Sentencia de Tribunal Apelativo de 12 de Agosto de 2009, número de resolución KLAN200700392

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN200700392
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución12 de Agosto de 2009

LEXTA20090812-10 Pueblo de P.R. v. Misla Vélez

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE AGUADILLA

PANEL ESPECIAL

El PUEBLO DE PUERTO RICO
Apelado
v.
LUIS A. MISLA VÉLEZ
Apelante
KLAN200700392
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla Caso Núm. A IS2006G027 (502)

Panel integrado por su presidente el Juez Ramírez Nazario y los Jueces Piñero

González y Morales Rodríguez.

Piñero González, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 12 de agosto de 2009.

Comparece el señor Luis A. Misla Vélez

(señor Misla Vélez o el apelante), y nos solicita que revoquemos la sentencia emitida el 13 de febrero de 2007 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla

(TPI). Por medio de dicha sentencia el TPI encontró culpable al apelante de dos cargos por delitos de agresión sexual. Por cada uno de los cargos se le impusieron sentencias de veinte años de prisión a ser cumplidos de forma concurrente.

Considerado los escritos de las partes y sus anejos, a la luz del derecho aplicable, resolvemos confirmar la sentencia apelada.

I.

-A-

El 23 de agosto de 2006 el Ministerio Público presentó acusaciones contra el señor Misla Vélez por dos infracciones al artículo 142 del Código Penal de Puerto Rico. 33 L.P.R.A.

sec. 4770. Al señor Misla Vélez

se le imputó haber cometido delitos de agresión sexual contra su hija menor de edad. El TPI celebró juicio en su fondo por Tribunal de Derecho1 los días, 17 de octubre, 2 y 9 de noviembre de 2006.

Examinamos detenidamente la transcripción de la prueba testifical

que se desfiló ante el TPI2. Del testimonio de los testigos presentados ante dicho foro se desprenden los hechos que dieron lugar a las acusaciones contra el señor Misla

Vélez. Brevemente haremos referencia a aquellas partes de los testimonios pertinentes para examinar si la prueba presentada fue suficiente para establecer más allá de duda razonable que se cumplieron los elementos de los delitos por los cuales se acusó y se encontró culpable al señor Misla Vélez.

La primera testigo en declarar en el juicio lo fue la señorita Mildred

Acevedo Pérez (señorita Acevedo Pérez o la maestra) quien era maestra de salud de la menor durante el año escolar anterior a la fecha del juicio. De su declaración surge que para la fecha del 27 de abril de 2006 ésta se encontraba en su salón de clases con aproximadamente ocho estudiantes de cuarto grado de escuela elemental, entre los que se encontraba la menor D.M.R. La señorita Acevedo Pérez declaró que ese día un grupo de las niñas que se encontraban en ese salón le entregaron un papel cuyo contenido se refería a algo que D.M.R. les había dicho mientras conversaban entre ellas.3 Luego de leer el documento que las niñas le entregaron, la maestra procedió a dialogar a solas con la menor D.M.R., la cual temblorosa, llorosa y con voz entrecortada le contó a su maestra que su padre le quitaba la ropa y la manoseaba y que la última vez que lo había hecho había sido el día anterior.4 La maestra narró que ese día tras el señalado incidente procedió a acompañar a D.M.R. a la oficina de la trabajadora social escolar, señora Brunilda Quiñones, a quien refirió el caso.5

La maestra señaló que estuvo presente en la entrevista que la trabajadora social escolar hiciera a la menor e indicó que la niña se encontraba nerviosa, estaba llorando y expresó que tenía náuseas. Según la maestra, la menor le indicó a la trabajadora social escolar que el día anterior había acompañado a su papá a una base militar (Base Ramey) y que allí

éste la agredió sexualmente. La maestra relató que la niña le explicó a ella y a la trabajadora social escolar que en la Base Ramey

su papá le ordenó moverse al asiento del frente del vehículo donde se encontraban, que él se bajó el “zipper” del pantalón y que una vez ella se movió, éste le pidió a la niña que le “chupara” a lo cual ella se negó.6 La testigo, además, indicó que la niña también comentó a la trabajadora social que había ocurrido un incidente anterior a ese, específicamente en el verano del año 2005.7 Según la maestra, la niña expresó que en esa ocasión el papá le había quitado la ropa y que había manoseado sus genitales.

La segunda testigo presentada por el Ministerio Público lo fue la señora Brunilda Quiñones (señora Quiñones), trabajadora social de la escuela Manuel Corchado Juarbe del Municipio de Isabela. Esta testigo indicó que el 27 de abril de 2006 entrevistó a la menor D.M.R. en presencia de su maestra y que ésta le habló sobre el incidente ocurrido el día anterior en la Base Ramey. Según la testigo, la menor le explicó que ese día su papá le había pedido que le “chupara” su pene y que había ocurrido otro hecho relacionado en verano de 2005 en el que su papá le había quitado la ropa y le había introducido su “órgano” “por la parte de atrás”.8 Señaló la testigo que al momento de la niña narrarle lo sucedido, la misma se encontraba llorando y le decía que tenía náuseas.9

La señora Quiñones explicó que refirió ese día el caso al Programa de Emergencias Sociales del Departamento de la Familia y junto con la maestra Mildred Acevedo acompañó a la menor al cuartel de la policía de Isabela. Indicó que una vez en el cuartel la Agente Brenda Colón junto con la trabajadora social Carmen Siberón entrevistaron a la menor.10

La tercera testigo presentada por el Ministerio Público lo fue la menor D.M.R. En su testimonio la menor indicó que cuando su maestra dialogó con ella sobre la información que contenía el documento que entregaron las otras estudiantes, ésta le preguntó si lo que la niña había contado fue un sueño o realidad y que ella contestó que “lo que le pasó” había sido un sueño.11 Cuando el fiscal indagó sobre qué fue lo que le pasó, la menor comenzó a narrar el incidente ocurrido en el verano de 2005. La menor narró que en ese incidente su papá se quitó la ropa y le quitó la ropa a ella y le lamió sus genitales.12 La niña sostuvo que luego de lamerle sus genitales, su padre la viró boca abajo y le introdujo su pene por el ano al cual la menor describió como “la parte de atrás, donde ensucio”.13

Ese dato fue reiterado por la menor tanto en el contrainterrogatorio

como en el interrogatorio redirecto del Ministerio Público.14 La menor indicó que cuando su padre le hizo eso sintió dolor.15

Según la testigo, en esa ocasión se encontraban solos en su casa con su hermana menor porque su mamá estaba estudiando.16

La menor indicó que cuando su papá escuchó que su hermana tocó la puerta de la habitación donde se encontraban, entonces él se vistió y le lanzó a ella su ropa para que se vistiera.17 D.M.R. indicó que entonces su papá procedió a preparar el desayuno y ella se sentó a ver televisión.

La testigo mencionó que contó lo ocurrido a sus amigas, a la maestra y a su mamá. Ésta no recordó qué le dijo su mamá, ni lo que ésta hizo después que ella le relató lo ocurrido, ni cuántos días pasaron antes de decírselo a su mamá, pero sí declaró que su papá le dijo que le iba a pegar si comentaba lo ocurrido.18

A preguntas del Ministerio Público la testigo respondió que en el segundo incidente, en abril de 2006, su papá la buscó en la escuela y fueron a la Base Ramey a comprar cervezas y vinos.19 Ésta señaló que después que su padre hizo las compras, salieron del lugar y él se estacionó en el aeropuerto de la Base Ramey, la ordenó a bajarse del vehículo y a sentarse en el asiento del frente del automóvil.20 La menor relató que entonces su padre se bajó el “zipper”

del pantalón, sacó su pene y le ordenó a chuparlo a lo cual la menor se negó. La niña explicó que su padre le abrió a ella su boca, la agarró por el cuello y la llevó hacia el pene.21 La testigo indicó que ese último incidente ocurrió el día antes de contarlo a su maestra y que también contó el incidente a sus amigas, a las trabajadoras sociales y a las policías.22 A preguntas del Ministerio Público la niña sostuvo que cuando le dijo a su papá que no, éste no le hizo caso y que “me lo hizo”.23 La testigo, además señaló que le narró a la Agente Brenda

Colón y a la trabajadora social, señora Carmen Siberón

lo sucedido el mismo día que lo informó en la escuela.24 La menor indicó que después de que esas personas la entrevistaran la llevaron al Hospital de Aguadilla donde la examinaron y le contó a un médico lo que le sucedió.25

El juez del TPI realizó preguntas a la menor. Entre las preguntas hechas por el juez estuvo el por qué D.M.R. había comentado a su maestra que lo relatado había sido un sueño. A la referida pregunta la menor respondió que había sido su prima quien le había ordenado dar esa versión antes de ir a la escuela.26 De igual manera, la menor le explicó al Juez que un tío le había ordenado escribir una carta cuyo contenido expresaba que su versión sobre los hechos había sido un sueño.

La cuarta testigo presentada por el Ministerio Público fue la doctora Milka Hernández Avilés (doctora Hernández Avilés o la pediatra), quien es pediatra y laboraba para el año 2006 en la

sala de emergencias pediátrica del Hospital El Buen Samaritano. La doctora Hernández Avilés declaró que el 27 de abril de 2006 atendió a la menor D.M.R. la cual fue llevada al hospital por una queja de agresión sexual.27

La pediatra declaró también que cuando entrevistó a la menor, ésta le indicó que su papá la había tocado durante el verano del año anterior (2005) y le relató lo que pasó en esa ocasión.28

La versión que explicó la pediatra sobre dicho suceso coincide con la brindada por la menor y por los testigos anteriores. La pediatra señaló que al indagar con la menor sobre si había ocurrido algo más, ésta le relató la misma versión sobre los hechos ocurridos en abril de 2006 en la cual se alegó que el señor Misla Vélez

obligó a la menor a practicarle sexo oral.

La doctora Hernández Avilés indicó que le realizó un examen físico completo a la menor y que después llamó a un ginecólogo para que la examinara. El...

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