Sentencia de Tribunal Apelativo de 13 de Noviembre de 2009, número de resolución KLAN200900357

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN200900357
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2009

LEXTA20091113-01 Burgos Figueroa v. Municipio de San Juan

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL I

PROVIDENCIA BURGOS FIGUEROA
Apelante
v.
MUNICIPIO DE SAN JUAN Y OTROS
Apelados
KLAN200900357
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Civil Núm. KDP07-1390(502)

Panel integrado por su presidente el Juez Ramírez Nazario y los Jueces Piñero

González y Morales Rodríguez.

Piñero González, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 13 de noviembre de 2009.

Comparece la señora Providencia Burgos Figueroa

(parte apelante o señora Burgos) cuando presenta el 12 de marzo de 2009 el recurso de apelación de título. La señora Burgos impugna la Sentencia Enmendada emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (TPI), el 27 de enero de 2009, notificada el 10 de febrero del año en curso. Mediante dicha providencia judicial el foro a quo dictó Sentencia Sumaria, al determinar que no existe controversia real sustancial

en cuanto a que el Municipio de San Juan (el Municipio) no tenía jurisdicción, control o responsabilidad de mantenimiento del lugar donde supuestamente ocurrió el

accidente en el cual se vio envuelta la apelante. Además, dictaminó que Admiral Insurance Company (Admiral o la aseguradora) no tenía que responderle a la apelante al no existir responsabilidad imputable a su asegurado, el Municipio.

En atención a las razones que exponemos a continuación, desestimamos el recurso de título por falta de jurisdicción por academicidad.

I.

Surge del expediente que la señora Burgos presenta originalmente Demanda en reclamación de daños y perjuicios contra el Municipio y Admiral1. Reclama que como resultado de un accidente sufrido por ella en una acera de la Avenida Fernández Juncos el día 23 de mayo de 2007 sufrió daños y perjuicios, los cuales tienen que serle compensados por los apelados.

Luego de varios trámites procesales que no son necesarios pormenorizar, debido al resultado al cual hemos llegado, el TPI emite Sentencia Enmendada en la cual desestima sumariamente la reclamación de la señora Burgos contra el Municipio y Admiral. Véase Exhibit

1 y de 2 del Apéndice del Recurso. Insatisfecha, la señora Burgos presenta el 20 de febrero de 2009 en el TPI Solicitud de Reconsideración

a Sentencia Enmendada. El TPI no toma acción alguna en relación a la solicitud de reconsideración, por lo que es necesario concluir que la rechaza de plano.

Consecuentemente, la señora Brugos presenta el recurso de apelación de título el 12 de marzo de 2009. Emitimos resolución el 18 de marzo de 2009 requiriéndole a la...

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