Sentencia de Tribunal Apelativo de 8 de Junio de 2009, número de resolución KLAN2008002002

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN2008002002
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución 8 de Junio de 2009

LEXTA20090608-02 Zeif Oliveras v. American Airline, Inc.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE SAN JUAN –CAROLINA Y UTUADO

PANEL V

David Zeif Oliveras y otros,
Demandantes-Apelantes
v. American Airlines, Inc., Compañías A, B y C
Demandados-Apelados
KLAN2008002002 APELACIÓN Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina Sobre: Pago de Horas Extras; al amparo Ley Núm. 2 de 17 octubre de 1961. Caso Núm.: FPE06-0545 (404)

Panel integrado por su presidente, Juez Arbona Lago, el Juez Salas Soler y la Jueza Cotto

Vives.

Arbona Lago, J.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 8 de junio de 2009.

Antecedentes

El Sr. David Zeif Oliveras, junto a otros 614 empleados y ex-empleados de American

Airlines, (apelantes), solicitan que revoquemos la Sentencia del 3 de noviembre de 2008, dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina (el TPI), que declaró Ha Lugar, la “Moción de Desestimación” que presentó la apelada, American Airlines (AA), por el alegado incumplimiento del pago correcto de horas extras.

Hechos

La acción judicial comenzó el 5 de junio de 2006, cuando los apelantes instaron una demanda ante el TPI contra AA, alegando que en o para el 5 de junio del 2003, AA “…comenzó a pagar el tiempo extra trabajado por los apelantes de epígrafe a razón de tiempo y medio la hora trabajada.” Cuando “antes de esa fecha AA “…pagaba el tiempo extra trabajado a razón de doble tiempo por hora trabajada.”

El 2 de octubre de 2006 el TPI ordenó la paralización de los procedimientos y el archivo del caso, debido a la presentación de una moción para lograr el traslado del caso (“Removal”) al Tribunal de Distrito Federal de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico (TDF), por parte de AA. El TPI reservó la jurisdicción hasta que el TDF declinara su jurisdicción y/o devolviera (“remanded”) el mismo.

El 19 de marzo del 2007 el TDF declinó jurisdicción y ordenó el retorno del caso a la corte local al resolver que lo esencial en este caso consiste en determinar si el Decreto Mandatorio Núm. 38 de la Junta de Salario Mínimo de Puerto Rico (JSM) o el Convenio Colectivo entre la AA y la Transport

Workers Unión of America (TWV) gobierna el litigio de pago de horas extras en este caso, sin necesidad de interpretar el Convenio Colectivo, asunto que puede atenderse ante el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico por no ser de la exclusiva jurisdicción del TDF. El 9 de noviembre de 2007 los apelantes solicitaron la reapertura del caso ante TPI.

El 12 de diciembre de 2007 AA radicó ante el TPI una Moción de Desestimación o en la alternativa, de Sentencia Sumaria. Adujo que aun tomando como ciertas todas las alegaciones de la demanda, deja de exponer una reclamación que justifique la concesión de un remedio a favor del apelante. Alternativamente aduce que no existe hechos en controversia, por lo que sólo resta aplicar la norma de derecho vigente.

Así las cosas, el 3 de noviembre el TPI dictó sentencia acogiendo la Moción de Desestimación del caso presentada por AA.

Inconforme, el 15 de diciembre de 2008 los apelantes presentaron la apelación del epígrafe e...

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