Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Mayo de 2009, número de resolución KLRA20081099

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA20081099
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución29 de Mayo de 2009

LEXTA20090529-25 Del Valle Feliciano v. Adm. de Servicios de Salud Mental

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL IV

KAREN DEL VALLE FELICIANO
APELANTE
V.
ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD MENTAL (ASSMCA)
APELADA
KLRA20081099
REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente de la Comisión Apelativa del Sistema de Administración de Recursos Humanos en el Servicio Público Caso Núm. 2006-06-1419

Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, el Juez Soler Aquino y la Juez Carlos Cabrera.

González Vargas, Troadio, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de mayo de 2009.

La señora Karen Del Valle Feliciano

nos solicita la revocación de la Resolución dictada por la Comisión Apelativa del Sistema de Administración de Recursos Humanos del Servicio Público (CASARH), el 14 de agosto de 2008, archivada en autos copia de su notificación al día siguiente. Mediante este dictamen, la CASARH archivó con perjuicio la reclamación de la señora Del Valle por aparente abandono de su causa de acción.

Examinadas las alegaciones de las partes, así como el derecho aplicable, resolvemos.

I.

Los hechos que preceden la controversia de autos se remontan a noviembre de 2004 cuando la señora Del Valle presentó por derecho propio una apelación ante la CASARH fundamentada en que su patrono, la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA), no la había nombrado como empleada de carrera, a pesar de que satisfacía los criterios establecidos por la Ley Núm. 172 del 30 de julio de 2004. La Agencia identificó el caso con el número 2004-11-0779. Posteriormente, en junio de 2006, la señora Del Valle presentó ante la CASARH un recurso independiente del anterior, aunque también por derecho propio. En esta ocasión alegó haber sido despedida de su puesto ilegalmente, luego de recibir una notificación de terminación de nombramiento transitorio. Ello, según su criterio, a pesar de que reunía todos los requisitos para ser una empleada de carrera y, por tanto, con derecho a que se le celebrara una vista previo a la cesantía. La CASARH identificó este recurso con el número 2006-06-1419.

En abril de 2006 la señora Del Valle contrató al Lcdo. Héctor

L. Claudio para que la representara en el caso 2004-11-0779. Esta contratación se caracterizó luego de que la CASARH ordenara a la señora Del Valle preparar el informe con antelación a la vista en su fondo de ese caso. No obstante, la señora Del Valle no advirtió a su representante legal sobre los procedimientos que se llevaban paralelamente en el caso 2006-06-1419, para el cual éste no había sido contratado. Sin embargo, la...

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