Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Diciembre de 2009, número de resolución KLCE200901640

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE200901640
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2009

LEXTA20091230-13 Vázquez Miranda v. Universal Insurance

Co.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE CAGUAS

Panel X

LYNDA I. VÁZQUEZ MIRANDA Demandante - Recurrida
v.
UNIVERSAL INSURANCE CO.
Demandada - Peticionaria
KLCE200901640
CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas Caso Núm.: E2CI2009-62 SOBRE: Despido Injustificado

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Carlos Cabrera, el Juez Soler Aquino y la Jueza García García

Carlos Cabrera, Carmen Hilda, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de diciembre de 2009.

Comparece Universal Insurance Co. (en adelante Universal) mediante el recurso de certiorari

de título. Interesa que se revoque la Orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas (TPI), el 22 de octubre de 2009, notificada el 29 de ese mes y año. Mediante el referido dictamen el TPI, en la querella instada sobre despido injustificado por Lynda Ivette Vázquez Miranda (en adelante querellante-recurrida o Sra. Vázquez) al amparo del procedimiento sumario de la Ley Núm. 2 de 17 de octubre de 1961, 32 LPRA § 3118-3132, declaró No Ha Lugar la solicitud de sentencia sumaria presentada por Universal.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se deniega la expedición del recurso.

I.

El 30 de enero de 2009 la Sra. Vázquez presentó contra Universal la querella aludida bajo el procedimiento sumario que dispone la Ley Núm. 2, supra. Alegó, en esencia, que la despidieron injustamente el 17 de septiembre de 2008, a pesar de que llevaba más de diez (10) años trabajando en la compañía; y que no había recibido amonestación o suspensión de empleo o sueldo en momento alguno.

El 20 de febrero próximo Universal presentó su contestación a la querella.

Alegó que el despido estaba justificado y que era parte de una acción legítima de negocios dado que ésta incurrió en conducta impropia al participar y/o facilitar la comisión de un fraude apropiándose de la identidad de terceros.

Luego de varios incidentes procesales, comenzado el descubrimiento de prueba, el 9 de octubre de 2009 Universal presentó una “Solicitud de Sentencia Sumaria”. Solicitó la desestimación de la causa de acción incoada por la Sra. Vázquez y que se dictara sentencia sumaria a su favor por no existir controversia de hechos. Acompañó la moción, entre otros documentos, con partes de la deposición tomada a la querellante-recurrida

y de las declaraciones juradas de la vice-presidenta

de recursos humanos de Universal, Sra. Sary Ann Vázquez y de la Sra. Keila

Rivera Pérez, representante autorizada de seguros, quien colabora con Universal en la venta y emisión de las pólizas de...

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