Sentencia de Tribunal Apelativo de 21 de Diciembre de 2009, número de resolución KLRA200900977

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA200900977
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2009

LEXTA20091221-06 Pitirre Construction Comp., Inc. v. Junta de Subastas del Depto. de la Vivienda

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL III

Pitirre construction company, inc.
RECURRENTE
V
JUNTA DE SUBASTAS DEL DEPARTAMENTO DE LA VIVIENDA
RECURRIDA
KLRA200900977
Revisión Administrativa procedente de la Junta Revisora de Subastas del Departamento de Vivienda Subasta Núm. 09-79 SOBRE: Adjudicación de Subasta para Proyecto AVP-IFB-08-09-24

Panel integrado por su presidenta, la Juez Bajandas Vélez, el Juez Cordero Vázquez y el Juez Cortés Trigo.

Cortés Trigo, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 21 de diciembre de 2009.

La recurrente Pitirre Construction Company, Inc. (Pitirre) recurre de la Notificación de Adjudicación (Notificación de Adjudicación) de la Subasta Formal AVP-IFB-08-09-24 para la Modernización Comprensiva del Residencial Brisas de Cupey en San Juan RQ005166 (Subasta), emitida y notificada por la Junta de Subastas del Departamento de la Vivienda (Junta de Subastas) el 4 de septiembre de 2009. Mediante la misma se adjudicó la buena pro de la Subasta a la compañía Cidra Excavation, S.E. (Cidra Excavation) por $15,980,000.00. Por las razones que expresamos a continuación, revocamos la Notificación de Adjudicación.

I.

El 11 y el 17 de junio de 2009 la Administración de la Vivienda Pública de Puerto Rico (AVP) publicó el aviso de la Subasta (Aviso).1 Mediante este anuncio se informó a los licitadores interesados que habría una reunión previa a la apertura de la Subasta el 25 de junio de 2009 y una visita al lugar en que se realizarían las obras el 29 de junio de 2009. Igualmente se indicó que las instrucciones y especificaciones detalladas estarían disponibles desde el 11 de junio de 2009 hasta el 3 de julio de 2009 y se requeriría un depósito de $230.00 para obtener esta documentación. Finalmente, el Aviso informó que las obras de remodelación serían sufragadas con fondos federales otorgados en virtud del American Recovery and Reinvestment

Act of 2009, Public Law 111-5, (ARRA, por sus siglas en inglés), y advirtió a los licitadores sobre la reglamentación federal aplicable al proyecto.2

El Residencial Brisas de Cupey

está localizado en el Municipio de San Juan y consta de ciento ochenta y cuatro unidades de viviendas distribuidas en trece edificios. El proyecto de su modernización comprensiva actualizará y renovará los sistemas de infraestructura del complejo de viviendas (Proyecto). Con este propósito se determinó realizar las siguientes obras, entre otras: remoción y disposición de la pintura y paredes de asbesto; reemplazo del sistema eléctrico; sustitución de las tuberías de distribución de agua, las tuberías sanitarias y los hidrantes de agua; instalación de puertas, ventanas, pisos, gabinetes de cocina y el equipo de los cuartos de baño en los apartamentos; construcción de una cancha de baloncesto bajo techo, casetas de seguridad y estacionamiento y las oficinas administrativas; y, arquitectura paisajista de las áreas verdes.

El 31 de julio de 2009 se efectuó la apertura de la Subasta en la cual participaron trece licitadores. La recurrente presentó la propuesta más baja, mientras que Cidra Excavation

presentó la segunda propuesta más baja.

El 4 de agosto de 2009 el Sr. Héctor

González Cardona (Sr. González Cardona), Administrador Asociado Interino del Área de Adquisiciones y Contratación de la AVP, le comunicó a Pitirre que al evaluar su propuesta para la Subasta se habían percatado que algunos de los encasillados de los formularios HUD-2530, HUD-5369, HUD-51000, HUD-51001, HUD-51003 y HUD-51004 estaban incompletos. Asimismo, le solicitó los siguientes documentos: estado financiero auditado reciente, relación de cuentas por cobrar y cuentas por pagar, carta del banco en la cual certificara la línea de crédito disponible, resolución corporativa en la que se autoriza al Sr. Víctor Carrasquillo a firmar en representación del Presidente y Certificación de no deuda con las agencias gubernamentales. La AVP le concedió a Pitirre tres días laborables para presentar la documentación requerida. Apéndice de la recurrente, págs. 97-98. También con fecha de 4 de agosto de 2009, en otra comunicación escrita, la AVP le requirió a Pitirre copia de los contratos formalizados con DGM Engineering Corp. (DGM) para realizar trabajos como subcontratista en la remodelación comprensiva de los residenciales Práxedes Santiago y Villas del Río. Apéndice de la recurrente, pág. 137.

El 6 de agosto de 2009 Pitirre

remitió a la AVP los formularios del HUD, los estados financieros, la relación de cuentas por cobrar y cuentas por pagar, una carta del banco sobre la línea de crédito, resolución corporativa y la certificación de no deuda de ASUME. Apéndice de la recurrente, págs. 99-136.

