Sentencia de Tribunal Apelativo de 13 de Octubre de 2009, número de resolución KLRA200800489
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA200800489 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 13 de Octubre de 2009 |
Christopher y Mathew Chapman Peña, representados por su madre, Wanda Peña Pagán | | Revisión Administrativa procedente |
Panel integrado por su presidente, el Juez Cortés Trigo, la Jueza Fraticelli Torres y el Juez Morales Rodríguez.
Cortés Trigo, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 13 de octubre de 2009.
Se recurre de una Resolución emitida por la Jueza Administrativa de Educación Especial del Departamento de Educación (Jueza Administrativa), el 29 de febrero de 2008, notificada el 3 de marzo de 2008. Mediante la misma se declaró ha lugar la querella presentada por la parte recurrida, la Sra. Wanda Peña Pagán (Sra. Peña), por derecho propio y en representación de sus hijos Christopher
y Mathew Chapman Peña, Querella Núm. 2006-101-033 (Querella) contra el recurrido Departamento de Educación (Departamento). Confirmamos.
El 1 de octubre de 2003 la Sra. Peña registró a sus dos hijos en el Programa de Educación Especial en el Distrito de Carolina II. A esta fecha, Mathew estudiaba en un colegio privado y presentaba problemas de habla y lenguaje. El Distrito de Carolina II no preparó el Programa de Educación Individualizada (
Peña presentó una querella en la Oficina del Procurador de Personas con Impedimentos (OPPI), en la que alegó que no había sido citada para discutir una evaluación del habla y lenguaje de Mathew, ni para su ubicación educativa y demás servicios relacionados. En ese momento se le indicó a la Sra. Peña que Mathew debía ser matriculado en la Escuela Pública Pascasio P. Sancerit
para poder recibir los servicios de educación especial, por lo que ésta lo matriculó en dicha escuela.
El 17 de agosto de 2004 se celebró una reunión de mediación de la OPPI, a la que comparecieron la Sra. Jacqueline
Casado Hernández (Sra. Casado), maestra de educación especial en la Escuela Pascasio P. Sancerit de Carolina (Escuela Sancerit), y la Sra. De la Paz Boria, Directora de esta Escuela (Directora). Sin embargo, la Supervisora de Zona, Sra. Enid
Otero de Morell (Sra. Otero), no se presentó, pero se acordó que la OPPI se comunicaría con ella para preparar el
Mathew no recibió los servicios de educación especial ese año escolar. Además, el servicio de terapia de habla y lenguaje se le comenzó a ofrecer a principios del semestre escolar de enero-mayo
de 2005 y fue el único servicio que recibió Mathew
bajo el Programa de Educación Especial durante el año escolar 2004-2005. El
fue ubicado en la Escuela Sancerit en primer grado, con el servicio de salón recurso en esta escuela.
El 18 de enero de 2006, la Sra. Peña presentó una querella en la OPPI, en la cual solicitó una reevaluación
en terapia de habla y lenguaje para Mathew. Como resultado, el 26 de abril de 2006 se reunió el Comité de Programación y Ubicación (COMPU) para llenar los referidos necesarios para la reevaluación de habla y lenguaje, así como para la evaluación ocupacional y psicológica.
El 22 de mayo de 2006 se llevó a cabo la evaluación de terapia de habla y lenguaje. La evaluadora
concluyó que Mathew tenía un retraso leve en vocabulario expresivo y de articulación. Recomendó una terapia individual dos veces a la semana y que se evaluara al menor en las áreas ocupacional, psicológica y neurológica. En la sección de recomendaciones a la escuela, la evaluadora señaló el corto lapso de atención que observó en Mathew.
El 30 de junio de 2006 se realizó la evaluación ocupacional de Mathew que reflejó una impresión diagnóstica de rezago severo en las destrezas de percepción de constancia de formas y cierre visual. Se recomendó terapia grupal
una vez a la semana, acomodo razonable, reevaluación
en un año y evaluación educativa.
El 6 de junio de 2006 se llevó a cabo la evaluación psicológica de Mathew en el Centro de Diagnóstico para Inteligencias Múltiples. No obstante, el Departamento nunca produjo esa evaluación.
