Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Julio de 2009, número de resolución KLCE200900851

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE200900851
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución17 de Julio de 2009

LEXTA20090717-09 Caguas Copy Equipment, Inc. v. Pérez Benabe

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE FAJARDO

PANEL VII

CAGUAS COPY EQUIPMENT, INC. Recurrido
v.
RAÚL PÉREZ BENABE, H/N/C SERVICENTRO CARIBE; SERCAR,INC., H/N/C VIDEO CLUB CARIBE Peticionarios
KLCE200900851
CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Fajardo Caso Núm.: NSCI200700460 Sobre: Cobro de Dinero

Panel integrado por su presidente, el Juez López Feliciano, el Juez Hernández

Serrano y el Juez Rosario Villanueva

Rosario Villanueva, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 17 de julio de 2009.

Comparece ante nos Sercar, Inc. (Sercar) mediante recurso de certiorari

y nos solicita que revoquemos la Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Fajardo (T.P.I.) el 18 de marzo de 2009 y notificada el 24 de abril de ese mismo año. Mediante la misma el T.P.I. descalificó al Lcdo. Raúl Pérez Benabe

(Lcdo. Pérez Benabe) como abogado de Sercar.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, denegamos la expedición del auto solicitado.

I.

Conforme surge del expediente ante nos, el 1 de marzo de 2007 Caguas

Copy Equipment, Inc. (Caguas Copy) presentó demanda contra el Lcdo. Pérez Benabe quien hacía negocios como Servicentro Caribe y Sercar. Alegó en su demanda que le vendió al Lcdo.

Pérez Benabe una fotocopiadora

y que posteriormente éste le solicitó servicios de reparación del equipo. Además, alegó que reparó el equipo en sus facilidades y el Lcdo. Pérez Benabe no lo ha recogido, exigiendo que se le devuelva lo que había pagado por éste. Solicitó en su demanda una suma de dinero por concepto de los gastos de almacenaje del equipo. También, solicitó que se decretara el incumplimiento contractual y que el T.P.I. determinara si la parte que contrató con Caguas Copy

fue el Lcdo. Pérez Benabe o Sercar.

Oportunamente, ambos demandados fueron emplazados. El 23 de marzo de 2007 el Lcdo. Pérez Benabe compareció por derecho propio. Mientras, Sercar compareció representada por la Lcda. Carmen J. Ortiz Ramos.

Luego de varios incidentes procesales, el 21 de enero de 2009 se celebró una Conferencia con Antelación a Juicio. Entre otras cosas, Caguas Copy informó que había comenzado a tomarle una deposición al Lcdo. Pérez Benabe.

Ese mismo día, el 21 de enero de 2009 el Lcdo. Pérez Benabe

presentó una Moción Informativa en la que expresaba que Caguas

Copy le había informado que desistiría de la acción en su contra y, por ende, que se unía a la representación legal de Sercar.

Así las cosas, el 19 de febrero de 2009 Caguas Copy solicitó el desistimiento de la demanda en cuanto al Lcdo. Pérez Benabe. Simultáneamente, ese mismo día Caguas Copy presentó una Moción Solicitando Descalificación y/u Oposición a Representación Legal en la que se opuso a que el Lcdo. Pérez Benabe se uniera a la representación legal de Sercar. Fundamentó su oposición en que:

El compañero Raúl Pérez Benabe en su capacidad de principal oficial ejecutivo de Sercar, fue la única persona que llevó a cabo las negociaciones que desembocaron en un contrato de compraventa entre Caguas Copy, Inc.

y Sercar, Inc. También resulta ser la...

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