Sentencia de Tribunal Apelativo de 4 de Noviembre de 2009, número de resolución KLAN200801112

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN200801112
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2009

LEXTA20091104-01 López Cardona v. Hewlett-Packard Caribe BV

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL ESPECIAL

LUIS LÓPEZ CARDONA
Demandante- Apelante
v.
HEWLETT-PACKARD CARIBE BV
Demandada- Apelada
KLAN200801112
APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguada Civil Núm.: ABCI200600586 Sobre: Despido Injustificado

Panel integrado por su presidente, el Juez López Feliciano, el Juez Hernández

Serrano y el Juez Cordero Vázquez.

López Feliciano, Juez Ponente

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico a 4 de noviembre de 2009.

Comparece el apelante Luis López Cardona (el señor López) y nos solicita que revisemos y revoquemos la sentencia emitida el 17 de junio de 2008 por la Sala de Aguada del Tribunal de Primera Instancia (TPI). En la referida sentencia el TPI declaró sin lugar una demanda por despido injustificado instada por el apelante contra su antiguo patrono Hewlett

Packard Caribe B.V. (Hewlett

Packard).

Con el beneficio de la comparecencia de ambas partes y de la transcripción estipulada de la prueba oral desfilada ante el TPI, nos encontramos en posición de resolver.

I.

Los hechos e incidentes procesales que originaron el presente recurso se resumen a continuación.

El 1 de junio de 2006 el señor López presentó demanda contra Hewlett Packard en la que alegó, en síntesis, que luego de veinticinco (25) años como empleado de dicha compañía, fue despedido sin mediar justificación legal para ello. Solicitó, por tanto, la mesada correspondiente, a tenor con las disposiciones de la Ley Núm.

80 de 30 de mayo de 1976, según enmendada, conocida como “Ley de Indemnización por Despido Injustificado”, 29 L.P.R.A. sec. 185 et seq. (Ley Núm. 80).

El 23 de junio siguiente Hewlett Packard

presentó su contestación a la demanda y sostuvo que el despido del señor López se efectuó de conformidad con la legislación laboral vigente y su jurisprudencia interpretativa, por lo que éste no tenía derecho a recibir indemnización alguna. Añadió que las circunstancias que motivaron la cesantía del señor López se debieron a un proceso de reorganización de la compañía que implicó la reducción de la fuerza laboral y la transferencia de sus operaciones a nivel mundial, lo que provocó que su plaza fuera eliminada.

El 6 de septiembre de 2007 las partes sometieron el “Informe de Conferencia con Antelación al Juicio”. La teoría presentada por el señor López planteaba que, a pesar de haber trabajando para la compañía por veinticinco (25) años y de haber recibido evaluaciones excelentes, éste fue despedido el 5 de mayo de 2006 sin mediar justificación legal. Además, sostuvo que fue sustituido en sus funciones por el señor José Andujar, quien era mucho más joven que él y contaba con mucho menos antigüedad en el empleo.

Concluida la etapa de descubrimiento de prueba, se celebró la vista en su fondo el 12 de mayo de 2008. A continuación un resumen de los testimonios allí presentados.

Testimonio del señor López

Se graduó de una escuela vocacional y tomó varios cursos técnicos. Posee licencias de delineante profesional, de perito electricista y de plomería. Comenzó a trabajar en Hewlett Packard el 5 de mayo de 1981 en la posición de “Facilities Maintenance I”. Sus funciones iban dirigidas a realizar cualquier tipo de trabajo de mantenimiento en las facilidades de la compañía, aunque muchas veces hacía trabajo de delineante. Recibió ascensos en las posiciones de “Facilities

Maintenance II y III”. Como parte de sus funciones, durante sus años de servicios viajó en varias ocasiones a otros países.

Posteriormente, se creó el Departamento de “IT Information Technology”, al que fue asignado en la posición de “IT Support Specialist” bajo la supervisión del señor Héctor González Roldán (señor González). En un principio estaba a cargo de la instalación de los equipos, pero luego el departamento creció y se contrataron ingenieros y técnicos.

Entonces comenzó a desempeñarse mayormente como “Project Manager” en el diseño físico de infraestructura.

Reconoció que el señor Octavio Granados (señor Granados) se desempeñaba en el área de “WAN Area Network” y que tenían funciones distintas, aunque en ocasiones tenían que darse apoyo.

En cuanto al señor José Andujar (señor Andujar) declaró que cuando llegó a trabajar a la compañía lo preparó como “Project

Manager”, pero que a partir del 2004, cuando el servicio de las computadoras y sistemas pasó a formar parte del departamento, éste se desempeñó principalmente en el área de “PC Support”.

Para diciembre de 2005 se enteró de que los proyectos que tenía a su cargo aparecían a nombre del señor Andujar, por lo que le envió un correo electrónico a su supervisor para indagar en las razones. Nunca recibió respuesta. Le preguntó directamente al señor Andujar, pero éste desconocía de esos cambios. A pesar de esto, hasta su último día de empleo el señor López se mantuvo a cargo de sus proyectos, mientras que el señor Andujar

no participó en ellos.

Describió las funciones de “PC Support” como aquellas relacionadas al manejo y mantenimiento de las computadoras y de las nuevas tecnologías. Declaró que nunca en Hewlett Packard se le autorizó a instalar programas de computadoras, ni realizaba las funciones de “trouble shooting” y sistemas de seguridad de los software. En cambio, estas funciones eran desempeñadas por el señor Andujar.

Admitió que en comparación con sus funciones, las de los señores Andujar y Granados se relacionaban, pero eran distintas.

En enero de 2006 se reunió con su supervisor, el señor González y con la señora Griselle

Hernández y le notificaron sobre su despido. Le entregaron una carta que le indicaba que su posición quedó afectada con un plan de reorganización de la compañía y le explicaba otros aspectos del proceso.

Pasó a una etapa en la que continuó activamente en sus funciones, pero en la que la Hewlett Packard le brindaba las herramientas para intentar conseguir otro empleo dentro de la misma compañía. El 5 de marzo de 2006 fue su último día de empleo y entonces entró en un periodo de nueve (9) semanas en las que continuó recibiendo su paga y podía utilizar las facilidades y el sistema de computadoras de la compañía para continuar en su búsqueda de empleo. Aun así, aceptó no haber hecho uso de las facilidades provistas.

Testificó, además, que tenía conocimiento de que varias líneas de producción de la planta a las que su departamento les daba apoyo estaban siendo transferidas a Malasia y a República Dominicana como parte del proceso de reestructuración de la compañía.

La compañía no le ofreció empleo en alguna otra posición, aun cuando opinó que tenía la capacidad para ejercer otras funciones. Se comunicó con varios departamentos para verificar si tenían posiciones disponibles, pero no tuvo éxito.

Alegó que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR