Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Octubre de 2009, número de resolución KLCE200900993

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE200900993
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución28 de Octubre de 2009

LEXTA20091028-09 Cruz Velázquez v. Pillot Sánchez

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE HUMACAO

PANEL X

RAFAEL CRUZ VELÁZQUEZ et als.
Partes Demandantes-Recurridas
v.
CARMEN JUSTINA PILLOT SÁNCHEZ et als.
Demandados-Peticionarios
KLCE200900993
CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao Caso Núm.: HSCI200400545 SOBRE: Cumplimiento específico de contrato

Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, el Juez Soler Aquino y la Jueza Carlos Cabrera.

Carlos Cabrera, Carmen Hilda, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de octubre de 2009.

Comparecen Sonia Ortiz Pillot y Nancy Ortiz Pillot

(“las hermanas Ortiz Pillot”), y solicitan revisión de una orden interlocutoria

emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao (“TPI”), el día 9 de junio de 2009, notificada y archivada en autos el 11 de junio de este mismo año. Mediante ese dictamen el TPI le impuso a las hermanas Ortiz Pillot una sanción de quinientos dólares ($500.00) a favor del Estado Libre Asociado de Puerto Rico (“ELA”), por su negativa en dar cumplimiento a pasadas Órdenes emitidas por ese Foro.

Por los fundamentos que se exponen a continuación, se deniega la expedición del recurso.

I.

El 28 de mayo de 2004 se presentó demanda por incumplimiento de contrato de opción de compra contra las hermanas Ortiz Pillot y su madre, Carmen Justina

Pillot Sánchez. El inmueble en cuestión era el hogar conyugal de Pillot Sánchez y su difunto esposo.

En la demanda se incluyeron a las hermanas y a su madre, por ser personas con intereses propietarios sobre el inmueble. Durante la tramitación de los procedimientos la Sra. Pillot Sánchez falleció, razón por la cual el TPI les solicitó a las hermanas Ortiz Pillot que tramitaran la correspondiente resolución sobre declaratoria de herederos. El foro primario, mediante Orden del 14 de julio de 2008, reiteró la solicitud hecha en la vista del 9 de febrero de 2008, respecto de la presentación de la resolución sobre declaratoria de herederos.

Esa petición fue reiterada en la Orden del 17 de julio de 2008, en la que el TPI advirtió de la posible imposición de doscientos cincuenta dólares ($250) ante el incumplimiento con la misma.

El 8 de septiembre de 2008 el TPI dictó una tercera Orden mediante la cual se hizo constar lo expresado en la Orden anterior. Nuevamente, en la Orden emitida el 17 de octubre de 2008 el TPI advirtió que el incumplimiento con lo ordenado daría lugar a la imposición de $250 en sanciones económicas. El 27 de abril de 2009 el foro de instancia ordenó a las demandadas a depositar la suma de los doscientos cincuenta dólares ($250) y les advirtió que debían presentar la resolución sobre declaratoria de herederos en un término de veinte (20) días, so pena de la imposición de una multa de quinientos dólares ($500).

Finalmente, el 9 de junio de 2009, ante el incumplimiento de las demandadas con la Orden del 27 de abril, el TPI emitió Orden imponiendo la multa de quinientos dólares ($500) a favor del ELA.

Informe con la referida actuación, comparecen ante nos las hermanas Ortiz Pillot mediante recurso de Certiorari y señalan como errores que:

Erró el Honorable Tribunal de Primera Instancia porque careciendo [sic]

de jurisdicción para seguir actuando en el caso no podía imponer sanciones.

Erró el Honorable Tribunal de Instancia al imponer sanciones en este caso puesto que la negativa a obedecer las ordenes [sic] sobre radicar Declaratoria de herederos [sic] no respondían a temeridad o intención de ofender al Tribunal retando su autoridad, sino a la convicción de que el Tribunal carecía de jurisdicción y fue una actuación en legítima defensa de los intereses de esta parte demandada, deber este [sic] que nos imponen los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR