Sentencia de Tribunal Apelativo de 11 de Septiembre de 2009, número de resolución KLAN200900899

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN200900899
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2009

LEXTA20090911-08 Feliciano Cordero v. Terminal Acquisition

Comp., Inc.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE PONCE

PANEL VII

JOSÉ A. FELICIANO CORDERO, su esposa JANISSE RIVERA VÉLEZ, y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos Apelantes
v.
TERMINAL ACQUISITION COMPANY, INC.; PRO CARIBE INC.; RAMÓN GONZÁLEZ por sí y en representación de la Sociedad Legal de Gananciales compuesta con Fulana de Tal Apelados
KLAN200900899
APELACIÓN Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce Caso Núm.: J PE2006-0177 Sobre: Despido Injustificado; Discrimen Laboral; Pagos Horas Extras; Violación Derechos Civiles; Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidente, el Juez López Feliciano, el Juez Hernández

Serrano y el Juez Rosario Villanueva

Rosario Villanueva, Juez Ponente

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 11 de septiembre de 2009.

Comparece ante nos, José A. Feliciano Cordero mediante escrito de apelación y nos solicita que revoquemos la Sentencia Parcial emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce (T.P.I.) el 19 de mayo de 2009. Mediante la referida Sentencia Parcial el T.P.I. desestimó la reclamación de salarios por el periodo de tomar alimentos correspondientes a las fechas anteriores al 23 de marzo de 2006. Por ser el recurso apropiado para ello acogemos el escrito presentado como un certiorari.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, expedimos el auto solicitado y confirmamos la determinación del T.P.I.

I.

Según surge de autos, el 2 de marzo de 2006 el señor José A. Feliciano Cordero (peticionario) presentó ante el T.P.I.

una querella por despido injustificado, discrimen

laboral, periodo de tomar alimentos, violación de derechos civiles y daños y perjuicios en contra de Terminal Acquisition Company, Inc. (recurrida).

Así las cosas, la recurrida contestó la querella. Posteriormente, la recurrida presentó una Moción Solicitando Sentencia Sumaria.

Examinada la solicitud de sentencia sumaria, el T.P.I. emitió una Sentencia Parcial el 19 de julio de 2007. Mediante la misma desestimó la reclamación sobre despido injustificado, discrimen

laboral, violación de derechos civiles y daños y perjuicios, restado sólo por adjudicar lo referente al pago de horas extras trabajadas durante el periodo de ingerir alimentos desde que el peticionario comenzó sus labores para la recurrida. En esencia el peticionario reclamó salarios no compensados por los periodos de tomar alimentos desde el 22 de diciembre de 1996 al 23 de marzo de 2005, fecha de su último día de trabajo.

Durante la conferencia con antelación a juicio celebrada el 4 de junio de 2008, la recurrida argumentó la improcedencia del reclamo según expuesto ya que las leyes vigentes limitan el reclamo de salarios a tres años previos a la terminación del empleo. En tal caso la reclamación abarcaría cuando más hasta el 23 de marzo de 2002, tres años previos a su último día de trabajo. Alegaron además que de la evidencia provista por el peticionario se evidenció solamente el reclamo por concepto de periodo de toma de alimentos, el cual se limita durante el término provisto por ley local y/o término en que el querellante fue empleado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR