Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Marzo de 2010, número de resolución KLAN200901402
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN200901402 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 23 de Marzo de 2010 |
IRIS JUARBE; DANIEL FELICIANO y su SOCIEDAD DE GANANCIALES; POR SÍ Y EN REPRESENTACIÓN DE | | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Aguadilla Civil número A DP2005-0069 Daños y Perjuicios |
MUNICIPIO DE ISABELA v. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO como representantes del DEPARTAMENTO DE OBRAS PÚBLICAS ESTATAL |
Panel integrado por su presidente, el juez Rivera Martínez, la juez Jiménez Velázquez y la juez Gómez Córdova.
Rivera Martínez, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 23 de marzo de 2010.
El 13 de octubre de 2009 el Estado Libre Asociado de Puerto Rico (en adelante ELA) presentó ante este foro un recurso de apelación mediante el cual solicitó la modificación del monto de la sentencia dictada el 29 de julio de 2009 y notificada el 14 de agosto de 2009 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla (en adelante TPI). Mediante dicha sentencia el TPI declaró Ha Lugar la demanda presentada por Iris Juarbe (en adelante la Sra. Juarbe), su esposo Daniel Feliciano (en adelante Sr. Feliciano) por sí y en representación de la sociedad legal de gananciales integrada por ambos, y en representación de la menor Damaris Feliciano Juarbe (en adelante Damaris) y sus cuatro hermanos y ordenó al ELA al pago de una suma global de $36,500 por concepto de daños y perjuicios causados a los demandantes.
Luego de examinar el recurso ante nos, la transcripción de la prueba y de ponderar el derecho en unión con los hechos del caso, decidimos confirmar el dictamen apelado.
Los hechos de este caso se remontan al 26 de enero de 2005 cuando un rótulo regulador de tránsito cayó sobre la menor Damaris
Feliciano Juarbe, de 11 años de edad, estudiante del quinto grado de la Escuela Pública Emilia Castillo en Isabela, Puerto Rico. El día de los hechos Damaris acudió a la escuela como de costumbre y a la hora del almuerzo decidió cruzar la carretera estatal PR472, para comprar algunos alimentos en un kiosco. Poco antes de llegar al kiosco, había un tubo de metal sujetando un letrero triangular amarillo. Dicho letrero colgaba del poste porque le faltaba uno o más de los tornillos que lo sujetaban. En el momento que Damaris pasaba por el lado del poste hubo un viento fuerte e inmediatamente se cayó el letrero. Al caer, el letrero impactó el antebrazo de Damaris. El golpe que ésta recibió fue fuerte y le provocó una abrasión y una cortadura que le produjo algún sangrado. Damaris
y sus amigas regresaron a la escuela para informarle a la Directora sobre lo sucedido. La Directora de la escuela no estaba y su secretaria no tomó medida alguna para atender la herida, tampoco llamó a los padres de la menor. Damaris regresó a su casa cuando terminó sus clases.
Una vez en casa, la Sra. Juarbe, ayudada por su hija Doris, procedió a limpiar la herida de Damaris con agua oxigenada y jabón y le aplicó un triple antibiótico. Cuando llegó el Sr. Feliciano a su casa, la Sra. Juarbe le contó sobre lo sucedido a su hija menor. Durante la noche Damaris se quejaba del dolor y no podía dormir, por lo que su hermana Jessica se preocupó y le aconsejó para que estuviera más cómoda mientras dormía.
El 27 de enero de 2005, los padres de Damaris
la acompañaron a la escuela para investigar porqué no los llamaron el día anterior. Hablaron con el guardia escolar, quien les mostró el rótulo que recogió del piso e intentaron hablar con la Directora de la escuela, quien no los quiso atender. Al regresar de la escuela la Sra. Juarbe
notó que Damaris todavía tenía el brazo hinchado...
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