Sentencia de Tribunal Apelativo de 12 de Agosto de 2009, número de resolución KLAN200700623

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN200700623
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución12 de Agosto de 2009

LEXTA20090812-02 Dove Realty and Investment, S.E. v. G.I.S. of P.R., Inc.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMON

PANEL VI

DOVE REALTY AND INVESTMENT, S.E. Demandante-Apelado v. G.I.S. OF PUERTO RICO, INC. Demandada-Apelante AQUA LIFE INC. WALTER MULLER MALDONADO PUERTO RICO CASH FUNDING Demandados KLAN200700623 KLAN200700624 APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Bayamón CASO NÚM. DKCD 03-051 (1004)

Panel integrado por su presidente, el juez Rivera Román, la juez Coll Martí y el juez Vizcarrondo

Irizarry

Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 12 de agosto de 2009.

El Recurso de Apelación KLAN 2007-0623, fue presentado por la co-demandada

Geographic Information Systems, Inc. (en adelante GIS). En dicho recurso se solicita la revisión de la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón mediante la cual declaró ha lugar la demanda presentada contra los co-demandados GIS, Aqua Life Inc. (en adelante Aqua Life) y Puerto Rico Cash Funding Inc. (en adelante PRCF) y desestimó la demanda respecto al co-demandado Walter Muller. Además, declaró ha lugar la demanda de co-parte presentada por Aqua Life contra GIS y PRCF. Por último, el foro de instancia le impuso temeridad a GIS y PRCF ordenando el pago de $15,000.00 en concepto de honorarios de abogados.

El recurso de Apelación KLAN 2007-0624 fue presentado por la co-demandada

PRCF solicitando la revisión de la misma sentencia del recurso precedente.

Mediante Resolución emitida el 7 de junio de 2007, notificada el 13 de junio de 2007 y basándonos en la Regla 80.1 de nuestro Reglamento (4 L.P.R.A. Ap. XXII-B R.80.1) procedimos a consolidar ambos recursos.

Con el beneficio de la comparecencia de las partes, y después de un cuidadoso estudio de los planteamientos presentados, confirmamos la determinación del Tribunal de Primera Instancia. Exponemos.

I.

Dove Realty and

Investment, S.E. (en adelante Dove), presentó una acción en cobro de dinero contra GIS, Walter Muller y Aqua Life el 21 de enero de 2003.

Posteriormente, Dove enmendó la demanda para incluir como co-demandado a PRCF y alegó que ésta era también responsable por la cuantía reclamada en la demanda por cuanto GIS

fungió como un alter ego de PRCF.

Todos los co-demandados contestaron la demanda y presentaron sus respectivas defensas. GIS negó deber suma alguna a Dove ya que no existía relación contractual entre ambas. PRCF alegó, en su contestación, ser un ente corporativo distinto a GIS y negó deber suma alguna a Dove. Por su parte, el señor Muller negó deberle dinero a Dove, toda vez que la deuda le pertenecía a la corporación Aqua

Life y no a él en su carácter personal. Aqua Life aceptó la deuda reclamada y presentó una demanda de co-parte contra GIS y PRCF en la cual alegó que éstas se habían obligado ante ella a pagar la misma.

En la vista en su fondo, Dove presentó como testigos al señor Richard D’Costa, presidente de la corporación demandante, los co-demandados

Walter Muller y la señora Liceliz Negrón, esta última es la actual presidenta de GIS. Por su parte, Aqua Life y el señor Muller descansaron en el testimonio de éste último. Las co-demandadas GIS y PRCF presentaron el testimonio de sus respectivos y actuales presidentes, la señora Negrón y el Lcdo. Jorge Cátala.

Luego de aquilatar la prueba testifical y considerar los documentos admitidos en evidencia, el Tribunal de Primera Instancia emitió sentencia el 4 de abril de 2007. Procederemos a explicar los hechos que dieron pie a la reclamación presentada. Haremos el recuento de los mismos según fue establecido en las determinaciones de hecho y conclusiones de derecho del Tribunal de Primera Instancia.

Aqua Life es una compañía incorporada dedicada a procesar, envasar y distribuir agua potable. El 23 de julio de 1999 ésta y PRCF suscribieron un contrato de cesión de facturas, mediante el cual Aqua Life

le cedió a PRCF el derecho a cobrar a los deudores el importe de las facturas de ésta.

Luego de esto, el señor Muller, presidente y único accionista de Aqua Life, le solicitó al señor D’Costa que lo ayudara a levantar el capital operacional de su corporación. El señor D’Costa

en carácter de presidente de Dove, solicitó y le fue concedido por el Banco Santander un préstamo por la suma de $100,000.00 el 25 de enero de 2000. Con ese dinero se abrió un Certificado de Ahorros para garantizar una línea de crédito a nombre de Aqua Life. El dinero de la línea de crédito fue utilizado por Aqua Life como capital de trabajo de su negocio. Sobre este particular, el señor Muller

declaró que el dinero fue utilizado para gastos operacionales, capital de trabajo y nómina de Aqua Life.

Véase, Transcripción Juicio, 30 de enero de 2007, Testimonio, Sr. Muller, pág. 18.

Ya para febrero del 2000, Aqua Life

había utilizado toda la línea de crédito pero no había pagado el principal ni los intereses que se habían acumulado. Para agosto de 2001, por acuerdo entre Aqua Life, Dove

y el Banco Santander, la línea de crédito se convirtió en un préstamo. Aqua Life se comprometió a pagar el principal más intereses.1 Sin embargo, Aqua Life no cumplió con los pagos. En consecuencia, Dove, como garantizador de la deuda, se vio obligado a pagarla. Véase, Transcripción Juicio, supra, Testimonio Sr. D’Costa, pág. 12.

Así las cosas, Aqua Life y PRCF firmaron el 7 de mayo de 2002 un “Acuerdo de Administración de Negocio en Marcha” (en adelante Acuerdo de Administración). Mediante este acuerdo, se estableció que PRCF se encargaría de administrar las operaciones de Aqua Life por el término de un año. El Tribunal de Primera Instancia entendió que dicha negociación se dio como resultado de que el señor Muller le había sometido a PRCF unas facturas no respaldadas con ventas reales, por lo que Aqua Life generó una deuda a favor de PRCF por la suma de $645,798.72.

Días después, en específico el 13 de mayo de 2002, hubo una reunión en las oficinas de PRCF en la cual estuvieron presentes el señor Muller, el Lcdo. Cátala, quien era en ese momento el presidente de PRCF, y la señora Negrón. La señora Negrón, aunque estuvo presente durante las negociaciones, no intervino en las mismas. Quien se encargó de hacer las negociaciones fue el Lcdo. Cátala. Véase, Transcripción Juicio, supra, Testimonio, Sr. Muller, Sra. Negrón, págs. 24, 35, 75.

Durante la reunión el Lcdo. Cátala le advirtió al señor Muller

que de no acceder a la venta de los activos de Aqua Life, lo acusaría, a él, a su esposa y a su suegra, de varios delitos por haber sometido facturas no respaldadas por ventas reales.

Véase, Transcripción Juicio, supra, Testimonio Lcdo.

Cátala, págs. 182-183.

El día de la reunión, Aqua Life, representada por el señor Muller, y GIS, representada por Astrid Guzmán

Nieto, suscribieron un contrato titulado “Acuerdo de Compra de Equipos para Embotellamiento de Productos” (en adelante Acuerdo de Compra) y, a requerimiento del señor Muller, un documento titulado “Relevo de Responsabilidad” (en adelante Relevo).2

La señora Guzmán no se encontraba durante las negociaciones, de hecho según la prueba presentada ésta se encontraba en la oficina aledaña y sólo se presentó para firmar los documentos antes mencionados. Véase, Transcripción Juicio, supra, Testimonio Sr. Muller págs.

24, 35.

El precio de venta de los activos de Aqua Life se estipuló en $745,798.72 de los cuales GIS retendría $645,798.72, cantidad que respondería a la deuda que Aqua

Life tenía con PRCF. Por lo tanto, al señor Muller se le pagaría $100,000.00 por la compra.3

En el Acuerdo de Compra no se retuvo otra cantidad para pagar alguna otra deuda que tuviera Aqua Life.

Sin embargo, en el Relevo se pactó que GIS se comprometía a pagar las deudas que tuviera Aqua Life. El mismo establecía en lo pertinente:

…las partes han otorgado…un acuerdo de venta da [sic]

activos y AQUALIFE ha solicitado un relevo corporativo de las referidas obligaciones y deudas de la corporación.

… GIS

releva a AQUALIFE de las deudas existentes y hará todo lo necesario para pagar las mismas mediante planes de pago y/o liquidaciones por un porciento

del principal de la deuda.

En el momento en que se firmaron los contratos los accionistas de PRCF eran el Lcdo. Jorge Cátala, Liceliz Negrón

y Astrid Guzmán, con un tercio de las acciones cada uno. Por su parte, GIS fue una corporación creada en el 1996 ó 1997 con propósitos de información y su único accionista lo era el Lcdo. Cátala.4 El día de la reunión, una vez los accionistas de PRCF deciden que la manera de asegurar el dinero que le deben es comprándole los activos a Aqua

Life, el Lcdo. Cátala sugirió utilizar a GIS como la entidad corporativa que adquiriría dichos activos. Véase, Transcripción Juicio, supra, Testimonio Sra. Negrón

y Lcdo. Cátala, págs. 89-145.

De los testimonios presentados, quedó establecido que las acciones de GIS se dividieron entre las siguientes personas: Liceliz Negrón, Astrid Guzmán y una corporación conocida como Inmobiliaria Carrazo, Inc., cada uno con una tercera (1/3) parte de las acciones. Es importante señalar que, en el momento de los hechos el único accionista de Inmobiliaria Carrazo

era el Lcdo. Cátala. Según el Tribunal de Primera Instancia, el propósito perseguido en las negociaciones por el Lcdo. Cátala fue asegurar que PRCF pudiera cobrar la deuda de Aqua Life.5

Véase, Transcripción Juicio, supra, Testimonios Sra. Negrón, Lcdo. Cátala, págs. 77, 120.

El Lcdo. Cátala declaró que el propósito de establecer en el Acuerdo de Compra que se estaban adquiriendo los equipos y no las acciones de la empresa fue para evitar que PRCF pudiera ser catalogada como una continuación del negocio corporativo, con idéntica personalidad jurídica y, de esta manera se evitaran las demandas por las deudas de Aqua Life y no mantener ninguna obligación con los empleados de ésta. Véase, Transcripción Juicio, supra, Testimonio...

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