Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Junio de 2009, número de resolución KLRA0801033

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA0801033
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución29 de Junio de 2009

LEXTA20090629-04 Rodríguez Esparra v. Bonilla

Salgado

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL CAGUAS

PANEL XI

GUDELIA RODRÍGUEZ ESPARRA
Querellante-Recurrida
v.
LINO BONILLA SALGADO H/N/C BONILLAS DRAWING SERVICE; JORGE LUIS CANCEL TORRES Querellados- Recurrente
__________________________________
GUDELIA RODRÍGUEZ ESPARRA
Querellante
v.
JORGE LUIS CANCEL TORRES JESUS B. RODRIGUEZ QUIÑONES
Querellados
KLRA0801033
Revisión Administrativa procedente del Departamento de Asuntos del Consumidor Querella Número : 400003266 Sobre: Incumplimiento de Contrato Revisión Administrativa procedente del Departamento de Asuntos del Consumidor Querella Número: 400004034 Sobre: Defectos de Construcción

Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Martínez, el Juez Colón Birriel y la Juez Jiménez Velázquez

Jiménez Velázquez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de junio de 2009.

El Ing. Jesús B. Rodríguez Quiñones (Ing. Rodríguez Quiñones) presenta un Recurso de Revisión en el que nos solicita la revocación de la Resolución emitida el 20 de junio de 2008, archivada en autos el día 23 de ese mes y año por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo). Mediante la referida Resolución, DACo le ordena al señor Lino Bonilla Salgado (Bonilla Salgado) y al Ing. Rodríguez Quiñones pagar a la señora Gudelia Rodríguez Esparra

(Rodríguez Esparra) la cantidad de $1,900 por la corrección de unos defectos en el diseño de la propiedad de la señora Rodríguez Esparra.

Transcurrido el término para que las partes recurridas comparecieran1 y con el beneficio de la transcripción de los procedimientos administrativos, este Tribunal revoca la Resolución de DACo con relación a la responsabilidad del Ing. Rodríguez Quiñones. El resto de la Resolución emitida por DACo

permanece inalterada.

I.

Los hechos y el trasfondo del recurso ante nuestra consideración son sencillos. Veamos.

La señora Rodríguez Esparra para septiembre de 2001 contrata al señor Bonilla Salgado

h/n/c Bonilla’s Drawing Service para la preparación de unos planos y la tramitación de todo lo relacionado al proceso de construcción de una vivienda en Aibonito. La señora Rodríguez Esparra

pagaría la suma de $2,504 por los servicios contratados. Del contrato suscrito entre las partes no se desprende quién habría de ser el ingeniero que firmaría los planos, ni cuáles serían los documentos necesarios para la tramitación de los permisos requeridos para la construcción y uso de la propiedad de la señora Rodríguez Esparra.2

La señora Rodríguez Esparra le entrega al señor Bonilla Salgado un plano de una residencia que poseía en los Estados Unidos para que le sirviera de base para la confección de los planos de construcción de la residencia a realizarse en Aibonito. Sin embargo, la señora Rodríguez Esparra le solicita al señor Bonilla Salgado que no incluya en los planos un estudio o “den” contenido en el plano que ésta le entregara. La señora Rodríguez Esparra le entrega al señor Bonilla Salgado la suma de $2,504 por la preparación de los planos de la residencia en Aibonito. En dichos planos alegadamente

aparece la firma del Ing. Rodríguez Quiñones. Así las cosas, la señora Rodríguez Esparra contrata al señor Jorge Luis Cancel Torres (Cancel Torres) para la construcción de la residencia en Aibonito a un costo total de $82,000.

Durante el proceso de construcción de la vivienda se detectan varios errores en los planos suministrados por el señor Bonilla

Salgado consistentes en que en dicho plano, contrario a lo expresamente instruido por la señora Rodríguez Esparra, se incluye un estudio o “den”. La señora Rodríguez Esparra

sostiene que los errores cometidos resultaron en un gasto adicional de $1,900, y además, alega que la construcción final refleja varios defectos de construcción que no han sido corregidos.

A estos efectos, la señora Rodríguez Esparra

presenta el 27 de febrero de 2003 ante DACo la querella número 400003266 contra el señor Bonilla Salgado por incumplimiento de contrato. Específicamente, la señora Rodríguez Esparra reclama que el plano realizado no fue conforme a lo solicitado, y además, que los desagües fueron incorrectamente diseñados. Posteriormente, la señora Rodríguez Esparra enmienda el 18 de septiembre de 2003 la querella presentada para incluir al señor Cancel Torres, como contratista de la obra en cuestión.

Luego, la señora Esparra Rodríguez presenta una segunda querella ante DACo bajo el número 400004034 contra el señor Cancel Torres por defectos en la construcción de la residencia ubicada en Aibonito. Más tarde, el 13 de mayo de 2004 la señora Rodríguez Esparra enmienda la segunda querella presentada para incluir al Ing.

Rodríguez Quiñones alegando que éste funge como inspector de la obra y es el ingeniero que prepara los planos de la misma.

Como parte de los procedimientos ante DACO, se realiza una inspección de la residencia por el señor Wilson Torres Claudio, Técnico del DACo. Del informe de Inspección, el señor Torres Claudio estima que corregir el problema de desagüe que presenta la propiedad tiene un costo total aproximado de $660, y además, determina en $1,749 la corrección de los defectos en la construcción de la propiedad. Por su parte, la señora Rodríguez Esparra objeta el Informe de Inspección y reitera que el error en los diseños del plano repercute en un gasto adicional de $1,900.

En lo pertinente a la controversia ante nos, DACo

celebra varias vistas para atender las querellas presentadas por la señora Rodríguez Esparra. Durante esos procedimientos, la señora Rodríguez Esparra informa que hubo una transacción parcial con el señor Cancel Torres, por lo que los procedimientos ante DACo continuaron únicamente en cuanto al señor Bonilla Salgado y al Ing. Rodríguez Quiñones.

Por su parte, el Ing. Rodríguez Quiñones presenta como defensa que no es su firma la que aparece en los documentos sometidos para la construcción de la propiedad.3

A estos efectos, informa al DACo que contra el señor Bonilla Salgado

existían procedimientos paralelos en la esfera criminal relacionados con el caso de epígrafe. Así las cosas, el Ing. Rodríguez Quiñones solicita mediante “Moción Solicitando Citación de Testigos y Otros Extremos “ la citación de varios testigos como parte de su prueba testifical para demostrar que la firma estampada en los documentos relacionados con las querellas presentadas no era la suya. Entre las personas citadas se encuentran, la Agte. Betsy Cartagena del CIC de Cayey, a la Agte. Ruth Vázquez del CIC de Guayama, y el señor Héctor

Javier Figueroa Ramos, Examinador de Documentos Forense I del...

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