Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Septiembre de 2009, número de resolución KLAN200701050

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN200701050
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2009

LEXTA20090928-13 Pueblo de P.R. v. Nazario Báez

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE SAN JUAN Y HUMACAO

PANEL V

El Pueblo de Puerto Rico
Apelado
vs.
Ramiro Nazario Báez
Apelante
El Pueblo de Puerto Rico
Apelado
vs.
Mariano De Jesús Ortiz
Apelante
KLAN200701050
KLAN200701119
APELACIÓN Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao Sobre: Arts. 83 y 262 C.P., Arts. 5.04 (3cs) y 5.07 Ley de Armas Caso Crim Núm.: HSCR200601236-1241 HSCR200601224-1229

Panel integrado por su presidente, el Juez Arbona Lago, el Juez Salas Soler y el Juez Rivera Martínez.

Arbona

Lago, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de septiembre de 2009.

El Sr. Ramiro Nazario Báez Santiago (Sr.

Nazario) y el Sr. Mariano De Jesús Ortiz (Sr. De Jesús) recurren contra la sentencia de los casos, # HSCR 2006-01224 al 01229 y de # HSCR 2006-01236, al 01241 emitida el 6 de julio de 2007 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao, (TPI). A los apelantes se les condenó a cumplir concurrente y consecutivamente; imponiéndoles penas de reclusión perpetua, por los casos de asesinato en primer grado, armas y conspiración.

Actualmente los apelantes se encuentran bajo la jurisdicción del Departamento de Corrección.

Hechos

A los apelantes se les acusó y encontró incurso por infracción al Art. 83, Asesinato en Primer Grado; violación al Art. 262, Conspiración, del Código Penal de Puerto Rico de 1974, 34 LPRA § 4002 y §

4523. También se les imputó y encontró culpable por violar los Art. 5.04 (3cs), 5.07 de la Ley de Armas de Puerto Rico, 25 LPRA § 458 (c) y § 458 (f), por la muerte del Sr. Neftalí Andino Torres.

De la prueba practicada y creída por el foro de instancia surge que en la madrugada del 25 de noviembre de 2004, a eso de las 2:30 am; la Agente Vanesa

Vázquez Paredes y el Agente Luis O. Rodríguez Rodríguez, adscritos al Cuartel de Yabucoa, recibieron una llamada informando que había ocurrido un accidente de auto con heridos en el sector Los Veteranos de la Playa Guayanés en Yabucoa. Luego de dar parte al supervisor, los agentes acudieron al lugar. En camino al sector Los Veteranos la Agente Vázquez se percató de una guagua modelo Nativa color azul y gris que les pasó por el lado a exceso de velocidad. De inmediato reconoció el vehículo como perteneciente al Sr. Nazario, con quien había intervenido en varias ocasiones, lo que informó a su compañero.

Una vez llegaron al sector Los Veteranos observaron un vehículo Hyundai color rosa encajado en una cuneta y con las luces encendidas.

Debido a la obscuridad en el lugar, la Agente Vázquez encendió el foco reflector o “spot light” de la patrulla para alumbrar el área y entonces notó que el vehículo tenía varios impactos de bala y que en su interior yacía muerta una persona, inclinada hacia el asiento del pasajero. La agente Vázquez dio conocimiento de lo ocurrido a su supervisor y pidió que se comunicara a la División de Homicidios. A su vez solicitó apoyo de otros compañeros, llamó al fiscal de turno y a la Oficina de Servicios Técnicos.

Al Agente Vázquez reajustar el “spot light” para tener mejor visibilidad dentro del vehículo, pudo identificar al occiso. Se trató del Sr. Neftalí Andino Torres, conocido por “Talí”. El occiso había tenido una relación sentimental con la madre de la Agente Vázquez y ésta había intervenido en varias ocasiones con él. Una hora después arribó el Agente José Luis Figueroa Cruz de la División de Homicidios, quien se hizo cargo de la investigación. El Agente Figueroa

identificó la evidencia, procedió a marcarla y fotografiarla. Concluido el trabajo en el lugar de los hechos el Agente Figueroa

fue a la División de Homicidios donde guardó la evidencia ocupada en la escena, las que fueron luego llevadas al Instituto de Ciencias Forenses por el mismo agente el 29 de noviembre del 2004, con el propósito de que se le realizara a dicha evidencia pruebas microscópicas.

Respecto al vehículo Hyundai se llamó a los investigadores para el peritaje correspondiente. La Sra. Daisy Serrano Rosado, Investigadora Forense, realizó un análisis del auto el 2 de diciembre de 2004, en el cual encontró unas 55 perforaciones, concluyendo que las trayectorias de los disparos fueron de izquierda a derecha, muchas de ellas desde el frente del vehículo hacia atrás y directamente al conductor. El 1 de diciembre de 2004 el Agente Figueroa volvió a la escena y pudo encontrar casquillos de balas calibre 9 milímetros, calibre 40, y calibre 223.

Por otro lado, el Sr. Carlos Rivera Pérez, Examinador de Armas de Fuego del Instituto de Ciencias Forenses, concluyó que la evidencia recuperada en su totalidad fue obtenida de una misma escena del crimen y que los casquillos y proyectiles analizados fueron disparados por lo menos de tres o cuatro armas distintas. Durante la investigación logró descubrir que siete individuos estuvieron dentro del monte adyacente a la vía pública esperando al occiso por más de cuatro horas, uno de los cuales apodado “Azuquita” era recién salido de la cárcel. Otro era de Vega Alta y otro de Toa Alta. El Agente Figueroa luego identificó que “Azuquita”

era el Sr. Javier Miranda Cruz, entonces menor de edad (Sr. Miranda).

El Agente Figueroa

tuvo oportunidad de entrevistar informal y preliminarmente

al Sr. Miranda en la Comandancia de Humacao. Luego el Agente Figueroa recibió una llamada de Fiscalía en la que le informaron que el Sr. Miranda se había convertido en testigo del pueblo y fue entrevistado nuevamente, pero no fue hasta una tercera ocasión que se le tomó una declaración jurada. También se entrevistó a otro menor de edad conocido por el apodo de “Chino” 1. Como resultado de las entrevistas el agente pudo determinar que el Sr. Miranda había participado de los hechos desde el momento en que se reunieron las personas involucradas y decidieron asesinar a la víctima, hasta el momento en que le disparan ocasionándole la muerte. El Ministerio Público y el Sr.

Miranda no llegaron a formalizar un acuerdo de inmunidad que recogiera las condiciones bajo las cuales el testigo accedía a declarar como prueba de cargo. Lo que se pactó al momento de éste declarar fue que haría alegación de culpabilidad y el Ministerio Público recomendaría una pena de 30 treinta años de cárcel.

Javier Miranda Cruz declaró, en corte abierta, que el 24 de noviembre del 2004, al caer la noche a eso de 7pm a 8pm estando en compañía de su primo, Luis Román Cruz, “Miky”2 y “Mariano”, acudieron al negocio “El Miramar”3.

Una vez dentro del negocio comenzaron a beber y a jugar billar. Luego, llegó “Chino” con quien acostumbraban compartir y al rato llegó “Ramiro” a quien había conocido el día anterior en casa de su primo.

El Sr. Miranda explicó que Ramiro había llegado a la casa de su primo en una guagua Nativa color azul. Una vez en la casa todos los allí presentes, incluyendo a “Chino” hablaban de Neftalí y se referían a éste como un “cabrón y que había que salir de él”. Salieron todos afuera y luego Luis, el primo del Sr. Miranda y conocido por “Chapu”, le presentó a Ramiro

(apodado “el Father”4). El Sr. Miranda le preguntó a su primo quién era Neftalí, a lo que se le contestó: “el tipo ha hecho mucho daño, hay que matarlo.

Ese hombre que vino aquí es el Father, ese es el hombre de los chavos.”

Ramiro se bajó de la guagua pero se mantuvo fuera del negocio. Mariano salió del negocio, habló con Ramiro y luego se fueron en la guagua de Ramiro. Aproximadamente pasaron quince minutos cuando Mariano y Ramiro regresaron frente al negocio y “Chapu”, “Miky” y el Sr. Miranda salieron hasta la guagua. Mariano les hizo señas para que se montaran porque se iban. Cuando se fue a montar había otras tres personas dentro del vehículo por lo que procedió abrir el baúl y se montó.

Se dirigieron a Guayanés

en la playa de Yabucoa y en el camino Ramiro iba diciendo que les echaba suerte, que contaran con él para lo que fuera, que los iba a estar esperando al otro lado de la vaquería y que no los iba a dejar arrollados. Ramiro les indicó cómo era el vehiculó y que tuvieran cuidado que no fueran a dispararle a la hermana de él, quien tenía una relación sentimental con Neftalí. Llegando al lugar repartieron las armas. El Sr. Miranda describió el lugar como...

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