dichas labores.

El 12 de enero de 2007, la señora Jessica Ramos Vega, compañera consensual del perjudicado, presentó una demanda sobre daños y perjuicios en su carácter personal y como representante de la hija de ambos, Jeismar Zoe Pérez Ramos. La demanda fue presentada contra la Autoridad de Energía Eléctrica, CT y la PRTC. La parte demandante alegó que el cable del tendido eléctrico estaba a la altura de las líneas telefónicas a una distancia menor de la requerida reglamentariamente, lo cual creaba una condición inherentemente peligrosa y previsible.

Así las cosas, luego de varios incidentes procesales ―entre

estos, las respectivas contestaciones a la demanda...

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