Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Noviembre de 2009, número de resolución KLCE200900980
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE200900980 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 23 de Noviembre de 2009 |
LEXTA20091123-02 Depto.
de Transportación y Obras Públicas v. Corp. de Servicios Integrales de la Salud del Area de Barranquitas
DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS Demandante Vs. CORPORACIÓN DE SERVICIOS INTEGRALES DE LA SALUD | | Certiorari procedente |
Panel integrado por su presidenta, la Juez García García, la JuezVarona
Méndez y la Juez Coll Martí
García García, Juez Ponente
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 23 de noviembre de 2009.
Comparece la Autoridad de Edificios Públicos (en adelante la peticionaria), mediante el recurso KLCE200900980, para solicitarnos la expedición del auto de certiorari y la revocación de la Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia (en adelante TPI), el 9 de junio de2009. En ésta se denegó la desestimación solicitada por la peticionaria, por considerar la necesidad de celebrar el juicio en su fondo, procedimiento en el cual las partes presenten prueba.
Posteriormente, el Estado Libre Asociado de Puerto Rico (en adelante el ELA), por conducto de la Procuradora General, presentó el recurso KLCE200901051, impugnando la orden recogida en la Minuta el 24 de junio de 2009. En vista de que los recursos están relacionados entre sí, ordenamos su consolidación en la Resolución del 14 de agosto de 2009.
La Corporación de Servicios Integrales de la Salud del Área de Barranquitas, Comerío, Corozal, Naranjito y Orocovis, Inc. (en adelante la Corporación) no compareció. Así las cosas, amparados en el derecho aplicable, procedemos a resolver.
En el año 2005 la Corporación presentó una demanda en contra de la peticionaria alegando que ésta última en acuerdo con el Departamento de Salud, construyó un Centro de Diagnóstico y Tratamiento en Corozal (en adelante
Además, alegaron en la demanda que durante el proceso de planificación y construcción, se apartaron de las recomendaciones brindadas por peritos y profesionales, así como no supervisaron adecuadamente la obra en desarrollo. Como resultado, las instalaciones del
La Corporación indicó que luego de inaugurado en abril de 1996, la política pública sobre salud cambió en la Isla. Al aprobarse la Ley de Reforma de Salud, el Estado comenzó a disponer de todas sus instalaciones de salud primaria. A tales efectos, la Corporación licitó en el proceso de compraventa de las referidas instalaciones. Alegadamente, durante este proceso...
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