Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Septiembre de 2009, número de resolución KLCE200900949
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE200900949 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 30 de Septiembre de 2009 |
LEXTA20090930-24 Pueblo de P.R. v. Rivera Delgado
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES
REGIóN JUDICIAL DE BAYAMóN Y
PANEL VI
EL PUEBLO DE PUERTO RICO | KLCE200900949 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Crim. núm.: DPD2007G0122, DPD2007G0123 y DPD2007G0124 Art. 180, 171 y 166 del Código Penal de 1974 |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza
García García, la Jueza Varona Méndez y la Jueza Coll Martí
Varona Méndez, Jueza Ponente
RESOLUCIóN
En San Juan, Puerto Rico a 30 de septiembre de 2009.
El peticionario, Sr. José Rivera Delgado, nos pide que revisemos la resolución dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón en la cual se le denegó su solicitud de acreditarle a su sentencia cierto tiempo de encarcelación preventiva.
Por otro lado, compareció el Procurador General en representación del Pueblo de Puerto Rico. Examinado el recurso y el derecho aplicable, determinamos no expedir. A continuación exponemos los fundamentos para nuestra determinación.
El peticionario, quien actualmente se encuentra cumpliendo una sentencia de 5 años y un día en el Campamento Correccional Zarzal de Río Grande, fue denunciado por varios hechos delictivos
en ocasiones distintas. Las primeras denuncias surgieron a raíz de unos hechos cometidos en noviembre de 2004. En esa ocasión se presentaron en su contra cuatro denuncias. A saber, por apropiación ilegal, escalamiento agravado, daño agravado y por el delito menos grave de posesión de herramientas para escalar. Por estos cargos se le procesó y encarceló. El 15 de abril de 2005 el tribunal dictó sentencia y le impuso al peticionario 7 años y 6 meses de cárcel por tentativa del artículo 171; 5 años por la tentativa del artículo 166; y 3 años por la tentativa del artículo 180. Todas a ser cumplidas consecutivamente entre sí.
Posteriormente, en marzo de 2007, mientras el peticionario se encontraba cumpliendo la sentencia impuesta, el Ministerio Público presentó tres nuevos cargos en su contra. Sobre estos cargos el peticionario y el Ministerio Público hicieron una alegación preacordada. De este modo el peticionario fue sentenciado en octubre de 2007 a cumplir 5 años de cárcel por violación al artículo 180 y tentativa del artículo 177 y 166. Esta nueva pena fue impuesta para cumplirse concurrentemente con las penas correspondientes a los casos...
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