Al inicio del año escolar 2006-2007 la Sra. Peña entregó a la Sra. Casado, copia de una evaluación psicoeducativa
realizada en marzo y abril de 2006 por la Dra. Yvelisse
Morales Rodríguez (Dra. Morales), psicóloga clínica, que fue discutida por la Sra. Casado y la Sra. Peña. En esta evaluación se concluyó que Mathew presentaba un perfil compatible con Problemas Específicos de Aprendizaje (PEA) en el área de procesamiento de lenguaje, reflejado en la lectura y la escritura, posible dislexia, y una conducta compatible con Déficit de Atención con Hiperactividad
(ADHD) de Tipo Predominantemente Impulsivo Hiperactivo.
La Dra. Morales basó su impresión diagnóstica en la entrevista con la Sra.
Peña, los resultados que obtuvo Mathew en las Escalas del Inventario de Comportamiento Escuela (Bauermeister) y su ejecución en las pruebas Weschler, Bender Gestalt, Test of Variables Of Attention (T.O.V.A.) y de la figura humana.
El 17 de agosto de 2006, el COMPU se reunió para discutir la evaluación de terapia ocupacional y llenar los referidos para el servicio de terapia ocupacional y de evaluación educativa. Participaron en esta reunión la Sra. Peña, la Sra. Casado y la Directora.
El 5 de septiembre de 2006, el COMPU se reunió para discutir el
Peña y la Sra. Casado. En ésta se realizó el referido para terapia ocupacional, evaluación psicoeducativa y terapia de habla, pero no se discutió la evaluación que le hizo la Dra. Morales a Mathew.
Según el
(Baybal) en Trujillo Alto, para que Mathew recibiera los servicios de terapia ocupacional y terapia de habla y lenguaje, pero en Baybal no tenían espacios fuera del horario escolar. La Sra. Peña no aceptó el servicio ya que no deseaba que Mathew se ausentara de sus clases regulares.
Al momento de presentarse la Querella, Mathew estaba ubicado en segundo grado regular con servicio de salón recurso. El grupo regular al que el menor fue asignado estaba compuesto de 26 estudiantes, de los cuales siete (7) eran estudiantes del Programa de Educación Especial con problemas de habla y lenguaje, uno padece de hiperactividad, dos tienen déficit de atención y uno cuya condición era desconocida por su maestra de salón hogar, la Sra. Damaris Velázquez (Sra. Velázquez), porque éste era de nuevo ingreso.
El otro hijo de la Sra. Peña, Christopher, también fue registrado el 1 de octubre de 2003 en el distrito escolar de Carolina II por problemas de habla y lenguaje y problemas en el área ocupacional. Dos semanas después la madre presentó una querella en la OPPI porque, a esa fecha, el Departamento aún no había ubicado al menor y éste no asistía a la escuela.
El 14 de noviembre de 2003, el COMPU se reunió para discutir las evaluaciones de Christopher
entregadas por la Sra. Peña y firmar los referidos de terapia de habla y lenguaje, terapia ocupacional y evaluaciones neurológica y audiológica.
También se discutió y firmó el
En febrero de 2004 se preparó el Plan de Intervención Terapéutico en terapia del habla y lenguaje. A pesar de este plan, Christopher no recibió el servicio de terapia de habla y lenguaje durante el año educativo 2003-2004. En marzo de 2004 se preparó el Plan de Intervención Terapéutico en Terapia Ocupacional. No obstante, Christopher no recibió el servicio de Terapia Ocupacional ese semestre.
El 8 de junio de 2004 la Sra. Peña presentó una querella ante la OPPI y solicitó se preparara el
en la Escuela Sancerit en un salón regular con tutorías, en lo que le asignaban maestra de salón recurso. Luego de presentada esta querella, se ofrecieron los servicios de terapias de habla, lenguaje y ocupacional al menor.
El 27 de agosto de 2004 se reunió el COMPU y se firmó el
sería ubicado en segundo grado. El 23 de mayo de 2005 se firmó el
y asistencia tecnológica. Durante ese semestre escolar 2005-2006 Christopher recibió el servicio de Terapia Ocupacional sólo en dos ocasiones.
A pesar de haber completado los referidos para la evaluación psicoeducativa y de asistencia tecnológica en agosto de 2005, el COMPU tuvo que volverlos a preparar en una reunión celebrada en abril de 2006. En la misma, la Sra. Peña señaló que a...
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