Ese mismo día, el Sr. González Cardona

le notificó a Pitirre que para continuar con la evaluación de la Subasta era necesario que el Banco Popular de Puerto Rico (BPPR) certificara que la línea de crédito de $1,200,000.00 estaría disponible una vez se hubiere adjudicado la buena pro de la Subasta. Apéndice de la recurrente, pág. 154. El 7 de agosto de 2009 Pitirre

remitió a la AVP los subcontratos entre ésta y DGM, así como la carta del banco sobre la línea de crédito. Apéndice de la recurrente, págs. 138-153.

El 17 de agosto de 2009 la Administradora Asociada del Área Adquisición y Contratos de la AVP, Sra. María L. Santiago Rivera (Sra. Santiago Rivera) le concedió a Pitirre

hasta el 18 de agosto de 2009 para que presentara algunos documentos que se le habían requerido desde el 4 de agosto de 2009 y aún no había entregado. Los documentos solicitados eran: una certificación de balance en la línea de crédito disponible, certificación de cumplimiento con las agencias gubernamentales del Registro Único de Licitadores (RUL) y referencias en detalle de trabajos realizados por la compañía que fueran iguales o similares al Proyecto. Apéndice de la recurrente, pág. 155.

El 18 de agosto de 2009 Pitirre

le informó a la Sra. Santiago Rivera que aún no había podido entregar la certificación de elegibilidad del RUL porque, a pesar de haber solicitado el certificado de cumplimiento del Departamento de Estado (good

standing) desde el 28 de abril de 2009, esta agencia todavía no había emitido la certificación indispensable para que la Administración de Servicios Generales (ASG) emitiera la certificación del RUL.

La recurrente sometió a la Junta de Subastas copia de los informes anuales sometidos al Departamento de Estado y la solicitud del certificado de cumplimiento. Apéndice de la recurrente, págs.

157-169. Finalmente, el 19 de agosto de 2009 la ASG emitió el certificado de elegibilidad de la recurrente, el que fue también incluido en la moción de reconsideración ante la Junta Revisora

de Subastas. Apéndice de la recurrente, pág. 170.

El 20 de agosto de 2009 la recurrente sometió a la AVP, por medio del Director Asociado Interino, varios documentos que acreditaban su solvencia económica para comenzar las obras del proyecto.

Apéndice de la recurrente, págs. 171-179. El 21 de agosto de 2009 la Sra. Santiago Rivera le informó a Pitirre

que, según la documentación que había sometido a su consideración, aún no cumplía con los requisitos de solvencia económica para comenzar la construcción del Proyecto porque la compañía sólo había acreditado un balance de $604,830.90 en efectivo. Le concedió hasta el 25 de agosto para presentar los documentos que acreditaran la solvencia de la empresa. Apéndice de la recurrente, págs. 180-181. El 24 de agosto de 2009 la recurrente acreditó a la AVP que el balance de efectivo disponible de la compañía era de $774,830.90, cantidad que superaba la cantidad mínima de $755,436.14 calculada por la Junta de Subastas para comenzar las obras. Apéndice de la recurrente, págs. 182-184.

El 31 de agosto de 2009 la Sra. Santiago Rivera presentó al Presidente de la Junta de Subastas, Sr. Carlos Portalatín

Esteves y al Administrador, Lic. Yesef

Yair Cordero Lebrón su recomendación para la adjudicación de la Subasta.3

Luego del análisis de los documentos sometidos por los licitadores, la Sra.

Santiago Rivera concluyó que “[todos] los licitadores que presentaron oferta fueron responsivos en cuanto a los requisitos necesario para aceptar las mismas”. Apéndice de la recurrida, pág. 18. Por otro lado, determinó que la recurrente no poseía experiencia previa en trabajos similares y que no estaban en posición para recomendar responsablemente la adjudicación de la subasta de referencia a la recurrente ya que no contaba con la capacidad financiera necesaria para el proyecto. Apéndice de la recurrida, págs. 20-21.

El 4 de septiembre de 2009 la Junta de Subasta emitió la Notificación de Adjudicación en la que otorgó la buena pro a Cidra Excavation por $15,980,000.00. Indicó que aunque Pitirre “resultó ser la primera oferta más baja, […] no le fue adjudicada [la Subasta] porque, del análisis de la información financiera se determinó que [la] firma no posee los recursos financieros necesarios para los trabajos del proyecto de referencia”. Además señaló que:

De acuerdo al 24 CFR 85.36 (b) (8) un contratista es considerado responsable cuando ha ejecutado satisfactoriamente en [sic]

otros trabajos iguales o similares y posee los recursos técnicos y financieros que lo hacen capaz de ejecutar el contrato.

Por último, la Junta de Subastas indicó que la recurrente tenía un capital de trabajo o working

capital (Capital de Trabajo)4

de –$85,120.00 y un coeficiente de liquidez o quick ratio (Coeficiente de Liquidez)5

de .88, lo cual no se consideraba razonable porque éste permitía conocer la habilidad inmediata que tenía la compañía para pagar sus obligaciones financiera y un Coeficiente de Trabajo por debajo de 1.00 era inadecuado. La Junta de Subastas incluyó como anejo de la notificación una tabla de los licitadores que participaron en la...

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